lunes, 17 de enero de 2011

Temacapulín se defiende: logra una nueva suspensión



Guadalajara. Agustín del Castillo. PÚBLICO-MILENIO. Edición del 13 de enero de 2011

Con el nuevo centro de población que edifica el gobierno del estado para Temacapulín, que estaría bajo las aguas de la presa El Zapotillo si ésta se termina, las cosas han vuelto a la situación en que se encontraban antes de la polémica resolución del pleno del Tribunal Administrativo del Estado (TAE), del pasado 24 de noviembre, en la cual se desechó el reclamo de los vecinos de suspender la obra, al que se le había dado la razón un año antes.

Según Guadalupe Espinoza, del Colectivo COA, la cuarta sala del TAE dio de nuevo la razón a los opositores de la presa el pasado 11 de enero, lo cual recupera la suspensión de la obra y hace incurrir a quienes la edifican en desacato.

“El día de ayer [11 de enero] se nos concedió la suspensión, contra la sentencia del pleno del TAE, lo cual se traduce en que la suspensión del 15 de diciembre de 2009 sigue vigente en favor de los habitantes de Temacapulín y por lo tanto la construcción en Talicoyunque se hace violentándose la ley y en desacato de las autoridades”.

Esto significa que lo que en su momento la Comisión Estatal del Agua (CEA) señaló como una victoria, que era cancelar el juicio que se había seguido por parte de los habitantes de Temaca para impedir la construcción, no tiene ya vigencia “porque el TAE entregará la petición de amparo a un Colegiado federal y esa suspensión a favor de Temaca permanece hasta que ese tribunal decida el fondo”, añadió.

De esta manera, regresa la suspensión que obliga a la CEA, a la Secretaría de Desarrollo Urbano y al Ayuntamiento de Cañadas de Obregón a no edificar el nuevo asentamiento, el cual se sigue haciendo en estos momentos, por lo que en opinión de Espinoza, se configura el delito de desacato de una resolución judicial, el cual ya ha sido abierto en la V Sala y deberá desahogarse para poner orden en el asunto y eventualmente dar vista al agente del Ministerio Público para abrir una averiguación penal.

En la demanda de amparo, los quejosos señalan la sentencia del expediente de pleno del TAE 675/2010, derivada del juicio administrativo 319/2009, mediante la cual se desecha de plano su juicio.

Se trata de un juicio de nulidad con número 319/2009, seguido en la V Sala Unitaria del Tribunal, admitido, y se concedió la suspensión de los actos reclamados el 15 de diciembre de 2009. El desacato se resolvió casi un año después, el 17 de noviembre de 2010. Siete días después, salió la sentencia que cancelaba el juicio. Y en otros 49 días más, los vecinos han recuperado la iniciativa.

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