lunes, 13 de mayo de 2013

Juez detuvo construcción de gasoducto, pero obra siguió


La obra de la empresa Celanese pasa a 30 m de Ocotlán, 85 m de un futuro fraccionamiento y 135 m de una unidad deportiva. La empresa textilera introduce la instalación sin cubrir requisitos de seguridad, lo que pone en riesgo a población de los alrededores, concluye el juez Segundo Civil de Ocotlán

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO

El juez Segundo de lo Civil del estado, con sede en Ocotlán, Jalisco, concedió un “interdicto” para suspender la realización de una “obra peligrosa”, pero este no ha sido respetado. Se trata de un gasoducto que introduce la empresa textilera Celanese a 30 metros de distancia de la ciudad de Ocotlán, a 80 metros de predios privados con permiso para desarrollos inmobiliarios, y a 135 m de una unidad deportiva de la localidad, lo que significa un alto riesgo para habitantes de la zona.

En el marco del juicio civil sumario 276/2013, el juez Daniel Espinoza Licon determinó el pasado 17 de abril, conceder el interdicto promovido por la empresa Consorcio Hogar Nueva Vida SA, en contra de Celanese (Sociedad de Responsabilidad Limitada) a efecto de “que de manera provisional suspenda la obra nueva que genera peligro en los inmuebles destinados a fraccionamiento habitacional, propiedad denominada Paso Blanco y La Mascota […] hasta en tanto e resuelva el fondo del presente asunto. La medida decretada es bajo el apercibimiento de que será esta demolida en caso de desobediencia, a costa del propietario demandado”, resolvió el juez.

Esta concesión legal se debe a que se trata de una obra privada y a que según las evidencias presentadas al juez, no incluyen participación de entidades como Petróleos Mexicanos. No se trata, pues, de una instalación pública federal, que no es regulable en materia de riesgos por un juez civil del fuero común.

El problema de la instalación tiene dos aspectos: la distancia que no cubre una salvaguarda mínima de 500 metros de cualquier otra instalación o predio, sobre todo de uso de personas, lo que las deja expuestas a las consecuencias de una explosión o cualquier otro accidente que pueda darse con el gasoducto; el segundo es que tampoco cubre normas mínimas de seguridad en la profundidad de la ubicación de los tubos, pues según el perito de la parte quejosa, Luis Ernesto Lozano Mercado, va de 1.80 metros a casi a flor del suelo, mientras normas internacionales de seguridad obligan a llevarlo a al menos 100 metros de profundidad. Eso potencia aún más los daños que pueda causar un evento.

De hecho, el perito del juzgado, José Antonio Rocha López, también acreditó la escasa distancia de la instalación hacia las zonas de paso de población.
Los afectados señalaron que la determinación judicial no se cumplió, pese a las advertencias del juez. El notario Público número uno de la ciudad de Ocotlán, Nadir Ernesto de Alba Plascencia, elaboró una certificación de hechos doce días después de la decisión del juzgador: el 29 de abril, la maquinaria y los trabajadores continuaban los trabajos de perforación y de tendido de tubería.

“Se observa una máquina retroexcavadora de color amarillo, marca John Deere 510 turbo, con la que se abren zanjas para la colocación de tubería de aproximadamente 10 pulgadas de diámetro, al parecer para un oleoducto […] a las 13.20 horas, tres personas que estaban efectuando los trabajos de soldadura se pasan enfrente para comer […] a las 13.25, se hacen presentes tres personas con chalecos en color naranja, uno de ellos con el letrero ‘vía corta’, y manifiestan que trabajan en una empresa y no desean dar su nombre…”.

Los afectados piden al juez tomar cartas en el asunto y sancionar la violación.


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