jueves, 29 de octubre de 2015

Profepa levanta clausura sobre Santa Anita Hills



No hay elementos de violación del fraccionamiento de 60 ha, asegura la delegación, pues no invade el polígono del bosque La Primavera.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) determinó levantar la clausura total temporal impuesta al proyecto inmobiliario Santa Anita Hills, enclavado en el municipio de Tlajomulco de Zúñiga, en las inmediaciones del bosque La Primavera.

Esta medida se determinó tras recibir evidencias de las diversas autorizaciones otorgadas al proyecto por autoridades de los tres niveles de gobierno: la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) otorgó autorización de cambio de uso de suelo forestal (oficio SGPARN.014.02.01.01.638/15, 19 de mayo de 2015); el Ayuntamiento de Tlajomulco de Zúñiga advirtió que no existe "impedimento legal o técnico alguno dentro del ámbito de competencia del gobierno municipal" (oficio DGOT/DPU-822/2015, 24 de julio de 2015); la Dirección General del Organismo Público Descentralizado Bosque La Primavera informó "que el fraccionamiento en cuestión no se encuentra dentro del polígono que conforma el Área Natural Protegida, y por lo tanto, no existe confrontación alguna con el decreto o su programa de manejo" (oficio DG/OPD/BLP/756/2015, 28 de julio de 2015).

Además, el 13 de agosto de 2015 la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente determinó que "el sitio donde se pretende efectuar el proyecto (...) se encuentra dentro de una unidad de gestión ambiental (UGA) del ordenamiento ecológico territorial vigente y aplicable al caso, con suelo predominantemente para asentamiento humano, con fragilidad ambiental alta, política ambiental de conservación y condicionado a actividades de agricultura, flora y fauna y minería, sin establecer impedimento alguno para su realización en los términos pretendidos" (oficio PROEPA 052/2015).

En el resolutivo emitido por la delegada estatal, Xochitl Yin Hernández, el pasado 22 de octubre –del que MILENIO JALISCO obtuvo copia-, se subraya que además se investigó la denuncia interpuesta por los quejosos (colectivos ambientalistas de la zona), quienes habían señalado que el predio boscoso a desarrollar ha padecido incendios reiterados en los últimos años, y eso es una causal que establecen tanto la Ley General de Equilibrio Ecológico de Protección al Ambiente como el Código Penal Federal, para cancelar cualquier posibilidad de proyectos que impliquen cambio de uso de suelo en 20 años a partir del evento. La funcionaria afirmó que solamente 20 por ciento de la superficie a desarrollar, que es de 59.8 hectáreas, tiene la presencia comprobada del siniestro de los últimos siete años.

Además, aseguró que el proceso de restauración de dicho sitio se ha realizado de forma satisfactoria, según los diversos dictámenes elaborados tanto por los particulares como por la autoridad.

De este modo, "es jurídicamente viable concluir que no existe violación alguna a la legislación ambiental y forestal vigente, por lo cual" se ordena dejar sin efecto la medida de seguridad consistente en la suspensión total temporal de la autorización otorgada por la Semarnat; esta medida permitirá a la empresa Inmobiliaria Rincón del Palomar SA de CV, continuar con la ejecución del fraccionamiento, no obstante, la fuerte controversia que esta medida generará.

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