jueves, 28 de junio de 2018

Agua de ejidos y comunidades peligra por decretos vs vedas


Los decretos contra vedas son “exceso” del Ejecutivo, y se debe a que el Congreso no ha sacado la Nueva Ley General de Aguas.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

Las omisiones del Congreso de la Unión, en establecer una ley reglamentaria del derecho constitucional al agua, deja en la precariedad a miles de ejidos y comunidades indígenas que podrían ser afectadas por los decretos presidenciales que levantan vedas en cerca de 300 cuencas del país, señala un análisis de la asociación civil Observatorio Agrario. Esa modificación constitucional “declara de utilidad pública, es decir, intervención directa del estado para el cumplimiento de sus funciones, la gestión integrada de recursos hídricos superficiales”. Y la omisión de su reglamento ha llevado a ajustar políticas hídricas como resultado de la falta de cumplimiento de los legisladores en la emisión de una nueva Ley General de Aguas.

“Por eso se considera que el Ejecutivo Federal excede sus atribuciones y facultades al realizar adecuaciones vía decretos reglamentarios, a las políticas hídricas de la ley de aguas nacionales, al establecer distribuciones de las aguas superficiales para consumo humano y para preservación del ambiente, que con motivo de la modificación y adiciones al artículo 4 constitucional, le corresponden al poder legislativo, en términos el artículo tercero transitorio del decreto de fecha 18 de enero de 2012”, añade el documento, denominado “Opinión preliminar respecto de los decretos emitidos por el Titular del Ejecutivo Federal, que suprimen vedas en nueve Regiones Hidrológicas Mexicanas y, establecen reservas parciales de aguas nacionales superficiales para uso ambiental o conservación ecológica, publicadas el 6 de junio de 2018”. El texto está firmado por Nayar Emilio Paredes Nieto, presidente del Observatorio Agrario.

Advierte: los decretos “dada su naturaleza, prácticamente extinguen las concesiones y asignaciones otorgadas con anterioridad a dichos decretos, si no están vigentes y, si sus los titulares han incurrido en causas de suspensión, revocación o extinción. Esta situación pone en claro riesgo a los derechos, las concesiones y las asignaciones de aguas superficiales de los núcleos agrarios que se encuentran las áreas de los decretos, de donde resulta necesario que, en aras del orden público e interés social, las dependencias del sector agrario coordinado realicen acciones inmediatas a efectos de que se preserven las titularidades y los derechos de agua de los núcleos agrarios que se encuentran dentro de las áreas comprendidas en los decretos de referencia”.

Sugiere que la estructura territorial de la Procuraduría Agraria “podría colaborar con los comisariados ejidales y de bienes comunales que sean titulares de derechos, concesiones y asignaciones de aguas superficiales, a efecto de realizar las gestiones necesarias ante las delegaciones de la Comisión Nacional del Agua en los estados, a efectos de que se informe el estado que guardan los derechos de los núcleos agrarios”.

Dada la ubicación y distribución de los efectos de los decretos en estudio con relación a la propiedad social, juntamente con las concesiones mineras, las asignaciones mineras, las áreas naturales protegidas tanto federales como estatales, “resulta urgente que se recontextualice la participación del sector social de propiedad en cada uno de los consejos de cuencas hidrológicas”, agrega.

Los consejos de cuenca deberían estar preparados para lo que se viene con los decretos, esto es, contar con representación legal, con reglamentos y programas de manejo “a efecto de que los decretos no se conviertan en escenarios de competencia y depredación de los volúmenes de agua disponibles, en perjuicio de los centros de población, los núcleos agrarios, de las actividades agropecuarias del sector social, así como también no se le restrinja el agua superficial a los pequeños productores a agrícolas y pecuarios que subsisten de esos recursos hídricos”.

El observatorio cree que el análisis de los decretos debe ser materia de estudio y opinión por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Por su parte, el Observatorio Agrario “empezará a coordinar un conjunto de acciones y consultas con los núcleos agrarios, los profesionistas y técnicos al servicio de la propiedad social, y las instituciones del sector agrario, a efectos de coordinar acciones y estrategias que atienda las necesidades de los ejidatarios, comuneros, pueblos originarios titulares de derechos de agua dentro de las cuencas materia de los decretos en estudio”.

El dato 

Núcleos agrarios y derechos Jalisco tiene alrededor de 80 mil km2 donde se alojan 1,448 núcleos agrarios, de los cuales, 55 son comunidades indígenas, y se tienen 224,666 titulares de derechos sobre 3 millones 164,366 hectáreas en 121 municipios.

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