miércoles, 3 de febrero de 2010

La tortuga marina “no está en riesgo” en Chalacatepec


El nuevo Programa de Ordenamiento Ecológico Local impide dañar playas, advierte Francisco de Asís Silva Bátiz, principal consultor del proyecto

Guadalajara. Agustín del Castillo. PÚBLICO-MILENIO. Edición del 1 de febrero de 2010

Campamento en la playa La Cruz de Loreto, en Tomatlán. No hay riesgo de que los nuevos proyectos turísticos en Tomatlán alteren las playas de anidación de tortuga marina, y más allá de la polémica sobre cuáles son los límites del santuario protegido de Mismaloya, no se pueden “desincorporar” dichas zonas del sistema nacional de áreas naturales protegidas, advirtió ayer el director del Departamento de Estudios para el Desarrollo Sustentable de Zonas Costeras de la Universidad de Guadalajara, Francisco de Asís Silva Bátiz.

“La protección y conservación de las tortugas marinas y de su hábitat de anidación en la playa Chalacatepec están consideradas en el Programa de Ordenamiento Ecológico Local (POEL) del municipio de Tomatlán, y los proyectos turísticos en dicha playa deben de cumplir con estrictos criterios ecológicos indicados […] entre estos criterios se incluye que cualquier construcción cimentada debe de estar ubicada por detrás del primer cordón de dunas con vegetación, lo cual implica una distancia de al menos 50 metros a partir del límite de la zona federal marítimo terrestre, y en algunas zonas de la playa esta distancia es mayor a 100 metros”, es decir, lejos de la zona a donde los quelonios llegan a desovar.

En la zona se pretende albergar un megaproyecto turístico de baja densidad de las dimensiones de la zona turística de Cancún, el cual fue anunciado la semana pasada por el gobierno del estado, en una sociedad de coinversión del Instituto de Pensiones de Jalisco y el fondo privado RLD (Público, 27 de enero de 2010). Al conocerse, surgieron voces de alarma sobre la posibilidad de que se impactara el santuario de tortuga marina más grande del país: Mismaloya, con el que colinda al norte. Silva Bátiz consideró que serán menores.

En playa Chalacatepec, la zona de dunas tiene una extensión total de 135 hectáreas, “el POEL indica que sólo 35 por ciento de esta superficie puede ser aprovechada por proyectos turísticos, esto es, alrededor de 47 hectáreas; el resto deben conservarse en estado natural”.

En la superficie aprovechable “la densidad máxima permitida es de 13 cuartos/hectárea, por lo que a todo lo largo del frente de playa –cerca de siete kilómetros hasta la boca de la laguna Paramán–, puede existir un máximo de 611 cuartos, o su equivalente de 200 viviendas de tres recámaras, esto es, cuatro viviendas en cada diez mil metros cuadrados”, lo que significa una densidad baja de impactos mínimos.

En el primer cordón de dunas con vegetación y por delante de éste, “no deben existir construcciones cimentadas, únicamente se permiten estructuras no permanentes y que no obstaculicen los procesos de anidación de las tortugas marinas y de otras especies como invertebrados y aves. Además, las actividades en la playa no deben de provocar la alteración de la misma ni interferir con el proceso de anidación de las tortugas marinas, y las actividades deben de minimizarse en la temporada de anidación”. Estas actividades serían reguladas acorde con las indicaciones del campamento tortuguero de Chalacatepec, el cual opera la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.

Se prohíbe el acceso a las dunas y las playas de vehículos motorizados –con excepción de los que se usan en los campamentos tortugueros–; también, fuentes de luz artificial y fogatas, ganado y perros.

Silva Bátiz precisó que hay numerosas restricciones en el POEL a la contaminación, las fincas permanentes y los daños a los esteros contiguos, que son sitios Ramsar. Defiende la seriedad técnica del trabajo realizado justamente para preservar esta zona de la costa del daño ocasionado por el desarrollismo tradicional.

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Reserva protegida, intocable

El POEL “es un instrumento municipal para regular el uso del suelo cuya administración es de carácter municipal y no aplica a bienes nacionales que son administrados o regulados por la federación, como lo es la zona federal marítimo terrestre. El Santuario de tortugas marinas del Playón de Mismaloya comprende en tierra firme únicamente la zona federal marítimo terrestre; en este sentido es inviable legalmente que un instrumento de aplicación municipal como el POEL pueda desincorporar zona federal marítimo terrestre”, advirtió Silva Bátiz.

De hecho, el ordenamiento municipal “no puede tener mayor jerarquía jurídica que el Decreto Presidencial por el cual se decretaron los Santuarios de tortugas marinas en 1986, y es equivocado considerar que con la publicación del POEL se está desincorporando parte del Playón de Mismaloya como Santuario de tortugas marinas”.

Eso no obsta para que el POEL considere criterios de conservación en la zona aledaña que garantiza el mantenimiento de las arribazones milenarias del quelonio. “Hay que recordar que los proyectos que llegaran a plantearse en la playa Chalacatepec deberán presentar la Manifestación de Impacto Ambiental […] no existe ninguna duda de que si el proyecto presentado no fuera viable ambientalmente, la Universidad de Guadalajara sería la primera institución en manifestarlo públicamente”.

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