domingo, 15 de mayo de 2011

TAE prohibe construir y vender en Villa Panamericana


La IV sala del Tribunal Administrativo del Estado determina una suspensión judicial. El magistrado ordena al Ayuntamiento de Zapopan detener las obras. La resolución, a favor de vecinos del fraccionamiento Rancho Contento.

Guadalajara. Agustín del Castillo. PÚBLICO-MILENIO. Edición del 30 de abril de 2011

Los vecinos del fraccionamiento Rancho Contento le propinaron ayer un duro revés a los grupos inmobiliarios que edifican la Villa Panamericana en la zona de El Bajío del Arenal, al obtener del magistrado de la IV Sala del Tribunal Administrativo del Estado (TAE), Armando García Estrada, una medida cautelar que deriva en la detención de los trabajos de construcción, la venta de inmuebles o los certificados catastrales, medida que se debe cumplir antes de esta noche.

“Se concede la medida cautelar, desde estos momentos y hasta que cause estado la sentencia definitiva que se dicte en el presente juicio, ello para los efectos de que de manera inmediata se suspendan las obras de construcción del proyecto denominado Villa Panamericana […] en el municipio de Zapopan, Jalisco, lo que implica también, suspender cualquier venta de algún inmueble derivado de ese proyecto, así como abstenerse a otorgar certificados de habitabilidad y registros catastrales a favor de persona alguna”, señala el resolutivo emitido ayer por la tarde, en el marco del expediente 82/2011.

El juzgador tenía como antecedente la resolución que emitió ante una demanda similar de otros vecinos de Rancho Contento, la V Sala del TAE en el marco del expediente 67/2011, del 25 marzo pasado, la cual concedió suspender las ventas —no la obra ni los permisos— siempre que se depositara una fianza de tres millones 582 mil pesos, lo cual recurrieron los quejosos al considerar que los derechos ambientales que se invocan por la destrucción de arroyos y cuerpos de agua son de interés de la colectividad.

Pero la de ayer es una resolución que le reconoce esa jerarquía a los temas ambientales.

“Es de interés, no sólo de los particulares que comparecen a juicio, sino de toda la sociedad, el cumplimiento de las normas que involucren la preservación del ambiente y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales; además, los ordenamientos jurídicos que rigen esa actividad son de orden público, pues tienden a lograr la seguridad urbana y una adecuada calidad ambiental, y por lo tanto, la vida de las personas […] es de tal importancia que significa el ‘interés social’ de la sociedad mexicana e implica y justifica, restricciones necesarias y conducentes a preservar y mantener ese interés social y orden público”, destaca el magistrado en su resolución.

La notificación fue hecha ayer mismo al Ayuntamiento de Zapopan, que debe suspender “los efectos legales de los dictámenes de trazos, usos y destinos específicos de fechas 5 de octubre de 2009 y 8 de diciembre de 2009 […] así como la licencia de urbanización denominada Villa Panamericana, número 11214/2009/2-1836 del expediente 490 y la licencia de edificación número HS/D-3731-09-D, de fecha 22 de diciembre de 2009”.

Acreditado el interés general, el magistrado señala que no se pide fianza; Zapopan tiene 24 horas para ejecutar la orden judicial o exponerse a sanciones que van hasta la destitución del cargo.

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