domingo, 18 de julio de 2010

Hubo omisiones ante cribadoras: ejidos


Amparos contra CNA y Semarnat en torno al río Ameca: Hay graves daños al patrimonio ejidal, le dicen a los jueces federales

Guadalajara. Agustín del Castillo. PÚBLICO-MILENIO, edición del 15 de julio de 2010


Extracción de material en el río Ameca. La CNA entregó los permisos. Foto: Marco A. Vargas
Las dependencias federales, estatales y municipales han sido omisas o sólo han simulado interés en las denuncias que desde 2003 hacen los ejidos enclavados en la cuenca del río Ameca-Mascota, tanto en Jalisco como en Nayarit, por los daños ambientales y patrimoniales que les infligen las cribadoras de materiales, señalan los propios comisariados quejosos, en los textos de las demandas de amparo que interpusieron en sendos juzgados federales, en Guadalajara y Tepic, a comienzos de este mes.

La resolución de ambos jueces fue protegerlos con suspensiones de plano y provisional, contra las autoridades que dieron los permisos de explotación, en tanto se juzgan las violaciones de garantías que demandaron los sujetos agrarios. Se trata del juicio 1342/2010, radicado ante el Juzgado Primero de Distrito de Guadalajara, y el 578/2010, tramitado en el Juzgado Segundo de Distrito de Tepic, ambos de materia administrativa.

“A partir del año 2003, la Comisión Nacional del Agua (CNA) comienza a emitir una serie de autorizaciones a diversas empresas cribadoras para la extracción de material pétreo en el cauce del río Ameca, en el tramo que va desde el poblado de San Juan de Abajo, municipio de Bahía de Banderas [Nayarit], hasta cerca del puente que une a los estados […] así como en el mencionado río Mascota, y modificando el cauce natural de dichos ríos”, señalan en el apartado de hechos de las demandas.

De esta manera, se afectaron “los terrenos ejidales de los poblados quejosos en su propiedad, posesión y disfrute con la sustracción del régimen jurídico ejidal, pretendiendo ejercer jurisdicción sobre nuestros terrenos […] sin que previamente se nos siga un procedimiento de expropiación”.

Los ejidos no conocen el contenido de las concesiones que otorgó la CNA, ni las dictaminaciones de impacto ambiental favorables a las cribadoras, “ni hemos sido llamados como parte en los procedimientos de los cuales derivan los permisos, autorizaciones y concesiones”, advierten.

Pero sufren sus consecuencias. “Las empresas cribadoras pretenden la extracción de materiales geológicos en los bienes agrarios de los quejosos que colindan con los ríos; además, se efectúa de una manera no acorde a los principios del equilibrio ecológico […]”.

De este modo, “nuestras tierras se han visto afectadas, ya que por la alteración de cauces nuestras parcelas han sufrido inundaciones, ocasionándonos graves perjuicios en nuestra principal fuente de sustento de nuestras familias, y riesgo para nuestras vidas”, pues hay partes donde los ríos se han hecho profundos y difíciles de cruzar.

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