martes, 26 de abril de 2016

Se escala conflicto legal por acueducto a León




La Corte ha decidido atraer un nuevo tema: otorgar o no “suspensión definitiva” a los ganaderos de San Juan para que no se construya el ducto que llevaría agua de El Zapotillo a la ciudad de León.

Agustín del Castillo - Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha determinado atraer el recurso de revisión interpuesto en el marco del juicio de amparo 1390/2014 por la asociación ganadera local de San Juan de los Lagos, que reclama a la justicia federal le otorgue “suspensión provisional” para impedir las obras del acueducto El Zapotillo-León.

Como parte del mismo juicio, el ejido Agua de Obispo sí logró el cometido: tiene vigente esa medida cautelar para todo el territorio del núcleo agrario en lo que se desahoga el proceso.

El recurso de revisión de los ganaderos fue ventilado bajo el expediente 600/2014 en el Tercer Tribunal Colegiado de Distrito en Materia Administrativa del Tercer Circuito, de Guadalajara, pero los magistrados consideraron que era importante dar vista al máximo tribunal del país, ante la naturaleza de los derechos involucrados. Los quejosos reclaman que por ley, las asociaciones ganaderas son sujetos de interés público, y deben tener un tratamiento protector similar al de los ejidos, situación que el juzgado de origen les negó (Juzgado 7 de Distrito en materia Administrativa de Guadalajara).

“Este Tribunal Colegiado solicita a la Suprema Corte de Justicia de la Nación tenga a bien ejercer su facultad de atracción para conocer del amparo en revisión 600/2014 (…) se está en presencia de un asunto de interés y trascendencia cuando el problema jurídico que debe dilucidarse es excepcional (...) En estos casos, por la propia naturaleza del problema jurídico, es claro que el criterio que se sustente puede afectar de manera significativa a la sociedad o los actos de gobierno”, señala la resolución del colegiado, emitida el 9 de noviembre de 2015.

La atracción del asunto, añade el tribunal, “permitiría […] determinar los alcances y realizar en todo caso una ponderación entre los derechos fundamentales a la vivienda y un medio ambiente sano, con relación al beneficio o a la utilidad pública de la construcción de una obra de infraestructura de grandes dimensiones […] interpretar el artículo 34 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y de la Protección al Ambiente, con relación al derecho de consulta prevista en tal numeral, con motivo de la realización de obras que requieran devaluación de impacto ambiental; y, evitar el pronunciamiento de una sentencia que resulte contradictoria, con lo determinado porla Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la controversia constitucional 93/2012”, en la que declaró la invalidez del convenio que dio origen al proyecto de presa El Zapotillo a 105 metros de elevación, y la restringió a un convenio original, a 80 metros.

Además, “a juicio de este órgano jurisdiccional podrían verse afectadas áreas o sectores de importancia económica, en la especie, la agrícola y ganadera de la región a que se dedican los quejosos, en relación con la utilización del agua, donde se realiza la obra de grandes dimensiones vinculada a las normas, actos y omisiones reclamadas”.

Este acuerdo, del 9 de noviembre de 2015, fue discutido y votado el pasado 20 de abril en la segunda sala de la SCJN. Se aprobó ejercer la atracción, pero no fue unánime la votación. Los ministros Eduardo Medina Mora y Margarita Luna Ramos se opusieron, para que el proyecto del ponente José Fernando Franco González Salas saliera adelante por estrecho margen (tres votos a favor).

La decisión pendiente: si se otorga la suspensión definitiva a los ganaderos para que los concesionarios del acueducto, hasta ahora, la transnacional Abengoa, no puedan ejecutar el proyecto. El expediente es el 526/2015. Más allá del trabajo interno de la segunda sala, los cabildeos de las partes sobre esta trascendental decisión han comenzado.

El tema El Zapotillo es el más judicializado de México en cuanto a obras de infraestructura. Además de tres suspensiones obtenidas por habitantes de Temacapulín contra la edificación de la presa, y de una controversia constitucional que también lo impide, los ejidatarios de Agua de Obispo tienen una “suspensión de plano” que impide el acueducto en su territorio. Y los ganaderos de San Juan van por lo mismo.

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