domingo, 22 de agosto de 2010

La CNA niega que afecte a ejidos con las cribadoras


Los permisos para explotación de materiales junto a los ríos Ameca y Mascota se limitan a la zona federal, afirma

Guadalajara. Agustín del Castillo. PÚBLICO-MILENIO. Edición del 15 de agosto de 2010

Ni desacato ni rebeldía, “nosotros no estamos dando concesiones sobre bienes ejidales, ni estamos permitiendo que sean aprovechados”, señala enfático el director del organismo de cuenca Lerma-Santiago-Pacífico, Raúl Antonio Iglesias Benítez, al explicar por qué se negó a suspender las concesiones de extracción de materiales de los ríos Mascota y Ameca, como se lo ordenó un juez federal en un amparo promovido por el ejido Ixtapa, de Puerto Vallarta.

“Lo que reclaman en concreto es la emisión de las autorizaciones para la extracción del material pétreo, afectando la superficie de los terrenos del ejido […] pero está claramente señalado en los títulos de concesión que sea el aprovechamiento sobre el cauce y la zona federal, en terrenos de propiedad nacional; en consecuencia, no hemos otorgado ninguna concesión que menoscabe bienes de propiedad ejidal, ese posible exceso no es de la autorización”, subraya en entrevista con Público.

Acompañado por el director jurídico del organismo, Rodolfo Becerril Hernández, agrega que la aplicación de un aprovechamiento sobre las aguas nacionales “va en función del ancho de ambos ríos [Ameca y Mascota], que son caudalosos en esa parte y tienen mucho de anchura en algunas partes […] hay que considerar el nivel ordinario máximo por año, y de ahí hacia ambas márgenes, diez metros más son la zona federal; es en esa sección donde otorgamos concesiones y es donde deben estar trabajando los concesionarios […] en este caso, al otorgarse la suspensión de plano por el juez, señalando que se suspendan los efectos, actos y consecuencias de las concesiones otorgadas que afecten la propiedad, posesión y terrenos de bienes ejidales, pues nosotros consideramos que no estamos en tal supuesto…”.

La tarea que debe seguir la CNA, añade, “es observar y vigilar que no se excedan tanto en el volumen como en la extensión de la zona federal que se les tiene asignadas para poder hacer estas extracciones de material”.

Iglesias Benítez pone en relieve que la misión del organismo es garantizar la seguridad de los asentamientos humanos, razón por la cual se otorgan concesiones para aprovechar un recurso que, si no se regulara, podría derivar en desastres.

En el caso de la cuenca del Ameca, hace varias décadas no tenía asentamientos humanos cercanos, y el funcionamiento normal del río no provocaba problemas. “Cuando llegaba una avenida de agua muy fuerte, lo que sucedía es que el río se salía de su cauce y, si se desparramaba a 500 o 600 metros de ancho, no sucedía nada: estaba la selva y toda la vegetación y lo absorbía, podía durar unas horas, un par de días o un par de semanas, y luego todo volvía a la normalidad. Ahora, esa misma situación ocasiona un desastre, porque hay pueblos cerca […] si no concesionamos las extracciones, como sucede, tendríamos que hacer un programa para limpiar el cauce y desazolvar, ésa sería la opción, invertir recursos públicos en hacerlo”.

—Mientras ustedes lo interpretan de este modo, la Secretaría de Medio Ambiente (Semarnat) decidió suspender las manifestaciones de impacto ambiental, pese a que expresamente tampoco permiten dañar bienes ejidales…

—La Semarnat vio conveniente suspender sus autorizaciones y nosotros consideramos que no es conveniente, que no están dadas en exceso, que no están mal, que no están sobre bienes ejidales y que, como consecuencia, no incurríamos en ningún desacato ni rebeldía ante la resolución si contestábamos de este modo.

—¿Ustedes ya entregaron su respuesta al tribunal?

—Sí, el juez estará en posibilidades de emitir la resolución: si considera que nosotros no infringimos su orden, no habrá ninguna sanción, y si considera que fuimos omisos o rebeldes, pues habrá un procedimiento, pero nosotros no hemos recibido ninguna comunicación del juez, lo cual nos indica que el procedimiento va a continuar y que se rendirá ya en estos días el informe con justificación donde nosotros exponemos de manera fundada y precisa los alcances de nuestra actuación. Estamos conscientes de todo eso.

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Los expedientes

La justicia federal protegió los derechos de cinco ejidos de Jalisco y Nayarit: les concedió la suspensión de aprovechamientos de material geológico que realizan al menos siete empresas junto a los ríos Ameca y Mascota.

Se trata de los juicios de amparo 1342/2010, ante el Juzgado Primero de Distrito de Guadalajara, y el 578/2010, en Tepic.

El 9 de julio, la Semarnat Jalisco, por orden el juzgado, determinó suspender las autorizaciones de impacto ambiental otorgadas a cuatro empresas extractoras, lo que deja sin sustento legal las concesiones que éstas operan.

La gerencia regional Lerma-Santiago-Pacífico de la CNA emitió un acuerdo de fecha 16 de julio de 2010, en el que informa al juez que no puede cumplir con la “suspensión de plano”, pues, a su juicio, las concesiones no afectan los terrenos de los quejosos.

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