miércoles, 20 de julio de 2016

Límites municipales fuera de ley



El mapa aprobado en 2012 y las leyes en la materia están en duda, pero además, no se agotaron los procedimientos legislativos para generar límites ciertos y aceptados.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

El 27 de marzo de 2012, el entonces Instituto de Información Territorial del Estado de Jalisco (IITEJ) publicó el mapa general del estado de Jalisco, en el cual se determinan límites municipales, fruto de un trabajo exhaustivo de esa entidad desde cinco años atrás; estos límites alteran significativamente los que las propias demarcaciones manejan como oficiales hasta el día de hoy.

El saldo es que el movimiento de fronteras en el papel dejan a alrededor de 40 mil hectáreas de los nueve municipios metropolitanos en una demarcación diferente. Pero como ese decreto no derivó en un trabajo legislativo para aplicar lo que dice el decreto 19,156, del año 2001, “que establece el procedimiento para delimitación y demarcación territorial de los municipios del estado de Jalisco”, no es un mapa que esté vigente.

Un segundo problema es que si se intentara agotar ese procedimiento ahora por parte del Congreso, tendría que clarificarse primero si el mapa de 2012 es un trabajo del que se puede partir, dado que los transitorios de la ley orgánica que dio vida a la entidad que sucedió al IITEJ, el Instituto de Información Estadística y Geográfica del Estado de Jalisco (INEGI) (publicada el 7 de diciembre de 2013), abrogan la ley anterior y “los ordenamientos que se opongan al presente decreto”.

Es decir, los legisladores son la base de corrección y generación de los límites municipales para eliminar el “limbo” en que viven miles de ciudadanos metropolitanos. Pero primero deben determinar si con el instituto creado en diciembre de 2013 no se abroga el mapa generado por el organismo antecesor, entre 2008 y 2012; en segundo lugar, deben ser explícitos respecto a la vigencia o no de la ley para fijar los límites, y que en caso de que siga en vigor, agotar el procedimiento que fija el decreto de delimitación de municipios -arriba aludido-. Ninguna de las dos cosas han sucedido y el mapa de 2012 no está vigente en las relaciones entre municipios del estado.

El procedimiento debería ser: (artículos seis a 16) el Congreso remite a cada municipio la información territorial y el manual de procedimientos para que estudien la propuesta de límites y su fundamentación, lo cual debe ser respondido en 60 días naturales. Si el ayuntamiento está de acuerdo, debe manifestarlo por escrito con el acta de sesión de cabildo donde se haya optado por esa valoración. Si hay desacuerdo total o parcial, presentará sus argumentos documentales. Si agotados los 60 días no hubiera manifestación a favor o en contra, se tomará por aceptada la propuesta.

La autoridad municipal puede solicitar ampliación del plazo para responder hasta por 30 días más. El resultado se debe plasmar en un mapa georreferenciado, lo que obliga además a consultar a los municipios colindantes.

En caso de desacuerdo se procede a una conciliación, periodo de 40 días naturales. “Las autoridades municipales interesadas estarán obligadas a nombrar uno o varios conciliadores, en forma conjunta” (artículo 12). Al terminar el periodo se debe emitir un informe y una propuesta de límites acordada entre las partes, la cual será plasmada en un mapa georreferenciado para un decreto definitivo.

Pero si el desacuerdo persiste, el Congreso abre 30 días naturales más para recibir pruebas y alegatos a través de su comisión de Gobernación, que sobre esa base, “elaborará un proyecto definitivo de límite territorial” que se propondrá al pleno, que conforme al artículo 35 fracción tercera de la Constitución Política de Jalisco, emitirá un decreto contra el cual “no procede recurso alguno” (artículo 17).

Nada de esto ha sucedido a los cuatro años de que se publicó el mapa oficial. Es lógico dudar si las determinaciones de zonificaciones que contempla el Programa de Ordenamiento Territorial Metropolitano (POTmet) en las 40 mil hectáreas aludidas tienen alguna posibilidad frente a esa indeterminación jurídica.

También se puede dudar sobre la no inclusión del INEGI que ha elaborado propuestas de límites en el pasado, y si eso no deja más endeble aún al POTmet. De hecho, el mapa del anexo cartográfico del programa revela con claridad las diferentes versiones de límites municipales: todas difieren. Límites de 1979, mapa estatal de 2012, Inegi de 2010, límite municipal de 2011 y extensión de planes municipales  2011. Otro dato más que contradice el “blindaje” del POTmet.

Preguntas para los diputados

Las dos preguntas más importantes sobre los verdaderos límites municipales:

1 A partir de la creación del organismo público descentralizado Instituto de Información Estadística y Geográfica del Estado de Jalisco, en 2013, ¿la norma sobre el procedimiento para delimitación y demarcación de municipios del estado de Jalisco, de 2001, sigue vigente?

2 En caso de estar vigente, ¿los límites municipales contenidos en el mapa general de Jalisco 2012 están pendientes de seguir el procedimiento de aprobación desde el Congreso con los respectivos municipios?

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