miércoles, 14 de febrero de 2018
Exigen declaratoria de emergencia sanitaria
Los colectivos de defensa de El Salto señalan que una declaratoria del ejecutivo federal atraería recursos para reforzar el tema de salud en la zona.
Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO.
Los colectivos de defensa de la salud ambiental de la zona de El Salto y en la cuenca del río Santiago, solicitaron al secretario federal de Salud, José Narro Robles, que sea declarada la demarcación como "zona de emergencia sanitaria", ante la evidencia de que decenas de miles de personas viven sometidas a mala calidad del aire y del agua.
En el aniversario diez de la muerte del niño Miguel Ángel López Rocha, los voceros de los inconformes, Manuel Villagómez Rodríguez y Raúl Muñoz, demandaron que se tomen acciones de fondo para rescatar la calidad de vida, pues a su juicio, no hay elementos contundentes en todo el tiempo que ha pasado desde entonces para acreditarlo, aunque la macrorrecomendación 1/2009 de la Comisión Estatal de Derechos Humanos marcaba ayer en el sitio web avances sustanciales en el cumplimiento por parte de 17 actores públicos.
Aseguraron que desde el fallecimiento del menor, han fallecido en la zona 863 personas, entre un total de 3,285 que arrastran problemas de salud, con 768 afectados por insuficiencia renal y 226 por cáncer.
"Es muy importante la intervención de la secretaría a su cargo para atender este problema, pues ya se cumplen diez años de la muerte del niño López Rocha y pareciera que la autoridad simplemente busca ignorar el problema", señaló Villagómez Rodríguez.
Por su parte, Raúl Muñoz destacó que la declaratoria no perjudica a Jalisco porque le da más recursos para construir hospitales y centros de salud, para reubicar personas y para realizar la infraestructura sanitaria indispensable que pueda cambiar la vida de las personas de la demarcación.
El texto de la macrorrecomendación no señala la posibilidad de una declaratoria de esa naturaleza entre las opciones de manejo de la crisis socioambiental. Pero en cambio, recuerda la resolución del Tribunal Latinoamericano del Agua, "con motivo de la audiencia pública celebrada en nuestra ciudad el 10 de octubre de 2007, por el caso 'Deterioro y Contaminación del Río Santiago. Municipios de El Salto y Juanacatlán, Estado de Jalisco, República Mexicana', sometido por asociaciones civiles de Jalisco en oposición a la Semarnat, Organismo de Cuenca Lerma-Santiago-Pacífico y Secretaria de Salud".
El tribunal proponía "responsabilizar a las autoridades, en los tres niveles de gobierno, por el alarmante deterioro del río Santiago y la cuenca a la cual pertenece, y por las repercusiones sobre las condiciones de vida y la salud de las poblaciones de El Salto y Juanacatlán. Exhortar al diálogo y la cooperación entre las autoridades y los demandantes; instar a las autoridades y a los demandantes a que acuerden los términos para lograr una posible declaratoria de emergencia sanitaria en la zona de Juanacatlán y El Salto".
Además, "que las autoridades, en sus tres niveles de gobierno, ordenen la elaboración de un estudio epidemiológico e interdisciplinario, independiente y participativo, para determinar y analizar los daños específicos a la salud de los habitantes de El Salto y Juanacatlán, a raíz de la contaminación del Río Santiago. Que en los Consejos de la Cuenca Lerma-Chapala-Santiago-Pacífico se discuta la problemática de degradación del río Santiago, y se relacionen con los problemas de salud pública de las poblaciones de El Salto y Juanacatlán, con la participación activa de los denunciantes, los municipios y sus pobladores; que se respeten los plazos para el saneamiento de las descargas de los municipios de la zona metropolitana de Guadalajara ya establecidos por la Comisión Nacional del Agua; que los mecanismos de monitoreo implementados por las autoridades se hagan públicos y participativos; que las secretarías de Salud de la Federación y del Estado de Jalisco implementen medidas inmediatas para la atención médica especializada, y de calidad, a las personas que ya padecen enfermedades entre los habitantes de Juanacatlán y El Salto".
Implicaría "que se ejecute un monitoreo constante en los principales corredores industriales de la Cuenca Lerma-Chapala-Santiago-Pacífico, garantizando el acceso de la población interesada a la información generada de ese proceso".
Parte de estos aspectos fueron retomados en la macrorrecomendación. Pero pese a los avances, los vecinos y los activistas no ven un cambio de fondo en el tema.
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Claves
Lo que dice la Ley General de Salud
Artículo 181. En caso de epidemia de carácter grave, peligro de invasión de enfermedades transmisibles, situaciones de emergencia o catástrofe que afecten al país, la Secretaría de Salud dictará inmediatamente las medidas indispensables para prevenir y combatir los daños a la salud, a reserva de que tales medidas sean después sancionadas por el Presidente de la República
Artículo 182. En caso de emergencia causada por deterioro súbito del ambiente que ponga en peligro inminente a la población, la Secretaría de Salud adoptará las medidas de prevención y control indispensables para la protección de la salud sin perjuicio de la intervención que corresponda al Consejo de Salubridad General y a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología [hoy Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales].
Artículo 183. En los casos a que se refieren los artículos anteriores, el Ejecutivo Federal podrá declarar, mediante decreto, la región o regiones amenazadas que quedan sujetas, durante el tiempo necesario, a la acción extraordinaria en materia de salubridad general.
Fuente: http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/legis/lgs/LEY_GENERAL_DE_SALUD.pdf
SRN
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