miércoles, 14 de julio de 2010

Jueces federales ponen alto a las cribadoras del río Ameca




Órdenes judiciales suspenden las concesiones que ha otorgado la CNA para aprovechar arena y material pétreo en esa corriente pluvial y la del Mascota, tras juicios de amparo interpuestos por cuatro ejidos de Nayarit y uno de Jalisco. Hay al menos siete empresas afectadas. La CNA no ha sido notificada

Guadalajara. Agustín del Castillo. PÚBLICO-MILENIO

La justicia federal determinó proteger los derechos de cinco ejidos enclavados en Jalisco y Nayarit, concediéndoles la suspensión de los aprovechamientos de material geológico que realizan al menos siete empresas en las áreas contiguas a los ríos Ameca y Mascota, y que según los núcleos agrarios quejosos, están ocasionando un alto daño ambiental a los ecosistemas y la invasión y devastación de sus propiedades.

La determinación judicial, vía suspensión de plano en un caso, provisional en el otro, significa un duro golpe al sector de la construcción en los dos lados de la bahía de Banderas, pues el creciente mercado inmobiliario demanda enormes cantidades de materiales que se aprovisionan desde las vegas de estos ríos, en un proceso que ha sido denunciado desde hace siete años por los lugareños como abiertamente depredador del entorno.

Los núcleos ejidales señalan que las empresas cribadoras utilizan sus campos de cultivos para mover su maquinaria pesada hacia el río, abriendo caminos y tendiendo alambrados. La extracción es a su juicio desmedida, y ha ocasionado que las parcelas ejidales contiguas al río se derrumben parcialmente y se pierda suelo fértil. También invaden sus parcelas y extraen materiales. Los ríos pierden sus ecosistemas, pues la explotación socava el lecho, afectando especies sensibles como la nutria y los chacales (camarón de río), amén de decenas de organismos menores. Además, la acción de la maquinaria ha modificado el cauce y eso tiene efectos directos sobre la propiedad de los ejidos.

La superficie afectada, en el caso de Jalisco, alcanza poco más de 17.5 hectáreas (170 mil metros cuadrados), mientras en el lado nayarita es de 103.6 hectáreas.

Como las gestiones políticas en Jalisco y Nayarit fueron insuficientes, los campesinos acudieron al Instituto de Derecho Ambiental (Idea), organismo no gubernamental que los asesoró para entablar sendos juicios de amparo que fueron interpuestos apenas a comienzos de este mes, informó ayer a Público el director del Idea, Pedro León Corrales.

Se trata de los juicios de amparo 1342/2010, radicado ante el Juzgado Primero de Distrito de Guadalajara, y el 578/2010, tramitado en el Juzgado Segundo de Distrito de Tepic, ambos de materia administrativa. La admisión de la demanda fue inmediata. En el caso de Jalisco, que ampara solamente al ejido Ixtapa, de Puerto Vallarta, la resolución judicial fue más contundente: “…Se decreta de plano la suspensión del acto reclamado, para el efecto de que no sea privado al ejido quejoso [sic], de manera definida la propiedad, posesión y disfrute de sus bienes agrarios […] de igual manera, para que no se realice la sustracción del régimen jurídico ejidal que tienen, así como para que no se realice ningún movimiento registral derivado de estos terrenos y de las aguas que en él se embalsan, tanto en el Registro de Derechos de Agua como en el Registro Público de la Propiedad federal; asimismo, para que no se otorguen autorizaciones o permisos por parte de las autoridades responsables para la extracción de material pétreo y se suspendan y cesen los efectos y consecuencias de las concesiones otorgadas […]” (Juicio de garantías 1342/2010, Juzgado Primero de Distrito, Guadalajara, 2 de julio de 2010).

Las autoridades demandadas son la Comisión Nacional del Agua, que otorgó las concesiones; la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), que dictaminó favorablemente las manifestaciones de impacto ambiental, y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), que debía sancionar a las empresas por los excesos cometidos.

En las vegas de los ríos Ameca y Mascota anexas al ejido Ixtapa, se identifican al menos seis concesionarios: Géminis Internacional Constructora SA de CV, Nicolás Curiel Madero, Sergio Anzaldo García, Roberto Sandoval, Agregados San José SA de CV, y Heriberto Saldaña Morones.

Según León Corrales, al concederse la “suspensión de plano”, la vigencia de la medida cautelar será para todo el proceso de amparo.

En el caso de los ejidos nayaritas de San José del Valle, Valle de Banderas, El Colomo y El Porvenir, su juicio de amparo, tramitado en el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo, Civil, Administrativa y del Trabajo, incluye una suspensión provisional. Reclaman los efectos destructivos de las extracciones de Agregados San José SA de CV, Heriberto Saldaña Morones y SICNAY, SA de CV.

La demanda fue admitida el 7 de julio de 2010, y “se concede la suspensión para que de inmediato cese de plano cualquier acto tendiente a privar de la posesión o propiedad de los terrenos a los núcleos ejidales quejosos que se describen en la demanda de garantías”.

León Corrales explicó sus alcances: “La suspensión de plano así concedida suspende de inmediato los actos reclamados relativos a los títulos de concesión expedidos por la CNA y las autorizaciones en evaluación de impacto ambiental emitidos por la Semarnat; esto es así porque las actividades de extracción de material pétreo en el río Ameca, como se señaló en el escrito de demanda, afecta los derechos agrarios de posesión y propiedad de los cuatro ejidos quejosos […]”.

En este caso, se tramitó por separado un “incidente de suspensión”, para el efecto de que “se abstengan de cambiar el régimen jurídico ejidal; no se hagan movimientos registrales en el Registro Nacional de Derechos de Agua y en el Registro Público de la Propiedad federal y no se expidan títulos de concesión”.

El director del Idea aclara que “con las concesiones y autorizaciones para extraer material pétreo, se afecta el régimen ejidal, ya que el material pétreo se encuentra en los terrenos ejidales de los quejosos y la CNA, al emitir la concesión en los polígonos del terreno ejidal, está pretendiendo convertir estos terrenos en bienes nacionales, en violación del artículo 27 constitucional, ya que la propiedad ejidal concedida por resolución presidencial sólo se puede afectar mediante decreto de expropiación para realizar una actividad que tenga como objeto un concepto de utilidad pública”.

Advirtió que hay siete empresas identificadas, pero podrían ser el doble las afectadas con el amparo. “Ampliaremos la demanda y agotaremos los recursos legales para lograr la justicia tanto para los ejidos como para el ambiente”, puntualizó. El organismo de cuenca Lerma-Santiago-Pacífico, responsable de emitir las concesiones, anunció ayer que dará su versión hasta ser notificado de la resolución y determinar sus alcances jurídicos.

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Otro juicio vs CNA, el precedente

El Instituto de Derecho Ambiental (Idea) ensayó en el amparo 4/2007, promovido por el ejido Zapotlán del Rey, del municipio homónimo, la posibilidad de acotar el poder de la Comisión Nacional del Agua (CNA) en el manejo del recurso. “Esa experiencia nos sirvió para los amparos de los ejidos de Vallarta, fue el ensayo de lo que podíamos lograr”, dijo Pedro León Corrales, director del organismo civil.

Se tramitó el expediente principal en el Juzgado Primero de Distrito en materia administrativa, de Jalisco. “En enero de 2007 se admitió la demanda y se concedió la suspensión de plano para que los quejosos no sean privados del agua de la presa La Cañada, y no sean privados de la posesión y disfrute del predio del mismo nombre […] en mayo de 2010 se amplió la demanda”.

Los ejidatarios reclaman “la privación de la propiedad, posesión y disfrute de los terrenos donde se ubica el embalse de la presa La Cañada y la cortina de la misma”, así como “la expedición de títulos de concesión sobre las aguas almacenadas en la presa”.

Se admitió la ampliación de la demanda y se concedió la suspensión de plano para no ser privados “de la propiedad, posesión y disfrute de los terrenos donde se almacena el agua de la presa”; que “no se expidan títulos de concesión de aguas en la presa”, y que “no se hagan movimientos registrales”. La base de la acción jurídica en el río Ameca.

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Daños ambientales

Desde el año 2007, Luis González Guevara, investigador del Centro Universitario de la Costa, de la Universidad de Guadalajara, ya había advertido de las consecuencias ambientales que traía la sobreexplotación de los ríos Ameca y Mascota por las cribadoras.

“Nosotros intervenimos a solicitud del ejido Ixtapa y descubrimos que la mayoría de estas empresas operaban sin permisos; había un mal manejo de los movimientos de terreno, se creaban pozas profundas y remolinos, que provocaron incluso la muerte de niños, y se dañaban caminos en el traslado de los materiales, además del ruido y el polvo”, dijo a Público (edición del 6 de mayo de 2007).

A partir de entonces, se dieron intervenciones de la Profepa que derivaron en algunas clausuras temporales, y en la consecuente regularización de la actividad. No obstante, los daños continúan en la medida en que se siguen extrayendo miles de toneladas de materiales del lecho de los ríos.

“Sin duda los impactos se siguen presentando, y es lógico, porque si no se respeta el límite de la profundidad de las excavaciones, se afectan las venas subterráneas, la recarga de los mantos y el sustrato de la tierra se pierde. Si bien ha sido un proceso de denuncia importante, la verificación de que las normas se cumplan es incipiente”.

El investigador advirtió que sin seguimiento del impacto ambiental —que de por sí emana de manifestaciones bastante mal soportadas— se irán acumulando daños en las cuencas, riesgos de inundaciones para los pobladores ribereños, pérdida de tierra agrícola y el incremento de la salinización de los acuíferos.

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