Mostrando entradas con la etiqueta derechos humanos.. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta derechos humanos.. Mostrar todas las entradas

jueves, 30 de noviembre de 2017

Lucha contra el cambio climático no debe violar derechos humanos



González Pérez destaca violación de derecho a información y consulta, y falta de información a afectados por megaproyectos

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

La lucha contra el cambio climático y en general, los proyectos de infraestructura para dotar de recursos para el desarrollo del país, como represas, carreteras o desarrollos turísticos, no puede subordinar los derechos humanos a la obtención de logros económicos aunque el pretexto sea el empleo, detonar la economía e incluso proteger a los afectados de riesgos de desastre, sostuvo el presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Raúl González Pérez.

"Los derechos son interdependientes, indivisibles, no podemos justificar la desatención de unos a favor de otros porque se afecta la esfera de la dignidad humana; se trata de promover un desarrollo que no comprometa el futuro de las generaciones, y lamentablemente, vemos muchos estados en este continente que quieren vivir el hoy sin pensar lo que dejan a las generaciones futuras [...] debemos asegurar que las acciones de mitigación y adaptación sean buenas para todos, que generen ambiente sanos y que respeten los derechos", dijo en una ponencia impartida en el marco del II Encuentro Nacional de Respuesta al Cambio Climático, innovación en ciencia y tecnología, organizado por el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC), y que se realiza en la ciudad de México.

El ombudsman explicó que es crítico especialmente en obras de infraestructura y grandes proyectos, "que no cumplen lo que dice la ley, la consulta previa, libre e informada, y otro aspecto que muchas veces no se puede entender, debe ser culturalmente adecuada, es decir, comprensible para ellos, y además, de buena fe, que parece trivial, pero en la CNDH hay ejemplos de que esa buena fe no ha existido en muchos casos [...] el impacto climático también debe ser motivo de consulta y de información".

Otro aspecto preocupante para el defensor de derechos es el acoso a los defensores de derechos humanos; "ellos son estigmatizados y también se pone en riesgo su vida e integridad, no es de menor trascendencia que tengamos una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre defensores de medio ambiente, es esencial que sea respetado ese derecho a reclamar mejores condiciones para los afectados y una calidad ambiental en las obras".

También señaló el caso de la responsabilidad social de las empresas. "Por ejemplo, la contaminación de ríos, es un tema sensible, podemos citar un ejemplo en la recomendación que emitimos sobre el río Atoyac, en Puebla y Tlaxcala, pero aplica en otros casos: 20 años de desatención en los que se conjugan varios aspectos de violación de derechos; se afecta la salud de las poblaciones aledañas, la contaminación como factor de riesgo, y dónde está la responsabilidad social de las empresas si los desechos de muchas de estas van a parar a estas aguas, hay ausencia de plantas de tratamiento adecuado, y se olvida que el derecho al agua, no solo ve a la disposición del fluido sino que sea un fluido de calidad".

Pérez González también señaló la necesidad de dar recursos para manejar de forma adecuada las áreas naturales protegidas, materia de otra recomendación, pues esas demarcaciones no solamente guardan valioso material biológico, sino que sustentan formas de vida esenciales para el hombre, paisajes, agua y calidad climática". Enfatizó que por cada peso que se invierte en algún aspecto del cuidado ambiental, hay seis pesos de pérdidas de calidad ambiental, lo que obliga a replantear la necesidad de políticas públicas que pongan en primer lugar lo ambiental y lo social, sobre todo en tiempos de cambio climático. "Las políticas en la materia deben mejorar su efectividad", puntualizó.

----------------------------------------------------------------

Claves

Expedientes conflictivos del occidente

Hidroeléctrica Las Cruces, Nayarit. Justificada para generar energías limpias que reduzcan gases de efecto invernadero, han violado derechos de pueblos cora y huichol, barrido sus sitios sagrados y amenaza con afectar el flujo libre del río San Pedro hacia las Marismas Nacionales, el mayor humedal del Pacífico mexicano

Acueducto Independencia, Sonora. Ideado para abastecer de agua a la capital de ese estado, y hacerla resiliente ante la creciente desertificación, ha motivado movilizaciones de pueblos indios que denuncian el despojo de su agua, vital para su propia supervivencia

Presa El Zapotillo, Jalisco. No se analizaron sus impactos climáticos, pero se ofrece como respuesta a la escasez futura de Guadalajara y León por cambio climático. Alteños denuncian violación a sus derechos de desarrollo en su rica cuenca agropecuaria

SRN

sábado, 4 de febrero de 2017

Rechazan ley indígena con abstenciones



La promotora de la iniciativa, la diputada Fela Pelayo, denunció "hipocresía" de los grupos parlamentarios del PRI y PAN.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

La abstención de priistas y panistas, con el pretexto de falta de consulta a los pueblos indios, fue decisiva para que no salieran las reformas constitucionales y la nueva ley indígena de Jalisco,ayer en el Congreso local.

La promotora de la iniciativa, la diputada Fela Pelayo, denunció "hipocresía" de ambos grupos parlamentarios y sus compromisos con la agenda de grupos privados para no haber logrado los 26 votos mínimos.

Recordó que se trata de un trabajo ampliamente consensuado con los indígenas wixaritari del norte de Jalisco, los nahuas del sur y de la Costa Sur de Jalisco, así como grupos de indígenas inmigrantes, por lo que desmintió la justificación de Antonio López, legislador priista del distrito I, quien cuestionó tal ejercicio como motivación para no aprobarla.

Fela Pelayo argumentó que no reconocer a los pueblos indígenas como sujetos de derecho es una grave discriminación porque se persiste en verlos como menores de edad y en mantenerlos bajo la tutela del gobierno, lo que es agenda de grupos de poder ajenos a los intereses de los aborígenes.

Puso por ejemplo el poder de veto que los tricolores dan a la Coparmex (sindicato patronal) y preguntó:" ¿Coparmex qué tiene que ver en esto?". A no ser que represente la opinión de intereses privados en el territorio indígena.

Así, la diputada emecista prometió que va a insistir dentro de seis meses, como lo establece la ley, "hasta cuando sea necesario" para que el Congreso enmiende lo que a su juicio es un grave error político que sólo alimenta la mala reputación de la política como algo ajeno a los intereses de la sociedad.}

SRN

miércoles, 18 de enero de 2017

Fue conformada una “comisión de verdad” del caso 22 de abril



La Red Jalisciense de Derechos Humanos ya tiene seis personas que han aceptado integrarse; se busca identificar “verdaderos responsables” de tragedia.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

La Red Jalisciense de Derechos Humanos ha conformado ya una "comisión de verdad" que, tras 25 años de los acontecimientos trágicos que mataron a más de 200 personas por el estallido de los colectores del sector Reforma, que se cumplen el próximo 22 de abril, defina de forma correcta y documentada los hechos y las responsabilidades, de acuerdo al informe anual de la agrupación, emitido en diciembre pasado.

"Durante la conmemoración del 24 aniversario [...] nos reunimos con un grupo de líderes de la zona siniestrada del Sector Reforma, encabezados por los ciudadanos David Méndez, Ricardo Villarroel, Sonia del Carmen Solórzano y J. Fernando Acosta; nos reunimos y acordamos para la celebración, en abril de 2017, realizar una conmemoración digna y diferente a las anteriores –'amnésicas'-", lo que derivó en reuniones mensuales en el kiosko del templo de San Sebastián de Analco.

El 21 de mayo y 25 de junio se dieron primeras reuniones de trabajo, se instaló un comité organizador "a fin de integrar una Comisión de Verdad que actuando como un comité ciudadano y de conciencia, pudiera esclarecer las causas y responsables de la tragedia provocada por Pemex-SIAPA-Sedue [Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, federal]-Bomberos Guadalajara, señalando la responsabilidad inocultable del Estado mexicano en su criminogénesis".

Para el efecto, se lanzó convocatoria a una docena de jaliscienses, que conocieran del tema y que tuvieran trayectoria de lucha por derechos humanos. Los convocados: Rosana Reguillo Cruz, Jorge Rocha Quintero y Miguel Baszdrech Parada, del Iteso; Jorge Regalado y Jaime Preciado Coronado, de la UdeG; Raquel Gutiérrez Nájera, presidente del Instituto de Derecho Ambiental (Idea); Manuel Villagómez Rodríguez de la Fundación Lerma Chapala Santiago; el presbítero católico Ignacio Virgen Buenrostro, de las comunidades eclesiales de base; Guadalupe Morfín Otero, ex titular de la Comisión Estatal de Derechos Humanos; Manuel Falcón Morales, periodista, y los ciudadanos Martín Márquez Carpio y Juan Lanzagorta Vallín.

"Hasta la fecha de la realización de este informe contamos con la aceptación de seis convocados [no precisa cuáles]. En el próximo aniversario, presentaremos en asamblea pública o popular a los integrantes de la comisión, protestarán el cargo, y trabajarán en la investigación del caso hasta integrar un veredicto final, que se publicará como libro" en 2018.

La red también integró una comisión de derechos humanos en el seno del Consejo de Abogados del estado de Jalisco; enfrentó problemas políticos internos en la Red Mexicana de Afectados Ambientales (REMA) – de la que fue excluida por influencia "del cacicazgo colimote" que trata de sacar adelante los proyectos mineros en la zona indígena de Manantlán- y se articuló dentro del Grupo de Amigos de Fray Antonio Alcalde, "para impulsar la causa de canonización del actual siervo de Dios, en la óptica dela tradición iberoamericana de derechos humanos".

Otra actividad esencial fue la gira anual que realizan miembros de la agrupación en la zona de los límites en conflicto entre Jalisco y Colima. "La mayor novedad de los brigadistas fue constatar [...] ante la presencia de 1,700 nahuasy líderes de la comunidad, el consenso alcanzado para desactivar el ejido cenecista, creado en agosto de 1963 por el presidente Adolfo López Mateos, con los obvios auspicios del general Marcelino García Barragán y su cacicazgo regional [PRI-Gobierno], a fin de regresar o reconstituir el régimen de usos y costumbres de la comunidad indígena originaria".

Claves

La tragedia del 22 de abril de 1992 no sólo es el mayor desastre registrado en la historia de Guadalajara, sino el parteaguas de cambios políticos decisivos
Si bien, el gobierno federal reconoció tácitamente la responsabilidad de la paraestatal Pemex, y de instancias estatales, nunca se formalizó judicialmente

Los sobrevivientes señalan que los sucesivos gobiernos estatales escatiman recursos pese a que les dejó daños de por vida que los imposibilita laboral y económicamente

viernes, 9 de septiembre de 2016

Pide ONU destinar atención al desastre del río Santiago



Es uno de los cuatro casos sobre los que pone lupa en su informe al gobierno mexicano el grupo ONU Empresas y Derechos Humanos.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

Como lo habían adelantado en su visita a El Salto-Juanacatlán, en el límite oriente del área metropolitana de Guadalajara, los miembros del grupo de trabajo Empresas y Derechos Humanos de ONU, han señalado en su informe al gobierno mexicano cuatro casos de especial preocupación, entre ellos, el de la contaminación industrial en la cuenca baja del Arroyo del Ahogado, tributario del Santiago, al que califican "el río más contaminado de México".

"El río recibe descargas de más de 300 industrias en el corredor industrial Ocotlán-El Salto, uno de los corredores industriales más importantes del país. Una de las zonas más contaminadas del río fluye a través de los municipios de Juanacatlán y El Salto, con un total de 300 mil habitantes. Los efluentes principales se derivan de las industrias metalmecánica y metalúrgica, químico-farmacéutica, electrónica, automotriz, y de alimentos y bebidas. Un estudio realizado por el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) encontró un total de 1090 sustancias tóxicas, productos químicos y metales en el río, principalmente de fuentes industriales. Fue un fuerte impacto ver el río cubierto de espuma y el olor de fuertes gases que se desprende del agua que cae en la cascada, El Salto".

Médicos locales "citaron un aumento en la incidencia de diferentes enfermedades, incluyendo leucemia, abortos espontáneos y defectos de nacimiento congénitos, entre otros. Como señaló un representante de una de las empresas que operan a lo largo del río, el alto nivel de contaminación era también un problema para aquellas empresas que diligentemente cumplieron con las regulaciones y evitaron contribuir a la contaminación".

Ante "la inacción del Estado, las comunidades en el Río Santiago establecieron mesas de 'diálogo' para encontrar soluciones con los gobiernos federal y estatal. Con respecto a las demandas de las comunidades, las autoridades llevaron a cabo únicamente acciones correctivas que no solucionaron los problemas de salud pública y contaminación industrial.".

Las comunidades "expresaron su frustración porque sus preocupaciones no se escuchan. A pesar de la evidente exposición a contaminación industrial peligrosa, la carga de la prueba recae en las víctimas que sufren impactos en la salud. Las autoridades estatales eran muy conscientes del problema, pero subrayaron que se trataba de una cuestión federal y que se llevaron a cabo repetidos esfuerzos para establecer un grupo de trabajo con las autoridades federales que permitiera discutir un plan para la rehabilitación del río Santiago. También subrayaron que es competencia de las autoridades federales y municipales supervisar el cumplimiento de las normas ambientales".

Los otros tres casos son la contaminación minera del río Sonora, que afectó a más de 22 mil personas; el proyecto carretero Xochicuautla, Estado de México, que afecta a la comunidad Otomí-Mexica, y el proyecto de parque eólico de Juchitán de Zaragoza, Oaxaca. La misión dará un informe in extenso en junio de 2017 ante la asamblea de la ONU.

------------------------------------------------------------

Claves

Recomendaciones

El grupo de trabajo recomienda al gobierno mexicano y a las empresas del país:

1. la necesidad de fortalecer la consulta y el diálogo social

2. realizar evaluaciones de impacto ambiental y social

3. respetar derechos laborales frecuentemente vulnerados

4. atender agendas urgentes: jornaleros agrícolas, trabajo infantil, discriminación de personas con discapacidad y de mujeres

5. protección efectiva a activistas de derechos humanos y periodistas

6. fortalecer la cultura de la legalidad, de la transparencia, de la rendición de cuentas y del respeto a los derechos humanos

sábado, 14 de marzo de 2015

Ley de responsabilidad ambiental viola derechos humanos: SCJN


La Corte falla contra artículos de esa legislación que limitan a ONGs a actuar a favor de pueblos o del ambiente.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

Hace dos días, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo en revisión 501/2014 en favor de las asociaciones civiles Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria y Greenpeace México, “en el sentido de no tener que acreditar tres años previos de haber sido constituidas, para poder impugnar cuestiones ambientales; además de poder acudir a demandar el daño ocasionado al ambiente y su reparación, con o sin representación de algún habitante de las comunidades adyacentes al daño ocurrido”, de acuerdo a un comunicado de ambas entidades civiles.

El hecho establece un criterio ante una ley de aplicación general, pues señala la violación de derechos constitucionales por normas de la Ley de Responsabilidad Ambiental, en casos cada vez más recurrentes y crecientes en número, en que organizaciones de la sociedad apoyan a comunidades que enfrentan conflictos ambientales ante grandes intereses gubernamentales o económicos, o bien, asuntos en los que intervienen “de oficio” dado el daño al medio ambiente que entrañan.

“Por mayoría de tres votos de los ministros Alfredo Gutiérrez Ortíz Mena, Olga Sánchez Cordero y Jorge Mario Pardo Rebolledo en contra de los emitidos por los ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y José Ramón Cossío Díaz, se concedió el amparo a las asociaciones civiles que impugnaron, entre otros, el artículo 28, primer párrafo, fracción II y segundo párrafo, de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, el cual prevé que para demandar el daño ambiental las personas morales privadas cuyo objeto social, como es el caso, sea la protección al ambiente en general, deben cumplir dos requisitos: actuar en representación de algún habitante de las comunidades adyacentes al daño ocasionado al ambiente y acreditar que fueron legalmente constituidas por lo menos tres años anteriores a la presentación de la demanda”, explican.

Dicha ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 2013. Greenpeace y el Centro Vitoria “impugnaron, mediante vía amparo presentado el 8 de agosto de 2013, que los requisitos impuestos en el precepto restringen y violan el derecho de acceso a la justicia [17 constitucional] y el de medio ambiente sano [4 constitucional], en relación con el principio de progresividad [1 de la constitución]; argumento que refuerzan al mencionar que el Código Federal de Procedimientos Civiles, en materia de acciones colectivas, únicamente exige a las asociaciones civiles al menos un año previo al momento de presentar la acción y no establece que deban representar necesariamente a personas y/o comunidades afectadas”, agregan.

La historia. “El 15 de noviembre de 2013, el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa en el D.F. otorgó el amparo a los quejosos en el expediente 877/2013; sin embargo, ante la inconformidad de la Consejería Jurídica de la Presidencia de la Republica se interpuso el Recurso de Revisión 356/2013, resuelto el 15 de noviembre de 2014 en favor de las organizaciones por la mayoría de magistrados del Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en el DF”.

La resolución de la Primera Sala de la SCJN “estimó que cuando una persona legisladora límite el ejercicio de una acción, debe justificar las razones que lo llevan a dicha decisión, sobre todo cuando en el propio ordenamiento existen acciones similares. Así, en el caso, no se advierte una razonabilidad legislativa o motivación reforzada que justifique la restricción de las asociaciones civiles para el ejercicio de las acciones por daño ambiental, situación que violenta lo dispuesto en los artículos 4 y 17 constitucionales, en relación con el 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.

Los ministros “subrayaron que el legislador estableció supuestos diversos de procedencia, en dos mecanismos de defensa que tienen por objeto la protección al medio ambiente, sin que se justificara el trato diferenciado”.

Por ello, los quejosos “instan a las autoridades mexicanas de los tres niveles de gobierno y de los tres poderes del estado, a reconocer el trabajo de personas y grupos de defensoras y defensores de derechos humanos, y que reconozcan su obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos proclamados en instrumentos internacionales y su consecuente obligación de armonización legislativa”.

María Colín, asesora legal de Greenpeace, subrayó: “esta sentencia es un logro para toda la sociedad civil pues la limitante impuesta por las empresas y legisladores pro empresariales, fue un burdo intento por frenar el derecho y deber que tenemos las organizaciones en proteger y defender el medio ambiente; el argumento para restringir nuestro derecho fue que para las organizaciones la Ley de Responsabilidad Ambiental se volvería la ‘industria de la demanda’, cuando lo que vemos con los cambios estructurales en el país, entre ellos los de la Reforma Energética, se pronostican escenarios de mayor devastación ambiental para México y candados para que a la sociedad se le impida demandar a los responsables por el daño causado”.

martes, 3 de marzo de 2015

Gobierno estatal y Conagua, omisos con Acasico


El Observatorio del Agua emite recomendación debido a presuntas violaciones a las garantías de los moradores del poblado que se inundaría por la presa El Zapotillo, y establece dudas sobre el proceso de reasentamiento.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

El proceso de reubicación de Acasico, que era orgullo de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y de la Fundación México Sustentable AC, ha sido cuestionado por el Observatorio Ciudadano para la Gestión Integral del Agua de Jalisco, que destacó en una recomendación emitida ayer, las presuntas violaciones de derechos, en particular el engaño con que se han conducido, a su juicio, esas entidades pública y privada para convencer a los moradores de dejar sus casas.

"La Conagua y el gobierno de Jalisco omiten su responsabilidad pública sobre la atención a los habitantes de Acasico, en el Municipio de Mexticacán, Jalisco, pueblo en riesgo de ser inundado por El Zapotillo [...] se recomienda al gobernador que respete y asuma el compromiso asumido [sic] por el entonces gobernador constitucional del estado de Jalisco, Francisco Ramírez Acuña, el 24 de Mayo del 2005, en el sentido que cualquier presa que se construya para el aprovechamiento de las aguas del río Verde, debe realizarse bajo las dos condiciones expresadas por el referido mandatario: a) "que no se afecte ningún núcleo de población y b) que no se afecten grandes superficies agrícolas de alta rentabilidad…”, y que en consecuencia lleve a cabo todas las acciones que procedan para evitar la inundación de los poblados de Acasico, Palmarejo y Temacapulín.

También se recomienda al gobernador y a los presidentes municipales de la zona, en particular Mexticacán y Cañadas de Obregón, así como al organismo federal, "por la construcción y operación de la presa El Zapotillo y su acueducto, que realicen todas las gestiones que se requieran para dar cumplimiento a la recomendación 35/2009 emitida por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos en Jalisco", y además, "que atiendan en forma inmediata, integral y propositiva, la problemática surgida con los pobladores de Acasico ante el supuesto reasentamiento de los mismos con motivo de la construcción de la presa, a fin de determinar si en todo tiempo se han respetado todos los derechos humanos concernientes con dichos pobladores, particularmente su derecho a la consulta, a la información veraz y oportuna y a la participación, en el marco de las mejores prácticas nacionales e internacionales de resolución de conflictos y cultura de paz".

Se recomienda que la CEDHJ, en el marco de sus atribuciones, "informe a este Observatorio y a sociedad en general, sobre el cumplimiento que se le ha dado a la RECOMENDACIÓN 35/2009 acompañando las constancias correspondientes que acrediten los avances en el cumplimiento o incumplimiento de la misma".

En particular, el gobernador deberá revisar "todos los trabajos efectuados por el Organismo de Cuenca Lerma-Santiago-Pacífico, de la Conagua, y las empresas contratistas correspondientes, particularmente la Fundación para el Desarrollo Sustentable A.C. y/o Fundación México Sustentable, relacionados con el supuesto reasentamiento del poblado de Acasico, a fin de determinar si se han respetado plenamente los derechos humanos concernientes con dichos pobladores, particularmente su derecho a la consulta, a la información veraz y oportuna y a la participación, en el marco de las mejores prácticas nacionales e internacionales de resolución de conflictos y cultura de paz".

Ello, sin que se omita "que dirijan un extrañamiento al Organismo de Cuenca Lerma-Santiago-Pacífico de la Conagua y a la Fundación para el Desarrollo Sustentable A.C. y/o Fundación México Sustentable, por la forma en que han actuado en relación con el supuesto reasentamiento del poblado de Acasico, toda vez que se advierte que no se han respetado plenamente los derechos humanos concernientes con dichos pobladores, particularmente su derecho a la consulta, a la información veraz y oportuna y a la participación, en el marco de las mejores prácticas nacionales e internacionales de resolución de conflictos y cultura de paz".

Finalmente, "se recomienda que tanto el gobierno federal como el estatal de Jalisco atiendan los protocolos nacionales e internacionales en materia de consulta y participación pública, recomendados por organismos internacionales y nacionales como la ONU, el Banco Mundial y el Protocolo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación", lo que lleva a "la elaboración de una política pública eficaz con un alto grado de lucidez, oficio político, técnica administrativa y razón de estado para que la argumentación pública sea clara a la ciudadanía, que se socialice mediante un lenguaje accesible a la población, para que ésta le quede claro qué afectación y/o beneficios tendrían".

jueves, 9 de octubre de 2014

Redensifican con trampas, denuncia Parlamento de Colonias


Sin infraestructura suficiente, ayuntamiento “lo busca imponer”. El organismo señala que negocios inmobiliarios han gestionado cambios en planes parciales que contravienen los intereses de la ciudad

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO

Un manejo discrecional y arbitrario de las leyes y reglamentos en materia de desarrollo urbano, en busca de inducir la redensificación de diversas zonas del municipio de Guadalajara que no tienen la capacidad de servicios públicos para alojar más habitantes, denunció el Parlamento de Colonias, en relación al proceso de consulta de planeas parciales que concluyó ayer.

Alejandro Cárdenas Ochoa, presidente de la agrupación, advirtió que se “está cocinando” un esquema de negocio para favorecer a grandes desarrolladores inmobiliarios en perjuicio de los intereses de la comunidad, pues si bien el principio de redensificar es positivo, este no se puede dar si no hay capacidad de infraestructura y consulta democrática a los vecinos.

“La realidad es que vemos en los proyectos que presentaron, una serie de omisiones, de falta de reglamentación; dicen que es bajo tales supuestos el modo en que se van a regir los planes parciales, y por otro lado, dejan a la total discrecionalidad de los funcionarios la elaboración de esta reglamentación”, subrayó Cárdenas Ochoa.

“Principalmente la variación se da en el tema de las densidades, en el coeficiente de utilización, en el índice de edificación; las letras no las varían, en las tablas que generan puede haber la misma denominación h3, h2 o h1 pero con diferentes valores, es como hablar de litros de gasolina y que haya litros de 800 o de 700 mililitros en diferentes partes de la ciudad […] están planteando una redensificación exarcebada, en el sentido de que están tendiendo corredores de renovación urbana con intensidades muy altas, más de mil habitantes por hectárea, cuando la máxima en el h4 era de 520 por ha, de acuerdo al Reglamento de Zonificación de Guadalajara. No tiene un fundamento ni técnico ni jurídico, simplemente están dejando la misma clasificación que tenían antes, con la letra, pero el contenido es totalmente diferente”, explicó.

Eso implica vivienda vertical, “en algunos puntos hasta de 28 pisos; 18, 20, 15 […] también nos preocupa mucho la generalización de los usos de suelo, en cuanto a comercios y servicios, se está generalizando en todas las zonas, sean vialidades principales o no”.

- Se requiere primero resolver lo relativo a la infraestructura…

- Hemos comentado que primero se haga la infraestructura y luego se haga el cambio de uso de suelo, así establecería la renovación urbana […] aquí lo están dando ya por hecho, y luego a tratar de generar fondos a través de recaudación para luego hacer las obras, que eso no ha sucedido nunca, una vez que ya han cobrado el dinero lo agarran y lo meten a otras cosas, y nos perjudican a los vecinos.

No es un capricho, “es lo que marca el Código Urbano en el tema de la renovación urbana; lo que hemos planteado: una vez que generaste la infraestructura le das el uso de suelo, con las modificaciones, respecto a esa misma infraestructura, es el planteamiento que hemos hecho, y no lo han tomado en cuenta”.

Los cambios se disfrazan, añadió, bajo la figura de “zonas especiales” que son en realidad espacios de discrecionalidad. El ayuntamiento tiene quince días para responder la impugnación.

miércoles, 11 de junio de 2014

Comuneros se reúnen para discutir reparación de daños



La SIOP no ha emitido la respuesta formal a dos requerimientos que le ha hecho el juez para restaurar las alteraciones en tierras huicholas de Tuapurie

Agustín del Castillo/Guadalajara. MILENIO JALISCO.

Las autoridades y miembros de la asamblea comunal de Santa Catarina Cuexcomatitlán (Tuapurie), comunidad wixárika (huichola) del norte de Jalisco, se reunieron ayer en el paraje de la Ciénega de los Caballos, sitio donde hace más de siete años detuvieron las obras de la carretera Bolaños-Huejuquilla, para discutir sobre la reparación de los daños que debe realizar el gobierno de Jalisco como fruto de un proyecto ilegal que violó los derechos comunitarios y la norma ecológica vigente.

“En la discusión se analiza todo lo que tiene que ver con el incidente innonimado y el de cumplimiento sustituto de la sentencia, dado que en algunos casos se puede restaurar el daño, pero hay bienes que ya no se pueden restituir”, señaló la abogada Nora Lorenzana Aguilar, quien acudió a la cita como integrante de la Asociación Jalisciense de Apoyo a Grupos Indígenas (AJAGI), asesora de los indígenas.

Los miembros de la comunidad establecerán acuerdos para acudir al juez primero de Distrito en Materia Administrativa y del Trabajo, que vigila el cumplimiento de la sentencia de amparo que les fue favorable (expediente 596/2008) y que debe ser cumplimentada por la hoy Secretaría de Infraestructura y Obra Pública (SIOP), antes Secretaría de Desarrollo Urbano (Sedeur).

El juez citado refirió en la notificación del 26 de mayo pasado: “además de dejar insubsistente todos los actos inherentes a la ejecución del proyecto carretero Bolaños-Huejuquilla El Alto, específicamente del kilómetro 70 más 400 [metros] al 89 más 580, que afecten la propiedad de la parte quejosa, se dejen las cosas en el estado que guardaban antes de la violación decretada y, al no contar este órgano de control constitucional con los conocimientos técnicos necesarios en materia topográfica y ambiental que nos lleven a determinar la afectación […] se ordena la apertura delñ incidente innominado, a fin de esclarecer cuáles son los daños y las dimensiones ocasionados [sic] por los actos reclamados en este sumario, por los avances realizados de la multicitada carretera, en donde podrá  este juzgador allegarse de todos los elementos necesarios, todo ello, insístase a efecto de estar en posibilidad legal de precisar los alcances del fallo protector”.

A esta demanda, la entidad de gobierno acudió al juez el 3 de junio por medio de un oficio firmado por Julio César García Mújica, “delegado de la autoridad responsable […] por medio del cual en atención del requerimiento que se le efectuó por oficio 3236, de fecha 26 de mayo de 2014, solicita se le aclare los alcances de los mismos, ya que por una parte se le formuló un requerimiento de 24 para dar cumplimiento al fallo protector y por otra, se ordenó la apertura de un incidente innonimado”.

El juez insiste en esa segunda comunicación en la necesidad de acreditar cumplir el fallo con acciones de restauración y de un cumplimiento sustituto en el caso de bienes que ya no se pueden restaurar, como la madera extraída y millones de toneladas de suelo perdido. Es así como llega el capítulo final de un conflicto legal de más de siete años. Está pendiente la respuesta de la SIOP.

martes, 10 de junio de 2014

Alto total a la edificación de la presa El Zapotillo



No pueden reanudarse los trabajos hasta que haya una sentencia en el juicio que abrió Salvemos Temaca AC contra el gobierno del estado y la Conagua.

Agustín del Castillo/Guadalajara. MILENIO JALISCO.

Esta vez, la suspensión definitiva concedida por el juez primero de Distrito en Materia Administrativa y del Trabajo contra la edificación de la presa El Zapotillo, por arriba de 80 metros, ha sido contundente: no se limitó a prohibir acciones del gobierno del estado en el tema –éste insiste que es un proyecto federal- sino que abarcó en la prohibición al organismo de cuenca Lerma Santiago Pacífico de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), entidad que es la promotora central del proyecto. Dicho de modo llano: ninguna máquina ni obrero pueden estar hoy trabajando en la construcción sobre el río Verde.

Y no es cosa que se arregle con una llamada telefónica o algún recurso judicial de tres días o una semana: la suspensión definitiva concedida a Salvemos Temaca AC, en el juicio 1046/2014, significa que no se pueden modificar las cosas que tienen que ver con la disputa mientras no se analice el fondo del asunto.

“En el ámbito del juicio de amparo, la suspensión es la determinación judicial por la que se ordena detener la realización del acto reclamado, temporalmente […] es la institución jurídica en cuya virtud, la autoridad competente para ello, ordena detener temporalmente la realización del acto reclamado en el juicio de amparo hasta que legalmente se puede continuar o hasta que se decrete la inconstitucionalidad del acto reclamado en la sentencia ejecutoria. La suspensión siempre es temporal, tiene límites de duración, no puede ir más allá del momento en que causa ejecutoria la sentencia definitiva de amparo. Si el amparo se concede, el acto reclamado habrá quedado paralizado definitivamente, no por efecto de la suspensión sino por efecto de la sentencia concesoria del amparo. Si el amparo se niega, la autoridad responsable recuperará su potestad para llevar a efecto el acto reclamado”, dice Carlos Arellano García en el artículo “suspensión en el juicio de amparo”, del Diccionario Jurídico (ver en http://www.diccionariojuridico.mx/?pag=vertermino&id=115).

El juez primero valoró que “con su concesión [de la suspensión definitiva] no se contravienen disposiciones de orden público ni se afecta el interés social, y en caso de consumarse [la edificación de la presa a 105 metros de altura] sería de imposible reparación para quien lo solicita”, por lo cual, la suspensión se otorga “para el efecto de que las responsables se abstengan de construir una cortina que sobrepase la altura originalmente autorizada en el convenido [sic] del uno de septiembre de 2005, de 80 metros de la presa El Zapotillo, que se construye en el río Verde de Los Altos de Jalisco, hasta en tanto cause ejecutoria la sentencia que al efecto se dicte en el juicio principal…”.

El juez fijó una fianza de 500 pesos, informó a MILENIO JALISCO Guadalupe Espinoza Sauceda, del Colectivo de Abogados. Ya estaban vigentes tres suspensiones provisionales, y una suspensión definitiva, pero parcial. La resolución que se conoció ayer es la más contundente y abarcadora de las emanadas hasta ahora. La obra –federal o estatal- deberá quedar parada las semanas o meses que demore el proceso referido.