martes, 28 de abril de 2015
La Corte decidirá disputa de tierras del Centro Logístico
Tras que los tribunales agrarios le dieron razón en su disputa, un tribunal colegiado le revocó el proceso a Francisco Gómez, que apela a la SCJN y amenaza con más acciones legales. Primer comprador de 275 ha pide revisión de sentencia adversa de Colegiado
Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO.
Si bien, apenas ayer se inauguraron espacios importantes de diversas empresas alojadas en el puerto seco o “centro Logístico” que se realiza en tierras contiguas a la laguna de Sayula, 50 kilómetros al sur de la zona metropolitana de Guadalajara, la disputa por un cuarto de la superficie del megaproyecto no ha terminado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) conocerá y resolverá en definitiva el tema de la legítima propiedad sobre 275 hectáreas que formaban parte del ejido El Plan, y que fueron vendidas primero en 2005 a un grupo de particulares; luego, en 2007, a los empresarios del centro - tras fracasar en sus negociaciones con los primeros-. Como se trataba de las mismas tierras y “el primero en tiempo es primero en derecho”, los particulares juzgaron la acción como “fraudulenta” y señalaron la complicidad de diversas instituciones como el Registro Agrario Nacional, que se había negado a inscribir la primera venta.
Tras diversos vaivenes en instancias diferentes, y luego de que un juicio agrario le dio la razón, pero los magistrados del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito se la quitaron, Francisco Javier Gómez Morales, quien encabeza a los quejosos, denunció la actuación de ese colegiado, que sin esperar el plazo constitucional en que los afectados con su resolución tienen derecho a interponer recursos para impugnar (juicio de amparo 351/2013, revisión 308/2013-15), ordenó ejecutar al Supremo Tribunal Agrario y al Tribunal Unitario Agrario 15, no obstante que el plazo y la posterior impugnación vía recurso de revisión obligaba y obliga aún a dejar “subjudice” (en suspenso) la sentencia.
Lo cierto es que no es “cosa juzgada” el litigio y de acuerdo a la versión de Gómez Morales, presenta serias anomalías procesales. A su juicio, fue a partir de que cayó en manos del colegiado, tras que tanto el Tribunal Unitario Agrario como el Supremo Tribunal Agrario le habían dado la razón, “se torció” a favor de los empresarios. Por un lado, de forma “desorbitada” se le pretendió dar a las determinaciones del RAN un carácter de cosa juzgada “como si fuera autoridad judicial” y no administrativa –fue precisamente el RAN el que no quiso inscribir la primera compra-.
La clave es la audiencia de la sentencia; el quejoso señala que se violó el artículo 185 de la Ley de Amparo porque no está debidamente fundamentada la postura de un magistrado cuyo voto fue determinante para desempatar la discusión. “Solicitamos, de acuerdo al artículo 8 del Tratado de San José, que tiene rango constitucional según el artículo 1 de nuestra carta magna, que se nos entregara el video de esa discusión para evidenciar que ese magistrado no hace su trabajo, pero se nos negó; por eso, además de la revisión que se va a la Corte, estamos en tiempo de presentar un amparo por esas violaciones. Confiamos que la Corte aplicara la ley, pero tenemos también abiertos los tribunales internacionales y no dejaremos de acudir a ellos para denunciar este atropello”, señaló el propietario.
Las 275 ha en disputa están integradas al proyecto pero no han podido ser desarrolladas. Gómez Morales señaló que la urgencia porque lleguen las inversiones ha movido a los empresarios a presionar “para torcer la justicia”, pero como primer comprador asegura que no se rendirá.
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Según el acta del ejido El Plan del 17 de noviembre de 2005, un grupo de particulares encabezado por Francisco Javier Gómez compró mediante los procedimientos vigentes de la asamblea ejidal, diversos predios que suman unas 275 hectáreas. El 8 de noviembre de 2009, el mismo ejido le vende a los dueños de Logistik, encabezados por el empresario Héctor Moreno
La primera compra fue desconocida por el Registro Agrario Nacional (RAN) arguyendo que la asamblea no cubrió el requisito de quórum; en tres ocasiones se negó a registrarla: 22 de febrero y 10 de agosto de 2006 y 31 de enero de 2007
Al comienzo de la controversia, los apoderados de Logistik buscaron un acuerdo con Francisco Gómez y sus socios, pero estos consideraron que no les pagaban el valor comercial de sus tierras y se negaron a venderles. Por ello, convencieron al ejido que se las vendiera de nuevo a cambio de volver a llenar sus arcas, según el acta de asamblea del 8 de noviembre de 2009, que registró el RAN de forma expedita
No obstante, el RAN es una entidad que “no crea derechos”, por lo cual, su negativa a publicar el acta de 2005, o su aceptación a publicar las de 2009, no es determinante para establecer la legalidad de ambos actos. Pero el Cuatro Colegiado pensó de modo contrario a los tribunales agrarios
Así, en junio de 2014, el Tribunal Superior Agrario (STA) ratificó la “nulidad de actos y documentos” sentenciada en 2013 por el Tribunal Unitario Agrario número 15, de Guadalajara, para la asamblea de 2009, lo que daba plena validez al acta de 2005. En febrero pasado, en un juicio de amparo interpuesto por el ejido a favor de los intereses del Centro Logístico, esa resolución ha sido revocada. Ahora está en manos de la SCJN
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