lunes, 10 de abril de 2017

Ejido Puerto Vallarta se suma a oposición a ANP



Cinco expedientes impugnan 36 mil de 111 mil ha propuestas para área de protección hidrológica estatal

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

Cayó la quinta suspensión en contra de la creación del área natural protegida Sierra de El Cuale, esta vez, el Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa y del Trabajo ha resuelto otorgar “suspensión de plano” al ejido Puerto Vallarta, uno de los más expuestos a la especulación inmobiliaria del destino turístico, el cual atacó no solamente la consulta, sino la emisión de la declaratoria. Velan armas jurídicas en el gobierno del estado, la instrucción de la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semadet), es mantener el proceso y combatir estos obstáculos legales.

Se trata del juicio de amparo 975/2017. “Los quejosos solicitaron la suspensión de los actos reclamados para efecto de que se suspenda y no se emita la declaratoria de área estatal de protección hidrológica Sierra El Cuale y el decreto de dicha declaratoria por parte del Ejecutivo del estado hasta que se excluya del polígono de dicha declaratoria con superficie total de 111,633.64 hectáreas que se contiene en el estudio técnico justificativo […] la superficie de 6,099.81 ha que pertenecen a nuestro ejido Puerto Vallarta” (sic).

El juez aplicó un criterio similar al de otras cuatro suspensiones concedidas a ejidos de la parte alta de la sierra, si bien, en esos casos fueron contra el proceso de consulta y no contra el decreto.

Se trata de lo que dicta el artículo 126 de la Ley de Amparo. “La suspensión se concederá de oficio y de plano cuando se trate de actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión, proscripción o destierro, extradición, desaparición forzada de personas o alguno de los prohibidos por el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la incorporación forzosa al Ejército, Armada o Fuerza Aérea nacionales. En este caso, la suspensión se decretará en el auto de admisión de la demanda, comunicándose sin demora a la autoridad responsable, por cualquier medio que permita lograr su inmediato cumplimiento.

La suspensión también se concederá de oficio y de plano cuando se trate de actos que tengan o puedan tener por efecto privar total o parcialmente, en forma temporal o definitiva, de la propiedad, posesión o disfrute de sus derechos agrarios a los núcleos de población ejidal o comunal”.

Razona el juez: “en materia agraria procede la suspensión de oficio, la que deberá decretarse de plano, cuando los actos reclamados tengan o puedan tener por consecuencia la substracción del régimen jurídico agrario de un núcleo de población, así como cuando los actos reclamados tengan por consecuencia la privación total o parcial, temporal o definitiva de los bienes ejidales…”. En este juicio en particular, han sido señalados “tercero perjudicados”: la asociación civil Desarrollo Comunitario y Conservación de la Naturaleza Nuestra Tierra, y al Centro Universitario de la Costa, en Puerto Vallarta, instancias que han impulsado la creación de la reserva desde en los años 90 del siglo XX.

De este modo, un nuevo expediente cuestiona la posibilidad de un estado de generar esquemas de protección de recursos naturales mediante declaratorias de áreas naturales protegidas. El expediente de la Sierra del Cuale, sin duda el más relevante en términos de biodiversidad de cuanto ha gestionado el gobierno de Jalisco, afronta momentos difíciles, y la oportunidad de clarificar los conflictos entre dos derechos: el de propiedad (tenencia de la tierra) y el de regulación del uso del territorio.

CLAVES

Los 5 expedientes

*Ejido El Cuale, Talpa de Allende. Suspensión de plano de la consulta del ANP dentro de su territorio en el juicio de amparo 628/2017-IV, Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa y del Trabajo, confirmada por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, recurso de queja 86/2017

*Ejido San Andrés, Talpa de Allende. Suspensión de plano en juicio de amparo 791/2017-VII, Juez Séptimo de Distrito, confirmado por Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, en queja 96/2017

*Ejido Emiliano Zapata, Cabo Corrientes. Juez Primero de Distrito niega suspensión de plano en amparo 882/2017, pero se corrige en la queja 89/2017, ante el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, que ordena se otorgue suspensión

*Ejido Zapotán, Mascota. Suspensión de plano concedida en el marco del expediente 801/2017, por el Juzgado Segundo de Distrito

*Ejido Puerto Vallarta, municipio homónimo. Suspensión de plano contra decreto que incluya su territorio, en juicio de amparo 975/2017, Juzgado Quinto de Distrito

MC

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