jueves, 28 de enero de 2016

La Corte emitió una nueva sentencia contra El Zapotillo



Los ministros de la segunda sala de la SCJN impiden de forma reiterada el proyecto de embalse a 105 metros de altura, y mantienen esperanzas de pobladores de Temacapulín.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

La presa El Zapotillo no puede construirse por arriba de 80 metros. Eso ya lo había determinado la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el expediente 3/2015, fallado en noviembre 25 de 2015 (MILENIO JALISCO, 27 de noviembre de 2015). Pero resulta que ese mismo día, sin que se conociera por la defensa ni por los impugnadores de Temacapulín, también se falló el expediente 2/2015, un recurso de revisión que la constructora Peninsular había igualmente promovido contra un amparo diferente concedido a la asociación civil Salvemos Temaca.

El resultado es idéntico: la Comisión Nacional del Agua y la compañía constructora no pueden pasar de la misma altura determinada en el juicio anterior. Y si bien, pareciera que no tiene sentido, se trata de actores diferentes y obliga a enfrentar los procesos (en este caso, el desahogo completo del juicio de garantías en los juzgados de distrito) aparte, con una carga extra de trabajo tanto para defensores de los habitantes de la zona, como para quienes pretenden que el proyecto se realice aunque ello inunda los asentamientos de los vecinos.

Los defensores de Temaca apenas han sido notificados esta semana del engrose en la página de la Corte, fechado el mismo 25 de noviembre de 2015 por la misma II Sala de la SCJN. El fallo es en el recurso de revisión del incidente de suspensión 2/2015 promovido por La Peninsular SA de CV, tercera interesada, “en el que confirma la suspensión definitiva concedida respecto de las autoridades con residencia en la zona metropolitana de Guadalajara por el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa con sede en Zapopan, Jalisco en el expediente 1046/2014 que tramitó la asociación civil Salvemos Temaca. En concreto ratifica la suspensión definitiva de la presa El Zapotillo a 80 metros, es decir, el convenio de 2005”, informó a este diario el Colectivo de Abogados.

La resolución fue tomada “por mayoría de cuatro votos de los ministros Juan N. Silva Meza, Margarita Beatriz Luna Ramos, José Fernando Franco González Salas, y el ministro presidente Alberto Pérez Dayán”. El ministro Eduardo Medina Mora emitió su voto en contra.

Los resolutivos del fallo, señalan: “Por lo expuesto y fundado, se resuelve: primero. Se confirma la interlocutoria de cuatro de junio de dos mil catorce, dictada en el incidente de suspensión derivado del juicio de amparo 1046/2014. Segundo. Se concede la suspensión definitiva respecto de los actos reclamados y sus consecuencias, a las autoridades por las que se celebró la audiencia incidental y que residen dentro de la zona metropolitana en donde ejerce jurisdicción el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco”.

De este modo, el entramado legal que impide la edificación del embalse artificial, concebido originalmente para dotar de agua a la ciudad de León, Guanajuato, se torna cada vez más complejo. Hay otros juicios en desahogo contra la construcción del acueducto, contra la edificación de los nuevos poblados de Acasico y Temacapulín, y contra las dictaminaciones de la Conagua que permiten entregar agua ya comprometida en Los Altos hacia la ciudad de El Bajío. Mientras, el gobierno de Jalisco avanza en un proceso de “tercería” con una agencia internacional que ha sembrado grandes dudas entre los actores locales.

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