miércoles, 8 de julio de 2015

Delitos ambientales en tala del Nevado de Colima



Además de la orden del juez IV que de por sí obligaba, el organismo documentó hechos ilícitos como cortar sin marca y afectar especies en peligro.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) debió realizar un segundo proceso de inspección a los predios boscosos autorizados al ejido Huescalapa, diez días después del primero, para encontrar delitos ambientales e incumplimientos que, además de una orden judicial, llevaron a clausurar el aprovechamiento en la ladera este del Nevado de Colima el pasado lunes 6 de julio.

Según el propio organismo, las anomalías más severas son el corte de árboles sin “marca” del prestador de servicios técnicos de especies como oyamel y encino, la omisión de medidas de protección de especies en peligro como es la Tilia mexicana, la omisión de 92 remisiones forestales y  el corte de árboles en zonas de taludes pronunciados, situaciones que no fueron detectadas en el primer procedimiento de inspección, aunque ecologistas de Ciudad Guzmán habían observado varias (MILENIO JALISCO, 20 de junio de 2015).

De este modo, dictó “medidas de urgente aplicación” para “la suspensión total temporal de las actividades de aprovechamiento forestal maderable del ejido Huescalapa, según un comunicado difundido la noche del lunes. Según la Profepa, tan sólo las multas “podrían alcanzar una sanción administrativa equivalente a 20 mil días de salario mínimo que equivalen a poco más de 1.4 millones de pesos”, independientemente de los delitos que deberán denunciarse ante el agente del Ministerio Público federal.

Apenas cinco días antes el organismo avalaba la legalidad de la extracción maderera, fuertemente cuestionada por pobladores locales e impugnada judicialmente por el propietario Alejandro del Toro. Pero “en seguimiento a una visita anterior,  esta procuraduría detectó posibles irregularidades forestales durante una nueva inspección al Programa de Manejo Forestal autorizado […] tras revisar el aprovechamiento correspondiente a las anualidades 2013-2014 y la 2015”.

Se trata de una visita realizada entre el 1 y el 4 de julio y que culminó con la aplicación de las citadas medidas de seguridad. “Los representantes de dicho predio no presentaron 92 remisiones forestales pertenecientes a las tres anualidades y a las especies de pino, encino y que acreditan la legal procedencia de diversos productos".

Tampoco entregaron "el proyecto integral de reforestación, en donde se enumeran las actividades para proteger, fomentar, conservar y mejorar esas superficies con parámetros incluidos en la NO-152-SEMARNAT-2006, con indicadores medibles y evaluables, y presentar las especies indicando nombres científicos, las cuales deberán ser nativas de las áreas de tratamiento", añade.


Tras el análisis de los resultados del inventario en campo, "se observó que el área basal en la mayoría de las especies y rodales revisados es mayor que la establecida en el Programa de Manejo, es decir, que la información de campo no concuerda con la información presentada a la Secretaría. Además se encontró el aprovechamiento de árboles de encino (Quercussp) y Oyamel (Abiessp) sin contar con la marca autorizada para su aprovechamiento”.

"… el aprovechamiento se llevó a cabo en zonas con pendientes pronunciadas que pueden provocar daños al suelo por erosión, además del abandono de residuos del aprovechamiento (puntas y ramas) que representan material combustible para incendios forestales y fuentes de reproducción de plagas y enfermedades. Entre otros incumplimientos, tampoco presentaron el proyecto integral de reforestación, para proteger, fomentar, conservar y mejorar las  superficies intervenidas”.

Hay al menos dos especies registradas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059: un ave, el Clarín Jilguero (Myadestesoccidentalis) y el árbol de la Tilia (Tilia mexicana), sin medidas de protección en el campo. El juez IV de distrito de Guadalajara otorgó suspensión contra la tala el pasado 29 de junio,  confirmada con la fianza depositada por el quejoso,  Alejandro del Toro,  el pasado 2 de julio,  en el expediente 1370 / 2015, que de todas formas obligaba a la Profepa a suspender el corte.

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