Le indica al ayuntamiento de Tapalpa que si el vertedero no funciona correctamente y pone en riesgo a la población, lo suspenda.
Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO.
La Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco notificó a los diversos ciudadanos que interpusieron quejas ante el organismo, que ha dictado medidas cautelares para protegerlos por el problema de contaminación que constituye el tiradero de basura enclavado a un costado del poblado de Atacco, en Tapalpa.
Son múltiples quejas, de la 10957 a 11205/14/III relacionadas con el problema; la CEDHJ instruye a las tercer visitaduría y a la oficina del organismo en las regiones Sur-Sureste de Jalisco "para que sin dilación inicie las investigaciones pertinentes, identifique a las autoridades presuntas responsables, les requiera un informe, solicite el auxilio y colaboración de quien sea necesario, reciba y desahogue las pruebas [...] para determinar la existencia o inexistencia de los hechos violatorios".
La medida cautelar dice al texto: "en la siguiente sesión de los integrantes del ayuntamiento [de Tapalpa], someta a su consideración el contenido de la presente queja, y en caso de considerar que el proyecto infrinja algún reglamento u ordenamiento legal, se contravenga el contenido del Plan Parcial de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento [sic], provoque daños a la salud u ocasione daños al medio ambiente, conforme a derecho ordene la suspensión de las funciones del vertedero hasta que se realicen las adecuaciones necesarias. Todo bajo el principio de prevención y respetando el derecho a la participación y a la consulta ciudadana".
Los funcionarios de Tapalpa, de cualquier modo, han sido emplazados para rendir un informe pormenorizado sobre los hechos, enviar copia certificada de los acuerdos tomados por el ayuntamiento "relativos a la autorización para la construcción del basurero mencionado", copia certificada del proyecto ejecutivo, dictámenes ecológicos y todo lo relativo al vertedero; informar de modo exhaustivo sobre los sitios de disposición final en el territorio del municipio. En caso de omisión, se tomará como reconocimiento de responsabilidad.
La solicitud de información se extiende a la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente y a su superior, la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet); si está autorizado el vertedero, si cumple con los requisitos de la NOM-083-SEMARNAT-2003 (que regula la disposición final de residuos sólidos municipales), las actuaciones que ha ameritado en su operación ese sitio (expediente 108/16 de la Proepa) y demás documentos necesarios.
SRN
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