viernes, 4 de noviembre de 2016

Imeplan defiende el plan para ordenar área metropolitana



Responde a observaciones de Semadet; señala que su zonificación primaria coincide con la del ordenamiento ecológico y defiende inclusión de zonas no aptas para urbanización

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO.

No ha terminado el trabajo de "armonización" entre el Instituto Metropolitano de Planeación (Imeplan) y la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial para el Plan de Ordenamiento Territorial Metropolitano (POTmet). Pero en documentos oficiales, el organismo defiende la hechura del plan, destaca que las críticas se basan en errores de contexto o en lecturas parciales, y que una herramienta del propio Imeplan, la determinación de "zonas no aptas" para urbanización, no es suficiente para descalificar zonas como carretera a Colotlán y la meseta de Atengo, en Zapotlanejo.

"No hay errores en la estructura del documento, la fundamentación jurídica, ni en la estrategia territorial plasmada. El análisis plasmado [por la Semadet] sólo refleja secciones cortadas específicamente del documento. Por lo que algunas observaciones, no contemplan la totalidad de variables que contemplan el documento y se generan interpretaciones equívocas de la información plasmada. Dos observaciones corresponden a errores de edición, salvables mediante fe de erratas, sin afectar la integridad del documento", señala una exhaustiva presentación realizada como respuesta a dos oficios de la dependencia estatal sobre presuntas violaciones a los ordenamientos ecológicos vigentes.

Además, gran parte de la lectura de la Semadet se basa en un texto del POTmet que no es el definitivo, aclara.

Esa cita viene de un power point sin fecha, pero que explícitamente señala que da "respuesta técnica puntual a las observaciones señaladas en la presentación que se entregó por parte de Semadet, en el marco de la segunda sesión de la Mesa de armonización Municipios Metropolitanos – Imeplan – Semadet", celebrada el 8 de julio 2016. Tras una solicitud de transparencia de MILENIO JALISCO, el Imeplan decidió "liberar" esos documentos en septiembre pasado.

Gran parte de los señalamientos de la secretaría son relativos a la falta de respeto a los polígonos de las unidades de gestión ambiental (UGA) del ordenamiento ecológico, así como a las restricciones que cada UGA plantea.

Sin embargo, el Imeplan señala que la disposición concéntrica de las centralidades determinadas en el POTmet no es más que algo indicativo. "Es una Interpretación parcial de los perímetros de crecimiento, basada en un lectura segmentada del instrumento. El hipotético caso mostrado surge de aislar solo dos variables, ignorando la clasificación de áreas [donde se específica las áreas susceptibles de urbanizar, que son para las que aplican esta dosificación de crecimiento en torno a centralidades]. Los perímetros son sólo un criterio de varios para la urbanización, los criterios para dictaminar se toman con relación a un documento completo no elementos aislados del plan, el análisis a los shapes [archivos de mapas] no puede ser aislado del documento técnico aprobado, que es el que se aplica.

Una de las críticas más fuertes contra el POTmet es que deje casi íntegra la estructura de reservas urbanas, casi 44 mil hectáreas, pese a que son de 500 a 800 por ciento más de las que necesita la ciudad, y de que la mitad se ubican en zonas de riesgo.


"Las áreas de reserva señaladas se tratan de las áreas de crecimiento ya consignadas en instrumentos de planeación urbana, a estas se le dan tratamiento de condicionadas por lo que su desarrollo no se debe considerar como inmediato", es decir, "las áreas de crecimiento condicionadas solo podrían desarrollarse bajo el cumplimiento de un concepto técnico favorable de parte de las dependencia municipal encargada del ordenamiento territorial y una evaluación de impacto ambiental que determine la viabilidad del proyecto y en su caso las medidas de mitigación a realizar con el mismo"; además de que "el alcance del POTmet está limitado y no suple los ordenamientos locales.

Por otra parte, "al estar el instrumento armonizado en lo general, la resolución particular a nivel de ordenamientos ecológicos se hará a través de la escala local, que es la adecuada dentro del marco general", agrega.


¿Por qué el POTmet establece clasificaciones y conceptos aparentemente inexistentes en los ordenamientos? Porque "se construyó a partir de armonizar y conjuntar las clasificaciones de diferentes instrumentos de planeación. En esta tarea se agruparon clasificaciones con objetivos y definiciones diferentes de los diversos insumos", justifica.

La controversia más álgida ha sido en torno a la inclusión de cuatro "centralidades emergentes" en la carretera a Colotlán, Zapopan, y la meseta de Atengo, en Zapotlanejo, al otro lado del río Santiago. En ambos territorios, una herramienta creada por el propio Imeplan para medir la aptitud de urbanización, se establece que no tienen aptitud. Sin embargo, contienen enormes reservas urbanas de grandes desarrolladoras, y han logrado ser elevadas a categoría de reserva urbana municipal o federal.

"En principio, los análisis de aptitud parciales no pueden ser tomados como definitivos pues son parciales para llegar a un análisis de aptitud territorial multisectorial como se especifica en la situación actual [página 226 del POTmet]. El análisis de aptitud territorial se plantea como uno de los componentes para ayudar en la determinación del uso primario del territorio, no siendo el único, dado que el territorio metropolitano tiene condicionantes relevantes que no pueden omitirse, como la planeación urbana y ecológica vigente de los municipios", señala.

Por ejemplo, con Zapotlanejo, "las áreas señaladas como urbanizables corresponden a las establecidas en el Programa de Desarrollo Urbano Municipal vigente [...] estas áreas se están señalando en el ordenamiento pero se ajusta su posibilidad de uso con dos mecanismos: el primero es que se les clasifica de acuerdo a la aptitud y con esto aplica una restricción de uso [página 337] y el segundo es el que dosifica su uso de acuerdo a los perímetros de crecimiento [páginas 341-349]. Con este manejo estratégico se consigue un mecanismo eficiente y viable para avanzar en futuras revisiones al desmonte de áreas de crecimiento no aptas en la planeación municipal.

De este modo, el Imeplan sostiene que el POTmet no determina ni sanciona a rajatabla, sino que sólo detona un proceso cuya fortuna favorable para la ciudad dependerá de la responsabilidad del trabajo de los ayuntamientos y de los organismos metropolitanos a lo largo del tiempo. ¿Precariedad o fortaleza?



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Numeralia

72 mil 
ha es la superficie consolidada del AMG

100 mil ha es la “huella de ciudad”

44, 095 ha es la superficie de reservas urbanas aprobadas

50% de la superficie de esas reservas está en zona de riesgo

6 mil ha a 8 mil ha, la superficie que demandará el AMG para crecimiento en 30 años

Fuentes: Imeplan, Semadet.


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