domingo, 5 de diciembre de 2010

Piden a MP sancionar “delitos” de la CEA


“Abuso de autoridad” por el nuevo Temaca. Obras no se han detenido pese a orden del tribunal, reconoce el organismo.

Guadalajara. Agustín del Castillo. PÚBLICO-MILENIO. Edición del 2 de diciembre de 2010

La defensa legal de los habitantes de Temacapulín solicitará formalmente a la magistrada de la quinta sala del Tribunal Administrativo del Estado, Patricia Campos González, que dé conocimiento al agente del Ministerio Público competente, por el desacato de una resolución del propio tribunal por parte de la Comisión Estatal del Agua (CEA) y la Secretaría de Desarrollo Urbano (Sedeur), que se han negado a detener la edificación del “nuevo Temaca” en el predio Talicoyunque, de Cañadas de Obregón.

Guadalupe Espinoza Sauceda, abogado patrono de los quejosos, destacó que la ley prevé el delito de “abuso de autoridad” en el caso, además de otros que se pudieran determinar en la investigación del MP. El caso se agrava porque el contratista ha recibido órdenes de seguir pese a que el Ayuntamiento de Cañadas de Obregón ya notificó de la insubsistencia de las licencias municipales otorgadas el último día de la administración municipal anterior, esto es, el 31 de diciembre de 2009.

Por su parte, la CEA emitirá esta mañana su postura sobre el tema, pero ratificó ayer que la edificación de los inmuebles no se ha detenido.

El acuerdo tomado en el expediente 319/2009 de la quinta sala unitaria del Tribunal de lo Administrativo, en su parte sustancial dice que la inspección y los fundamentos legales demuestran el desacato a la suspensión concedida por ese órgano judicial, “en consecuencia, con fundamento en el artículo 135 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, de aplicación supletoria a la citada Ley de Justicia Administrativa, se le concede un término de 5 DÍAS [sic] a las autoridades demandadas para que dejen las cosas en los términos que se concedió la suspensión a la parte actora, y se abstengan de seguir construyendo en el Centro de Población Temacapulín, Municipio de Cañadas de Obregón, Jalisco, materia de la medida cautelar concedida, apercibiéndolos que de no hacerlo, se les aplicará una sanción económica de 120 ciento veinte días Salario Mínimo General Vigente en la Zona Económica del Municipio de Guadalajara, con fundamento en el artículo 10 fracción II de la Ley de Justicia Administrativa…”.

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