sábado, 25 de abril de 2015

Comunidades impugnan legalmente leyes energéticas



Abre camino a expropiaciones de territorios indígenas, advierten. En tribunales locales y en instancias internacionales crecen cuestionamientos contra proyectos mineros y de energía que se apropiarían de tierras de aborígenes mexicanos. En la foto, un monumento funerario en Chacala, Cuautitlán, tierra de extracción de hierro

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO.

A la par de impugnar la ocupación de sus territorios por parte de grandes mineras transnacionales, los ejidos y comunidades que han acudido a la ley para proteger sus derechos ancestrales, han impugnado artículos específicos de la Ley Minera reformada durante 2014, así como otros aspectos de la “reforma energética” que a su juicio amenazan la supervivencia de sus comunidades.

“La impugnación se debe a que se ratificó que la minería es de interés público, pero también se estableció esa calidad para otro tipo de aprovechamientos energéticos como el caso de hidroeléctricas, y eso es una amenaza para las comunidades porque pueden ser objeto de expropiación y pueden padecer medidas legales restrictivas muy fuertes”, explica el abogado Guadalupe Espinoza Sauceda.

Los amparos de siete comunidades, reseñados por el representante legal de los comuneros de Zacualpan, en Colima, incluyen un capítulo de impugnaciones a las nuevas leyes, pero la oposición a las reformas en este sentido es considerablemente mayor.

Un grupo de organizaciones: Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, Fundar (Centro de Análisis e Investigación), Indignación, Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, AC, Greenpeace México, DECA Equipo Pueblo, AC; Alianza Mexicana contra el Fracking y Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en un escrito dirigido a Emilio Álvarez-Icaza, secretario ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, hace apenas un mes (13 de marzo de 2015), sintetizan el riesgo de las comunidades.

“La reforma constitucional y legal en materia energética en apariencia incluye principios de derechos humanos, respeto a las comunidades y sostenibilidad […] sin embargo, estas mismas leyes establecen figuras y procedimientos que lesionan los derechos humanos de las comunidades y pueblos ya que permiten el acceso preferente de las empresas a tierras, territorios y recursos naturales…”.

Precisan: hay un “empleo regresivo del concepto de utilidad pública, que ha sido concebido tradicionalmente como un mecanismo para proteger el interés general frente a intereses particulares. Un ejemplo emblemático fue la expropiación de la industria petrolera en tiempos del Presidente Lázaro Cárdenas. Sin embargo, en el caso que nos ocupa se pretende emplear en sentido totalmente contrario, es decir, en detrimento del bien común y en favor del sector privado”.

En otras palabras, “la reforma energética da preferencia a estas actividades a desarrollarse por parte del Estado y/o las empresas privadas nacionales o trasnacionales, por encima de cualquier actividad que realice la población asentada en los terrenos de interés, ya sea población indígena, comunidades equiparables o no, ya sean terrenos en zonas rurales o urbanas, ya se trate  de actividades como la agricultura o la ganadería, actividades de desarrollo comunitario, o actividades de conservación de las fuentes de agua, el manejo forestal sustentable y la protección del medio ambiente, entre otras”.

El debate está abierto en juzgados de distrito, tribunales de circuito, la Suprema Corte de Justicia de la Nación e instancias judiciales internacionales.

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