viernes, 10 de abril de 2015

Dan nuevo revés contra planes parciales de GDL



El Juez V de distrito dio suspensión definitiva a detractores de planes del norte de la ciudad; se evita aplicar nuevos instrumentos hasta que finalice el juicio.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

El juez quinto de distrito en materias Administrativa y del Trabajo, Édgar Vizcarra Pérez, otorgó “suspensión definitiva” a los quejosos que interpusieron el juicio de amparo 119/2015, un grupo de ciudadanos que denuncian la imposición arbitraria de un nuevo Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población de Guadalajara, respecto a los subdistritos urbanos de las zonas 02, 03 y 04,  enclavados en la zona de la barranca Huentitán – Oblatos, al norte de la ciudad.

De este modo, grandes proyectos de desarrollo que se habían planteado con base en la nueva planeación generada para la demarcación deberán ser suspendidos, lo que afecta obras tan importantes como el nuevo recinto ferial de las Fiestas de Octubre, que se pretendía tener listo para este año, o el emblemático y polémico proyecto de Iconia, fuertemente cuestionado por la entrega a desarrolladores privados de una de las últimas superficies comunes que le quedaban al municipio, si bien, la suspensión está condicionada a la vigencia de ordenamientos ecológicos de protección, lo cual acreditaron los quejosos con planos del vigente Programa Estatal de Ordenamiento Ecológico (POET).

Esta sentencia fue emitida el pasado 6 de abril, tras conocerse las posturas de las autoridades demandadas en el juicio de garantías, esto es, el Ayuntamiento de Guadalajara, y en particular, el presidente municipal y el director de Obras Públicas.

“Son ciertos los actos atribuidos a la autoridad responsable (…) dado que al rendir su informe previo, si bien, negó la existencia de los actos que se le reclaman, dicha negativa la hace descansar en la legalidad del acto, más no en su existencia, por lo que del contenido de su mismo informe se desvirtúa dicha negativa”, pondera el juez.

Por ello, dice el juez, “se concede a la parte quejosa la suspensión definitiva (…) para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que guardan, es decir, para que no se ejecute el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población de Guadalajara, Jalisco, respecto de la zona Huentitán-Oblatos; la anterior medida queda condicionada a que esas zonas se encuentren protegidas como áreas naturales protegidas de flora y fauna o análoga, por algún ordenamiento de carácter general  que impida su afectación (…) hasta en tanto no se resuelva en definitiva el juicio de amparo del cual deriva”.  La medida, aclara, no tiene efectos restitutorios.

Los particulares habían solicitado también suspender la aprobación del Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población de Guadalajara, Jalisco,  así como de los planes parciales de Desarrollo Urbano del subdistrito urbano 02 “Zoológico, distrito urbano zona 3 Huentitán”, y subdistrito urbano 01 “La Barranca, distrito urbano zona 4 Oblatos”, pues el proceso se había realizado sin evaluación de impacto ambiental  y ponía en riesgo los servicios ambientales de la zona. El juez determinó limitar la suspensión a los efectos presentes o futuros de esos ordenamientos.

Los quejosos son vecinos de las colonias Huentitán el Bajo y Panorámica de Huentitán, pero también invocan su carácter de copropietarios, como ciudadanos de Guadalajara y de Jalisco, de las superficies de patrimonio público que consideran en riesgo de ser engullidas por la especulación inmobiliaria que a su juicio está detrás de los proyectos de redensificación de la ciudad. Fueron asesorados por el Instituto de Derechos Ambiental (Idea) que preside la doctora en derecho Raquel Gutiérrez Nájera.

La nueva generación de planes parciales de Guadalajara, que buscan redensificar la ciudad, ha ocasionado una andanada de juicios. Destaca el expediente 227/201 ante el  Tribunal Administrativo del Estado (TAE), instancia que determinó otorgar la suspensión a favor de la Procuraduría de Desarrollo Urbano (Prodeur) como representante de vecinos inconformes con el proceso de cambio. La demanda fue recibida el 24 de marzo pasado para impugnar el decreto municipal D 72/24/14, publicado en la gaceta municipal del Ayuntamiento de Guadalajara el  1 de septiembre de 2014, así como el decreto municipal D 88/01/14, publicado en el mismo órgano de difusión el 8 de enero pasado

La medida cautelar estará vigente “hasta que cause estado la sentencia definitiva para el efecto de que deje de surtir efecto [sic] el acto impugnado, esto es, para que no se apliquen [los programas y planes citados] […] y se sigan aplicando el programa y planes que estaban vigentes antes de la entrada en vigor de los aquí suspendidos, toda vez que la legalidad o ilegalidad  de los actos materia de nulidad se reserva para el fondo del asunto en la sentencia definitiva…”

La nueva suspensión judicial, de un tribunal federal, refuerza esta escalada de los vecinos contra los planes.

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