jueves, 28 de agosto de 2014

Ejidos se amparán contra reforma energética


Señalan graves violaciones a derechos constitucionales y agrarios en las leyes secundarias de la reforma promulgada hace tres semanas por el Congreso de la Unión.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

Ejidos de Jalisco y Nayarit, ligados a la organización campesina Plan de Ayala, interpondrán dentro del término de 30 días que ya corre desde que se promulgaron las leyes secundarias de la reforma energética, un amparo por la inconstitucionalidad de esa nueva legislación, que pretende cancelar derechos y procedimientos establecidos en la Ley de Amparo, en la Ley Agraria y en los artículos 27, 103 y 107 de la constitución.

En particular, el dirigente estatal de esa organización, Pedro León Corrales, v como lesivo el artículo 27 de la denominada Ley de Órganos Reguladores de Energía, porque pretende impedir los derechos de los núcleos agrarios a solicitar en un juicio de amparo la suspensión de plano para proteger su patrimonio de los posibles daños de un proyecto energético impuesto por agentes externos a las comunidades.

En conferencia de prensa, el ex legislador local del PRD habló de una carta que se entregó al presidente de la república, Enrique Peña Nieto; al gobernador del estado, Aristóteles Sandoval Díaz, y a las diversas secretarías involucradas: Economía, Agricultura, Medio Ambiente, Desarrollo Agrario, Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y Comisión Nacional del Agua.

"Manifestamos nuestra firme y libre decisión de presentar los amparos colectivos en contra de las leyes secundarias energéticas y de apoyar la consulta popular en rechazo a la reforma energética constitucional", dado que se vulnera el derecho de los pueblos a disponer de sus bienes y a protegerlos del deterioro, como podrá suceder en caso de que se apliquen concesiones para diversos aprovechamientos, señala el texto entregado.

El movimiento de integración de amparos es a nivel nacional, y tiene hasta el próximo 12 de septiembre para ejercitar el derecho. El efecto de una suspensión en esa materia significa que el ejido o comunidad indígena quejosos queden libres de un proyecto impuesto mientras no se les consulte en los términos que plantea la Ley Agraria y sus reglamentos, es decir, la asamblea general de ejidatarios o comuneros es la máxima autoridad; cualquier asamblea debe ser convocada de forma expresa para conocer de un proyecto y votarlo (no puede ser en el apartado de "asuntos varios"), y los dineros que se cobren de una indemnización deben derivar de un acta de asamblea con esas formalidades, porque no existe la figura de aceptación implícita de un proyecto por medio de una indemnización, en el caso de los sujetos agrarios mexicanos.

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