Hay múltiples evidencias de que autoridades pasaron por encima de la ley para impulsar la obra. Un bosque nativo de 3.1 ha fue talado sin permiso federal, pero tanto la Semades, como Zapopan y la Profepa, han sido omisos en la denuncia penal correspondiente, advierte la presidente del consejo consultivo ciudadano de la Semarnat en occidente
Guadalajara. Agustín del Castillo. PÚBLICO-MILENIO
En el caso del estadio panamericano de atletismo, las abrumadoras evidencias que se han ido acumulando sobre el delito ambiental cometido, al talarse sin permiso 3.1 hectáreas de bosque nativo, han sido insuficientes para el poder público, que se niega a abrir el expediente penal correspondiente, en aras de justificar una manifestación de impacto ambiental exclusivamente local, y no federal.
A juicio de la doctora en derecho ambiental Raquel Gutiérrez Nájera, presidenta del Consejo Consultivo ciudadano de la Semarnat en las región occidente, no hay manera de justificarlo, pues la zona sólo pudo dejar de ser forestal y convertirse en urbana mediante una autorización de cambio de uso de suelo de la federal Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), la cual no existe.
Respecto al dicho del subdelegado jurídico de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), Javier Silva, de que hay dudas de que se trate de una zona forestal, la presidenta del Instituto de Derecho Ambiental (Idea) lo remite a la definición de bosque que da el Reglamento de la Ley Forestal vigente: “Vegetación forestal principalmente de zonas de clima templado, en la que predominan especies leñosas perennes que se desarrollan en forma espontánea, con una cobertura de copa mayor al 10 por ciento de la superficie que ocupa, siempre que formen masas mayores a 1,500 metros cuadrados. Esta categoría incluye todos los tipos de bosque señalados en la clasificación del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática”, dice el inciso V del artículo 2 del reglamento.
Esta condición se cumple sobradamente para la zona: 3.1 hectáreas son 31 mil metros cuadrados, casi 21 tantos el mínimo que plantea la definición legal. Cuál duda.
Por si fuera poco, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable habla de terrenos forestales y terrenos de preferencia forestal, los cuales deben cubrir los mismos trámites administrativos para cambiarse su uso: Artículo 7, definiciones: “… XL. Terreno forestal: El que está cubierto por vegetación forestal; XLI. Terreno preferentemente forestal: Aquel que habiendo estado, en la actualidad no se encuentra cubierto por vegetación forestal, pero por sus condiciones de clima, suelo y topografía resulte más apto para el uso forestal que para otros usos alternativos, excluyendo aquéllos ya urbanizados”.
Es decir, si no hay un permiso de cambio de uso de suelo, si se trata de vegetación natural leñosa, si es parte del gran ecosistema del bosque La Primavera —aunque el límite del área protegida esté a 500 metros—, si evidentemente tiene uso forestal y zonas desmontadas de uso preferentemente forestal, la materia es federal. Si se derribó sin permiso, se trata de un delito.
Y si la estatal Secretaría de Medio Ambiente para el Desarrollo Sutentable (Semades) conoció de ese delito, debió denunciar ante la fiscalía especial de delitos ambientales de la Procuraduría General de la República (PGR)… y no otorgar una autorización de impacto ambiental con la que ocultaba una ilegalidad y limpiaba estos antecedentes a favor de la urgencia de un estadio panamericano.
Pero si la Semades insiste en que ya no había árboles, ¿el Ayuntamiento de Zapopan por qué multó con 75 mil pesos al propietario del autódromo Hermanos Gallo, hace once días, por la tala de árboles?
Un bosque es bosque
“Sin duda es la tala de un bosque; no está dentro del área protegida, pero nadie ha dicho eso; si así fuera, sería mayor todavía la sanción”, subraya Gutiérrez Nájera.
“Nosotros lo hemos dicho, le toca al gobierno federal emitir las autorizaciones de cambio de uso de suelo e impacto ambiental […] pero como el estadio es obra y compromiso del Estado mexicano, me parece que todo mundo lo que hace es no actuar, para favorecer el desarrollo de la infraestructura de los Juegos Panamericanos [de 2011], que importa que sea en detrimento de la calidad de vida de los tapatíos, quienes se quedan después de los juegos a vivir aquí”.
Le parece grave el precedente que asienta la Semades; “debió interponer la denuncia ante la PGR, máxime por que es la autoridad ambiental del estado, en lugar de hacerse de la vista gorda…”. Un hecho similar, recuerda, se cometió en relación con la Villa Panamericana que se edifica en la zona de El Bajío, hacia el otro lado del bosque. La secretaria Martha Ruth del Toro ha insistido en no admitir tal condición.
—¿Qué opina de la defensa que hace Semades de que hay un uso de suelo urbano y no forestal en la zona?
—Que es una lectura errónea; la atribución de los ayuntamientos es exclusivamente para el uso de suelo de zonas urbanas; en estos lugares como donde pretenden edificar el estadio, encuentras zonas de bosque, agua, fauna silvestre; son competencia federal, los municipios no tienen competencia sobre bosques, le toca a la federación decir qué se hace o no, independientemente de que estén en un subdistrito de plan de desarrollo urbano, eso no quita la calidad de bosque ni la competencia federal.
La abogada señala que los municipios pueden hacer convenio con la federación, en los términos del artículo 11 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, pero son “para administrar o manejar un área natural protegida, o la vigilancia de los recursos”, nunca para cambiar el uso de suelo como si fueran entidad soberana. “Es decir, si ellos pretendían que se aceptara ese plan de desarrollo urbano, debían haberlo sometido a evaluación de impacto ambiental federal”.
Entonces, tanto la Semades como después el Ayuntamiento de Zapopan y la Profepa, pretenden “legalizar lo ilegal”, pero a Gutiérrez Nájera no le extraña tanto el papel de la procuraduría —entidad que presidió la ahora titular de la Semades, del Toro Gaytán— que los últimos diez años ha legalizado construcciones dentro del área protegida “en vez de ordenar la demolición de las fincas y restituir terrenos al bosque”.
—¿Entonces no pasan la prueba frente a lo que dice la ley?
—Claro que no. Hace unas semanas, cuando se entregó el premio al Mérito Ecológico en La Primavera, escuché decir al secretario Rafael Elvira [titular nacional de la Semarnat], con preocupación, que desde la avioneta había visto toda una serie de invasiones dentro del polígono, dice, qué pasa hay que recorrerlo o qué.
El consejo consultivo ciudadano de la Semarnat ha insistido sobre todo el rosario de anomalías en las obras panamericanas a la entrada del bosque, pero “no hay respuesta satisfactoria” de las autoridades.
------------------------------------------
Guadalajara. Agustín del Castillo. PÚBLICO-MILENIO
En el caso del estadio panamericano de atletismo, las abrumadoras evidencias que se han ido acumulando sobre el delito ambiental cometido, al talarse sin permiso 3.1 hectáreas de bosque nativo, han sido insuficientes para el poder público, que se niega a abrir el expediente penal correspondiente, en aras de justificar una manifestación de impacto ambiental exclusivamente local, y no federal.
A juicio de la doctora en derecho ambiental Raquel Gutiérrez Nájera, presidenta del Consejo Consultivo ciudadano de la Semarnat en las región occidente, no hay manera de justificarlo, pues la zona sólo pudo dejar de ser forestal y convertirse en urbana mediante una autorización de cambio de uso de suelo de la federal Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), la cual no existe.
Respecto al dicho del subdelegado jurídico de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), Javier Silva, de que hay dudas de que se trate de una zona forestal, la presidenta del Instituto de Derecho Ambiental (Idea) lo remite a la definición de bosque que da el Reglamento de la Ley Forestal vigente: “Vegetación forestal principalmente de zonas de clima templado, en la que predominan especies leñosas perennes que se desarrollan en forma espontánea, con una cobertura de copa mayor al 10 por ciento de la superficie que ocupa, siempre que formen masas mayores a 1,500 metros cuadrados. Esta categoría incluye todos los tipos de bosque señalados en la clasificación del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática”, dice el inciso V del artículo 2 del reglamento.
Esta condición se cumple sobradamente para la zona: 3.1 hectáreas son 31 mil metros cuadrados, casi 21 tantos el mínimo que plantea la definición legal. Cuál duda.
Por si fuera poco, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable habla de terrenos forestales y terrenos de preferencia forestal, los cuales deben cubrir los mismos trámites administrativos para cambiarse su uso: Artículo 7, definiciones: “… XL. Terreno forestal: El que está cubierto por vegetación forestal; XLI. Terreno preferentemente forestal: Aquel que habiendo estado, en la actualidad no se encuentra cubierto por vegetación forestal, pero por sus condiciones de clima, suelo y topografía resulte más apto para el uso forestal que para otros usos alternativos, excluyendo aquéllos ya urbanizados”.
Es decir, si no hay un permiso de cambio de uso de suelo, si se trata de vegetación natural leñosa, si es parte del gran ecosistema del bosque La Primavera —aunque el límite del área protegida esté a 500 metros—, si evidentemente tiene uso forestal y zonas desmontadas de uso preferentemente forestal, la materia es federal. Si se derribó sin permiso, se trata de un delito.
Y si la estatal Secretaría de Medio Ambiente para el Desarrollo Sutentable (Semades) conoció de ese delito, debió denunciar ante la fiscalía especial de delitos ambientales de la Procuraduría General de la República (PGR)… y no otorgar una autorización de impacto ambiental con la que ocultaba una ilegalidad y limpiaba estos antecedentes a favor de la urgencia de un estadio panamericano.
Pero si la Semades insiste en que ya no había árboles, ¿el Ayuntamiento de Zapopan por qué multó con 75 mil pesos al propietario del autódromo Hermanos Gallo, hace once días, por la tala de árboles?
Un bosque es bosque
“Sin duda es la tala de un bosque; no está dentro del área protegida, pero nadie ha dicho eso; si así fuera, sería mayor todavía la sanción”, subraya Gutiérrez Nájera.
“Nosotros lo hemos dicho, le toca al gobierno federal emitir las autorizaciones de cambio de uso de suelo e impacto ambiental […] pero como el estadio es obra y compromiso del Estado mexicano, me parece que todo mundo lo que hace es no actuar, para favorecer el desarrollo de la infraestructura de los Juegos Panamericanos [de 2011], que importa que sea en detrimento de la calidad de vida de los tapatíos, quienes se quedan después de los juegos a vivir aquí”.
Le parece grave el precedente que asienta la Semades; “debió interponer la denuncia ante la PGR, máxime por que es la autoridad ambiental del estado, en lugar de hacerse de la vista gorda…”. Un hecho similar, recuerda, se cometió en relación con la Villa Panamericana que se edifica en la zona de El Bajío, hacia el otro lado del bosque. La secretaria Martha Ruth del Toro ha insistido en no admitir tal condición.
—¿Qué opina de la defensa que hace Semades de que hay un uso de suelo urbano y no forestal en la zona?
—Que es una lectura errónea; la atribución de los ayuntamientos es exclusivamente para el uso de suelo de zonas urbanas; en estos lugares como donde pretenden edificar el estadio, encuentras zonas de bosque, agua, fauna silvestre; son competencia federal, los municipios no tienen competencia sobre bosques, le toca a la federación decir qué se hace o no, independientemente de que estén en un subdistrito de plan de desarrollo urbano, eso no quita la calidad de bosque ni la competencia federal.
La abogada señala que los municipios pueden hacer convenio con la federación, en los términos del artículo 11 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, pero son “para administrar o manejar un área natural protegida, o la vigilancia de los recursos”, nunca para cambiar el uso de suelo como si fueran entidad soberana. “Es decir, si ellos pretendían que se aceptara ese plan de desarrollo urbano, debían haberlo sometido a evaluación de impacto ambiental federal”.
Entonces, tanto la Semades como después el Ayuntamiento de Zapopan y la Profepa, pretenden “legalizar lo ilegal”, pero a Gutiérrez Nájera no le extraña tanto el papel de la procuraduría —entidad que presidió la ahora titular de la Semades, del Toro Gaytán— que los últimos diez años ha legalizado construcciones dentro del área protegida “en vez de ordenar la demolición de las fincas y restituir terrenos al bosque”.
—¿Entonces no pasan la prueba frente a lo que dice la ley?
—Claro que no. Hace unas semanas, cuando se entregó el premio al Mérito Ecológico en La Primavera, escuché decir al secretario Rafael Elvira [titular nacional de la Semarnat], con preocupación, que desde la avioneta había visto toda una serie de invasiones dentro del polígono, dice, qué pasa hay que recorrerlo o qué.
El consejo consultivo ciudadano de la Semarnat ha insistido sobre todo el rosario de anomalías en las obras panamericanas a la entrada del bosque, pero “no hay respuesta satisfactoria” de las autoridades.
------------------------------------------
El bosque borrado
Sí existió un remanente de bosque de pino y encino en poco más de tres hectáreas de la superficie que adquirió el gobierno de Jalisco para la construcción del estadio panamericano de atletismo a Alejandro Gallo González, dueño del autódromo Hermanos Gallo, pero desapareció de forma ilegal entre 2008 y 2010.
Las pruebas: fotos satelitales de 2008 y fotos del sitio, que datan de abril de este año, donde se aprecian ejemplares de encino y pino al interior del predio. Las evidencias de que ese bosque habría existido hasta hace muy poco tiempo las contiene el propio material que la Semades hizo público en su página de Internet bajo la denominación “información ambiental del estadio de atletismo”, donde se ofrece el dictamen que aprueba el impacto ambiental, el extenso documento de la MIA y sus anexos.
Allí se demuestra claramente la presencia de bosques de pino y encino al interior del polígono donde se establecería el desarrollo, denominado “Centro de Espectáculos Deportivos”. Más interesante todavía: las “fotos del sitio”, que se tomaron en abril de 2010, demuestran la existencia de dicha vegetación, lo que llevaría a concluir que los derribos ilegales debieron ocurrir después de abril de este mismo año.
Sí existió un remanente de bosque de pino y encino en poco más de tres hectáreas de la superficie que adquirió el gobierno de Jalisco para la construcción del estadio panamericano de atletismo a Alejandro Gallo González, dueño del autódromo Hermanos Gallo, pero desapareció de forma ilegal entre 2008 y 2010.
Las pruebas: fotos satelitales de 2008 y fotos del sitio, que datan de abril de este año, donde se aprecian ejemplares de encino y pino al interior del predio. Las evidencias de que ese bosque habría existido hasta hace muy poco tiempo las contiene el propio material que la Semades hizo público en su página de Internet bajo la denominación “información ambiental del estadio de atletismo”, donde se ofrece el dictamen que aprueba el impacto ambiental, el extenso documento de la MIA y sus anexos.
Allí se demuestra claramente la presencia de bosques de pino y encino al interior del polígono donde se establecería el desarrollo, denominado “Centro de Espectáculos Deportivos”. Más interesante todavía: las “fotos del sitio”, que se tomaron en abril de 2010, demuestran la existencia de dicha vegetación, lo que llevaría a concluir que los derribos ilegales debieron ocurrir después de abril de este mismo año.
No hay comentarios:
Publicar un comentario