miércoles, 20 de septiembre de 2017

Leyes forestal y de biodiversidad, arrastran “graves” defectos



Piden al Senado que se postergue la aprobación, pues incluso versiones "mejoradas" tienen graves defectos

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

Los textos que pretenden sacar adelante los senadores, tanto en relación a la nueva Ley General de Biodiversidad como de la Ley Forestal, presentan serios defectos que deben ser corregidos, sostiene el investigador de la Universidad de Chapingo, Gonzalo Chapela y Mendoza.

En un artículo publicado en el portal de Ceiba.org.mx (Centro Interdisciplinario de Biodiversidad y Ambiente), el científico, que ha sido crítico del proceso que encabeza la senadora del Partido Verde, Ninfa Salinas, escribe a nombre de los colectivos ciudadanos y científicos que lo cuestionan: "nuestra apreciación del proceso está en tres puntos: a) hay un defecto en el proceso por falta de una consulta pública, que deja un margen de debilidad al proyecto; b) hay avances muy sustanciales en el dictamen, en relación con la iniciativa y con la minuta enviada por la Cámara de Diputados y c) hay propuestas importantes en las que se debe insistir".

Así, "se pone a la consideración de los legisladores en tarea de discusión del proyecto de dictamen un conjunto de aspectos, en pro de obtener el mejor producto legislativo que sea posible. A continuación se agrupan temas y consideraciones sobre la redacción del articulado, tomando como referencia el proyecto de dictamen elaborado [...]".

Diversos argumentos. En cuanto a la Ley Forestal, el Consejo Nacional Forestal ha sido minimizado y degradado en atribuciones aunque representa a la sociedad. "Consideramos que eso significa un retroceso muy sustancial en el margen de participación ciudadana, transparencia, contrapeso y ejercicio del derecho a la participación plena y efectiva".

En cuanto al Comité mixto del Fondo Forestal Mexicano, también se le reduce a "una función de consulta y asesoría". Respecto al manejo forestal comunitario, "un concepto emergente mundialmente, que ha alcanzado reconocimiento y donde México ha forjado un prestigio internacional. Dicho concepto conlleva definiciones de política que reconoce la importancia del fomento del protagonismo de las comunidades como resguardo del capital natural y, por otro lado, el desarrollo productivo como motor económico en los territorios forestales, para quienes detentan las tierras forestales como para quienes no tienen acceso a la tierra pero ya son población mayoritaria".

El proyecto de dictamen "recoge varias definiciones, criterios y objetivos que forman un sistema de disposiciones orientadas a dar prioridad al MFC", pero se le ha debilitado en cuanto a su permanencia dentro de los programas prioritarios y esto podría abrir la posibilidad que presupuestalmente no fuera considerado. También hay riesgos en el tema de la descentralización, un esquema "basado en unidades regionales donde se establezcan mecanismos de concurrencia intersectorial, se haga un ordenamiento concertado con todos los actores de los territorios forestales, se fomente la organización, de fortalezcan las capacidades institucionales mediante esquemas de coadyuvancia y se invierta, con ahorros, en bienes públicos de infraestructura, conocimiento y capacidades que reduzcan la carga regulatoria, proporcionen economías de escala y varios beneficios más".

En el dictamen "fueros suprimidos todas estas definiciones y disposiciones, lo que sería una lamentable pérdida de oportunidad para un cambio realmente significativo y favorable para la actividad, los territorios forestales y la población que depende de los bosques".

También se omitió consolidar el régimen de aprovechamiento de reforestación en terrenos agropecuarios, que debería estar sujeto al derecho del productor a decidir si lo mantiene forestal o lo regresa a la agricultura; y debe estar en un régimen parecido el caso de los acahuales ("terreno forestal con vegetación que surge en tierras parcialmente desmontadas que alternan períodos de uso agrícola y de regeneración").

También se debe fortalecer los servicios forestales con acreditación, capacitación y reconocimiento de los técnicos; consolidar el sistema de información y gestión por separado; señalar explícitamente la vulnerabilidad como característica de los terrenos preferentemente forestales para obligar a su manejo sostenible.

Y no menos importante: que la manifestación de impacto ambiental (MIA) no sea exigida para programas de manejo, sino un informe preventivo de impacto ambiental para desburocratizar los trámites; y en cambio de uso de suelo forestal, "se propone, aunque tal propuesta no alcanzó acuerdo en el proceso de concertación, una rigurosidad mayor que proteja el capital forestal nacional de mejor manera, suprimiendo el mandato 'autorizará' y restringiendo la condición de excepcionalidad a la utilidad pública", añade el experto. Así, la redacción del artículo 86 sería: "La Secretaría autorizará podrá autorizar el cambio de uso de suelo en terrenos forestales excepcionalmente por motivos de utilidad pública".

SRN

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