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viernes, 21 de septiembre de 2018

Tlajomulco desaceleró vivienda en 90%



Pfannenstein presenta diagnóstico de núcleos de vivienda social; esencial atraer el empleo y mejorar servicios, advierte alcalde

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO.

El gobierno de Tlajomulco, el municipio metropolitano con la tasa de crecimiento poblacional más alta de la ciudad, asegura haber reducido casi en 90 por ciento la cifra de incremento de viviendas en la demarcación, pero arrastra casi 17 mil desocupadas, saldo de la expansión de la última década. Ahora canaliza su esfuerzo para que esas casas se recuperen o se reestructuren las auténticas “ciudades perdidas” que les dieron forma.

Para el efecto, ayer, el investigador de la Universidad de Lausana, Bernd Pfannenstein, presentó en la sala de sesiones del ayuntamiento, un diagnóstico de la situación actual de las casas de interés social de la demarcación. “El primer paso para tener una solución es presentar un diagnóstico, la profundidad del monitoreo, tener datos indicadores comparativos, que nos permiten pensar e identificar dónde tenemos estos problemas en los fraccionamientos, de manera global, pero de manera puntual en cada fraccionamiento”, dijo el académico.

El estudio se realizó en 17 fraccionamientos del municipio: una muestra de 388 encuestas para un universo de 29 mil viviendas, de las cuales cinco mil se encuentran abandonadas. Un ejemplo drástico es el fraccionamiento Silos, donde 30 por ciento de las casa y departamentos están desocupadas y en proceso de destrucción física.

El trabajo se realizó con el apoyo de estudiantes de la carrera de Ingeniería Civil de la Universidad Politécnica de la Zona Metropolitana de Guadalajara, apoyados por la Comisaría de Seguridad Pública de Tlajomulco y de la Fiscalía Ambiental del mismo municipio.

Otros datos de la investigación: 54 por ciento de los encuestados se sienten inseguros; 27 por ciento no cuentan con acceso a internet; 66 por ciento consideran que sus áreas verdes se encuentran en mal estado; 95 por ciento no tiene acceso a servicios de salud; un tercio no tiene ni siquiera educación básica, y más de la mitad destina por lo menos dos horas en el trasladarse a sus sitios de trabajo. Es lo que mejor define el paradigma de las “ciudades dormitorios” que la administración local busca romper.

Buscar una solución integral obliga a abordar el estudio en la totalidad de los fraccionamientos. “Queremos lograr una ciudad inclusiva ¿y que necesitamos?, un estudio en la totalidad de los fraccionamientos, en el municipio, analizar las bases de datos, el diagnóstico completo, para transformarlos en políticas públicas o políticas urbanas, que nos brinden la posibilidad de tener intervenciones específicas. Lo más importante que puede contribuir este estudio es dar voz a la gente, participación social, y también la opinión; yo considero que sí queremos llegar a una ciudad modelo, una ciudad inteligente, debemos crear herramientas que podamos consultar, de manera más dinámica, la opinión de la gente y sus necesidades y me refiero infraestructura, servicios y las necesidades básicas que uno tiene en la vida cotidiana para disfrutar la vida en la ciudad”, subrayó el investigador. Al ser integral, la estrategia de gestión debe involucrar a los tres niveles de gobierno, con el afán de que se alineen las políticas en un mismo objetivo.

Al término de la presentación, el presidente municipal, Alberto Uribe Camacho, dio más datos de la profunda inequidad que ha generado para el desarrollo municipal el enorme peso de la industria de la vivienda. Por ejemplo, de la inversión económica de 17,200 millones de pesos con que cerró su administración, solamente 3 por ciento de la derrama proviene del sector, “porque lo que luego me decían los constructores, es que nosotros generamos empleo; sí, nada más que empleos de seis meses y luego, te vas y el empleo que generas no es para mi gente, es para gente de fuera; ahora este empleo que estamos generando, son 40 mil empleos que te permiten de una u otra manera intentar que la gente no vaya a trabajar a Guadalajara y se quede aquí a trabajar, y ahí es cuando dejas de ser una ciudad dormitorio”.

Aseguró que de no haber puesto este freno a la vivienda, el desastre inmobiliario por la falta de servicios sería mayor. “Tienes que seguir avanzando con la infraestructura, pero imagínate el tamaño de desastre, en lugar de crecer a menos de cinco mil viviendas [trianual], siguieras creciendo a márgenes de 47 mil viviendas, 50 mil viviendas; el desastre era de esos que nunca vas a lograr parar; creo que esta política te permite poner un freno radical al crecimiento desordenado…”.

De 17 mil viviendas abandonadas, alrededor de 12 mil son ahora objeto de un trabajo de rescate por las agencias de vivienda gubernamental, en busca de reinsertarlas en el mercado en mejores condiciones para las personas. Pero es fundamental que la creación de empleos continúe en las mismas zonas, puntualizó el presidente municipal.

miércoles, 19 de septiembre de 2018

En regularización de torres no se consideraron derechos ciudadanos


El abogado Joseph Olid destaca que el ayuntamiento tapatío solamente buscó compensar la violación a su institucionalidad .

Agustín del Castillo / Guaadalajara. MILENIO JALISCO. 

El proceso de regularización de “torres chuecas” en Guadalajara podría ser justificado como el rescate de recursos por la autoridad municipal, pero lo que de ninguna manera se han restituido son los derechos de los ciudadanos que vieron dañados sus bienes inmuebles y su estilo de vida, además de claras omisiones en materia penal, advierte el abogado Joseph Irwing Olid Aranda, quien asesora a numerosos colonos en el tema. “Yo creo que conforme vamos modernizando el marco jurídico, es una cuestión de principios; tenemos vigentes tratados internacionales en materia ecológica; tenemos disposiciones de los diferentes niveles de gobierno, la nueva Ley General de Asentamientos Humanos, los artículos cuatro, 26 y 27; tenemos el Código Urbano de Jalisco […] si estuviéramos respetando los derechos humanos, el derecho a la ciudad, los magistrados del Tribunal Administrativo, los jueces y magistrados federales, y las propias autoridades municipales, irían más a fondo”, advierte en entrevista con MILENIO JALISCO.

Así, “el tema procesal debería de ser: yo te doy las bases, pero tú deberías saber cómo resolver, y no irte a una tendencia que sea siempre a favor de los desarrolladores; así que lo que se requiere es prácticamente un cambio de conciencia, porque me parece que los criterios que prevalecen son obsoletos”. Esto ha derivado en el descrédito del TAE y de la autoridad municipal, porque siempre está como prioridad la búsqueda de ganancia económica y no los derechos de todos los ciudadanos, dice.

El especialista ha analizado los expedientes y su contexto, y aborda la posibilidad de que las “torres chuecas” entrañen delitos que debían perseguirse. “Con la información pública no se puede establecer tajantemente, sin embargo, si es factible la existencia de varios, el Código Penal lo establece”. Y de parte de funcionarios del ayuntamiento, se encuadra el delito de omisión, es decir, “se habría sido omiso en denunciar los delitos que advirtió una vez que estuvo analizando cada uno de los expedientes de construcción; esta omisión constituye el delito de encubrimiento”.

No obstante lo anterior, Joseph Olid observa que “en la mayoría de los casos ya habría transcurrido el plazo para la prescripción de la acción penal”. Los posibles delitos están tipificados en los artículos 253, 254 y 263 (ver texto de abajo).

Su análisis parte de la pregunta “¿se reparó el daño causado por los constructores?” La contestación a esta interrogante puede ser subjetiva, desde el punto de vista del ayuntamiento, este señala que sí, sin embargo, “es errónea la concepción de la reparación del daño a la luz del estándar constitucional, las disposiciones civiles y las disposiciones penales”.

En materia civil, recuerda los conceptos básicos.” Daño: menoscabo en el patrimonio de una persona. Perjuicio: ganancia licita que se dejó de obtener con motivo del daño. Daños punitivos: sanción que se impone a quien genera un daño a diverso particular, la cual tiene el carácter de justa indemnización y como medida que persuade a no volver a cometer la conducta. La reparación es para el directo afectado, que acredita su interés jurídico”. En materia penal. “Conceptos: restitución, restablecimiento o reintegración en los derechos afectados y bienes despojados (carácter patrimonial). Rehabilitación o reintegración de la víctima como tal a la situación que tenía antes (carácter emocional). Compensación se otorga por los perjuicios, sufrimientos y pérdidas económicamente evaluables. Satisfacción incluye derecho a la verdad y publicidad de la sanción, sanciones por otras vías y justicia en sentido amplio. Garantía de no repetición puede ser económica, material o simbólica”.

Los derechos que el ayuntamiento habría rescatado con la regularización: “Conceptos: compensación se realiza mediante pago, obras específicas o la entrega en especie de los bienes señalados. Indemnización: pago para resarcir el daño o perjuicio realizado, a través de una retribución económica. Mitigación: el ejercicio de un conjunto de medidas para contrarrestar o minimizar los impactos generados producidos. ¿Hacia quien se dirige la reparación? El Ayuntamiento de Guadalajara”.

De este modo, los vecinos de las torres, y la sociedad en general, son quienes permanecen agraviados, pues a fin de cuentas, el edificador de las torres “se salió con la suya” y su negocio fue más importante para la autoridad que los derechos de las personas afectadas, concluye el litigante.

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Claves  

Delitos urbanos en el Código Penal 

Artículo 253

“Se impondrán de cuatro a diez años de prisión y multa por el importe de veinte a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, cuando el propietario de un inmueble por sí, o por interpósita persona, transmita bajo cualquier título en forma fraccionada, sin contar con la autorización correspondiente de la o las autoridades competentes, la propiedad o sus derechos sobre la misma, respecto de inmuebles, pactando precios de contado o a plazos reales o simulados, o mediante contratos señalados como preparatorios", ‘preliminares, ’promesa’, o cualquier otro innominado, cuando se reciba la totalidad o parte del precio, o se pacten abonos periódicos a éste y se haga entrega de la posesión del inmueble […] en la misma responsabilidad incurrirá el o los representantes del propietario transmisor o sus agentes que intervengan en las operaciones a que se refiere el párrafo anterior, a sabiendas de que se carece de la autorización mencionada en el mismo”

Artículo 253 Bis

“Se impondrán de dos a cuatro años de prisión; destitución del empleo, cargo o comisión, e inhabilitación de uno, y hasta por tres años para desempeñar otro, y multa por el importe equivalente de mil a tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; a los servidores públicos que de manera dolosa, contraviniendo la zonificación primaria o índice de edificación contenida en los planes de desarrollo urbano: I. Aprueben modificaciones de zonificación primaria señalada en los planes de desarrollo urbano de centro de población o los planes parciales de desarrollo urbano, respecto de inmuebles o en licencias de urbanización, construcción o edificación; II. Emitan dictámenes que modifiquen o contravengan las determinaciones de zonificación primaria de los planes de desarrollo urbano de centro de población o los planes parciales de desarrollo urbano, aplicable de forma específica al inmueble para el que sea solicitado; o III. Autoricen licencias o permisos que excedan o contravengan las determinaciones de número máximo de niveles, coeficientes de ocupación y utilización del suelo, áreas de restricción, unidades de vivienda o unidades comerciales y de servicios, señalados en los planes de desarrollo urbano de centro de población y los planes parciales de desarrollo urbano”

Artículo 253 Ter

“Se impondrán de dos a cuatro años de prisión y multa por el importe equivalente de mil a tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; a los propietarios de inmuebles, sus promotores, representantes legales y constructores que de manera dolosa lleven a cabo acciones de urbanización, construcción o edificación, cuya autorización al momento de su ejecución viole la zonificación primaria o índice de edificación contenida en los planes de desarrollo urbano de centro de población y los planes parciales de desarrollo urbano”

Artículo 253 Quáter

“Se le impondrá de dos a cuatro años de prisión y multa por el importe equivalente de mil a tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, al Director Responsable de Obra o Corresponsable de Obra que de manera dolosa autorice el desarrollo de una construcción, de la que otorgó su responsiva sin apego a la licencia, autorización o permiso otorgado por la autoridad competente. La misma sanción se impondrá al propietario del inmueble donde se desarrolla la construcción, a su representante legal y al constructor que, teniendo conocimiento de la ilegalidad del acto, no presente la denuncia correspondiente ante la autoridad competente, permita la edificación sin sujetarse a la licencia o permiso de construcción o urbanización”

Artículo 254

“Se impondrán de seis meses a seis años de prisión multa por el importe de cuatro a cuarenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, al que habiendo recibido mercancía con subsidio o franquicia, concedidos por el estado, municipio u órgano descentralizado, estatal o municipal, para darles un destino determinado, desvirtúe en cualquier forma los fines perseguidos con el subsidio o franquicia”.

Artículo 263

“Se impondrán de un mes a tres años de prisión al que, después de la ejecución del delito y sin haber tenido en éste alguna de las intervenciones señaladas en el artículo 19, ayude en cualquiera forma al responsable a eludir las investigaciones de la autoridad correspondiente o a substraerse a la acción de ésta, u oculte, altere, destruya o haga desaparecer los rastros, pruebas, instrumentos u objetos del delito o asegure para sí, o para el inculpado, el producto del mismo […] Igual sanción se impondrá a quien no procure, por los medios lícitos que tenga a su alcance, impedir la consumación de los delitos que sepa van a cometerse o se están cometiendo, si son de los que se persiguen de oficio”

domingo, 2 de septiembre de 2018

Opacan datos de una torre regularizada


Un juicio de amparo “excedido” en su interpretación por la comuna impide saber pagos de legalización

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

En la avenida Américas, a 50 metros de la glorieta a Colón, se yergue una enorme construcción que ha opacado con su altura al edificio de juzgados federales de enfrente, y que se edificó con licencias irregulares para un negocio de 28 pisos que el Ayuntamiento de Guadalajara, bajo el argumento de un juicio de amparo, no ha querido informar vía transparencia.

La torre se ubica en Américas 1500, en Providencia. Es de usos mixtos, tiene una notaría pública, un despacho de abogados e incluso un hotel en operaciones. Su área de construcción es de 57,970 metros cuadrados implantados sobre un terreno de 4,116 m2. Según informa la página de Arquitectos Sordo Madaleno, sus creadores, el edificio cuenta con 28 niveles, un helipuerto y un sótano de 7 niveles.

“Es una de las torres que ingreso bajo las hipótesis de las Disposiciones Administrativas de Aplicación General que Regulan los Mecanismos de Compensación, Indemnización y Mitigación por Acciones Urbanísticas en el Municipio de Guadalajara. En ese sentido, en la Gaceta Municipal de Guadalajara, el día 19 de abril de 2016, se publicaron diversos Decretos en los que se aprobaba la regularización de distintas obras, entre las que se señala: decreto que aprueba la Compensación, Indemnización y Mitigación de la Acción Urbanística ubicada en la Avenida Américas Número 1500, a cargo de Inmobiliaria 1500, SA de CV. No obstante, en el tomo que puede consultarse en internet, no se advierte el contenido de dicho decreto, razón por la cual se desconoce el grado de violación que efectuó la empresa, así como la sanción económica que impuso el ayuntamiento y el resto de las medidas que se haya determinado tomar”, explica en un análisis entregado a MILENIO JALISCO el abogado Joseph Olid.

“Cabe señalar que, lo que si se hace, es que adjuntan dos oficios en los que se señala que dicha información no puede ser publicada, en virtud de que existe una supuesta suspensión definitiva otorgada por el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa y del Trabajo en Jalisco, en el Amparo Indirecto 1485/2016, contra la divulgación de la información”, destaca.

Una vez que se analizó el sistema de seguimiento del Consejo de la Judicatura Federal, “se puede advertir que, el Amparo fue interpuesto el día 25 de mayo del 2016; el día 27 del mismo mes se admitió el trámite; la sentencia fue dictada el día 19 de diciembre del 2016 y el 04 de enero la quejosa (la inmobiliaria) interpuso recurso de revisión que generó la Toca 78/2017 en el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito”. La síntesis de la resolución del Juzgado de Distrito señala: “…en consecuencia, dado que no existe el acto de aplicación de las normas reclamadas, en el caso se actualiza la causal de improcedencia contenida en la fracción XII del artículo 61, en relación con el 107, fracción I, ambos de la Ley de Amparo, por lo que procede sobreseer [se deja sin materia] el juicio de amparo en términos del artículo 63, fracción V, de dicho cuerpo legal en consulta, por lo que hace a los actos reclamados en estudio. (…) se sobresee el juicio de amparo, promovido por [se omite el nombre del gestor], respecto de los actos de autoridad, por las razones que se exponen en los considerandos 3 y 4 del presente fallo”.

De la resolución dictada en segunda instancia del amparo, el litigante, que trabaja con colonos inconformes con por el proceso de “enderezamiento de torres chuecas”, refiere: “en el amparo se reclamaron disposiciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios y del Reglamento de Información Pública del Municipio de Guadalajara; sin embargo, no se advierte concretamente que hubiese impugnado las disposiciones del Reglamento de la Gaceta Municipal de Guadalajara, por lo cual, la suspensión no podía extenderse a este. El amparo solo reclama que un particular hubiese solicitado acceso a los documentos que fundan el Dictado del Decreto que se encuentra reservado; pero no así, respecto al contenido del Decreto como tal, del cual no se advierte que haya datos personales y por tanto, no hay impedimento para la publicación de dicha información”.

Tampoco se advierte que se hubiese llamado como Terceros Interesados a quienes habían realizado la solicitud de acceso a la información.

El Instituto de Transparencia e Información Pública del estado ha recibido la inconformidad, y los quejosos esperan que en pocas semanas se entregue toda la información respecto a esta mega obra.

viernes, 31 de agosto de 2018

11 grandes casos concentran 60% de “torres enderezadas”


105 millones de pesos se cobraron a once inmobiliarias para legalizar construcciones que violaron planes parciales.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

Además del ajuste a la inmobiliaria Cititower GDL, SA de CV, que significa el pago de 13.1 millones de pesos en efectivo y 31.7 millones de pesos “en especie” para “enderezar” legalmente un grupo de torres que violaron el plan parcial de la zona, hay diez expedientes más que significan los casos más fuertes atendidos por el Ayuntamiento de Guadalajara en su polémica aplicación de las “Disposiciones administrativas de compensación, indemnización o mitigación por acciones urbanísticas” aprobadas en febrero de 2016.

Se trata de diez acciones de ajuste vía decreto que significaron la entrega de casi 59 millones de pesos a la comuna, de manera que entre los once expedientes se concentran casi 105 millones de pesos, esto es, 60 por ciento del monto total registrado en los 67 expedientes del corte hasta mayo pasado, de acuerdo a información de transparencia del gobierno municipal.

En orden de la apertura del expediente, estos son los diez casos que siguen en el monto global a Cititower GDL, SA de CV:

Expediente 09/06/2016, torres Sania, ubicadas en avenida Vallarta 3090, colonia Vallarta Norte, propiedad de INM. B.B., SA de CV. Debieron pagar 15 millones 497,975 pesos y entregar “tres puntos limpios [(un núcleo de contenedores de basura clasificada por tipo de residuo y que se opera con motor), incorporación de por lo menos 20 sujetos forestales [árboles], manejo integral del agua y dos cruceros seguros”.

08/09/2016. Ubicado en calle Mar Tirreno 2168, colonia Country Club, edificado por Banco del Bajío, SA de CV. Pago de dos millones 887,500 pesos y entrega de un punto limpio dentro del edificio y un crucero seguro. El pago en especie asciende a dos millones 456,643.75 pesos, y consiste en un punto limpio de plataforma soterrada con valor de 882 mil pesos, y rehabilitación de superficies de rodamiento de las vialidades dentro del polígono de la zona con valor de un millón 600 mil pesos.

08/09/2016. Ubicado en calle Mar Egeo 1438 y 1442, colonia Country Club. Edificado por Inmobiliaria Ve-Lejos, SA de CV. Pago de tres millones 733,500 pesos, establecimiento de un punto limpio y rehabilitación de banqueta en todo el frente. El pago en especie es de 1 millón 132,495 pesos, e incluye un punto limpio de plataforma soterrada con valor de 882 mil pesos y dos cruceros seguros con valor de hasta 200 mil pesos, además de un programa de arte público de 50,500 pesos.

06/12/2016. Sito en avenida Pablo Neruda 2828, colonia Providencia cuarta sección. Construido por Inmobiliaria AIKA Querétaro, SA de CV. Pagó en efectivo 4 millones 769,021.88 pesos y debió establecer tres puntos limpios, y plan de saneamiento de arbolado urbano por 130 mil pesos más IVA. 15/09/2017. Sobre calle López Cotilla, colonia Arcos Vallarta. Construido por LAR TRADING SERVICES, S de RL de CV. Pago de 6 millones 191,625 pesos, y construcción de dos puntos limpios cerrados, plantación de 15 árboles (ahuehuetes de siete metros), 37 podas, 15 derribos y dos cruces seguros.

15/09/2017. Enclavado en avenida López Mateos 391, colonia Jardines del Bosque. Propiedad de Bansi, SA, IBM. Pago de sanción por siete millones 361,270 pesos, y establecimiento de un punto limpio, saneamiento de arbolado con valor de 110 mil pesos, y realización de dos cruceros seguros con valor de 200 mil pesos.

15/09/2017. En calle Hipódromo 2077, colonia Colomos Providencia. De Inmobiliaria Zararacua, SA de CV. Pago de tres millones 350,130 pesos, incorporación de un punto limpio cerrado, 16 podas, cuatro derribos, elaboración de evaluación preliminar hidrogeológica para una red de monitoreo de aguas subterráneas, cancelación de cajones al frente del predio y líneas logarítmicas con botones para Colomos.

28/02/2018. En calle Diagonal San Jorge 93, colonia Vallarta San Jorge. Propiedad de Diagonal San Jorge, SA de CV. Sanción de 11 millones 740,480 pesos, y establecimiento de un punto limpio cerrado, punto fijo de reciclaje, sustitución de arbolado con valor de al menos 400 mil pesos y un crucero seguro.

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Claves 

¿Cómo justifica GDL el programa? 

“La Administración Municipal ha detectado una gran cantidad de edificaciones verticales que obtuvieron sus licencias de manera irregular. La mayoría de éstas, en zonas donde la clasificación de usos del suelo no lo permitía, con incrementos considerables en su intensidad de utilización, contraviniendo leyes y reglamentos estatales y municipales, entre los que destaca el Código Urbano para el Estado de Jalisco. Es claro, y se debe ser consciente, de la importancia del problema y su difícil solución, ya que muchas de estas edificaciones se encuentran ya concluidas y a la espera de sus certificados de habitabilidad, por lo que es sustancial tomar las medidas adecuadas que puedan contribuir a resultados convincentes y efectivos […]”

“Por otra parte, si bien es cierto que entre las sanciones contempladas por el Código Urbano, existe la demolición, también es cierto que la fracción II del artículo 133 de este instrumento, señala que si las acciones se ejecutaron con autorización, licencia o permiso expedido por autoridad competente, el costo de los trabajos de demolición, será a cargo de la autoridad responsable y los propietarios o poseedores a título de dueño, tendrán derecho a la indemnización sobre pago de daños. Sobre este particular, resulta muy difícil estimar el costo económico que pudiera representar para la administración municipal…”

Fuente: Gaceta Municipal de Guadalajara, 2 de marzo de 2016

martes, 21 de agosto de 2018

Denuncian vertedero en Atemajac que daña el bosque


Vecinos aseguran que la Semadet eximió de presentar evaluación de impacto ambiental aunque se ubica en zona boscosa.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

El tiradero municipal de Atemajac de Brizuela, enclavado en el predio La Topomina y El Carrizal, es un grave riesgo ambiental por ubicarse contiguo a una zona de bosque, y a praderas donde pasta ganado y se hacen labores agrícolas, denunció el presidente de la asociación civil Custodios del Bosque y Amigos de la Naturaleza, Guillermo Dávila Trinidad.

El activista, en compañía de sus abogados, dijo que para reabrir el sitio, que había sido cerrado hace casi quince años, la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial eximió al Ayuntamiento de Atemajac de Brizuela de presentar manifestación de impacto ambiental, lo que considera una seria irregularidad, dado que la zona del predio es contigua a manantiales, hay un centro de población a menos de dos kilómetros, el terreno tenía árboles y domina la parte alta de una cuenca, lo que significa que puede contaminarla. De acuerdo a los datos geohidrológicos, la zona aporta hacia el sitio Ramsar Laguna de Atotonilco, el cual es parte de los humedales prioritarios internacionales cuya conservación es compromiso del gobierno mexicano.

“Cuando hicieron por primera vez el vertedero, hace quince años, recuerdo que una vaca comió de la basura y se le murió al dueño, y este, por supuesto, interpuso recursos y demandó el asunto […] el ayuntamiento habían recibido dinero de un programa que se llamaba Jalisco Limpio, y aún así, el tiradero fue cerrado cuando se demostraron los daños ambientales que estaba ocasionando”, explicó.

El proyecto de reapertura fue presentado a la Semadet como “rehabilitación”; en el documento se pide la exención de la MIA, lo que admite la dependencia estatal por haber sido pagado el derecho a la exención, haberse entregado el proyecto ejecutivo de un relleno sanitario sobre 15,254 metros cuadrados, un contrato de arrendamiento y la copia del decreto por el que se creó un organismo público descentralizado denominado Sistema Intermunicipal de Manejo de Residuos Sólidos Urbano Sierra Sur, para operarlo.

El proyecto incluye “obras especiales de protección”, licencia municipal de relleno sanitario, dictamen de trazos, usos y destinos. “El proyecto fue emplazado en una cañada natural por la cual, durante la temporada de lluvias corría un arroyo intermitente. Las escorrientías que antes corrían en esa cañada son desviadas por las obras especiales de protección pluvial que las conducen por los costados norte y sur del predio hacia la continuación de la cañada, al oreste del proyecto” (sic). 

Así, asegura la Semadet que “está fuera de los supuestos de evaluación en materia de impacto ambiental dado que no se causarán desequilibrios ecológicos, las afectaciones al ambiente y los impactos serán mínimos y podrán ser prevenidos o mitigados” (expediente 3111, oficio SEMADET DGPGA/DEIA número 2880279/2016).

Con base en eso, la Semadet dicta normas a cumplir y permite que se haga la reapertura. Esto no convence a los vecinos, que además, aseguran que la vida del SIMAR Sierra Sur ya ha fenecido, porque el Ayuntamiento de Tapalpa quedó fuera. Y en todo caso, ni los vecinos fueron consultados ni existe la certeza de que no habrá daños. Exigen que no se permita operar al vertedero, lo que ocurre desde el pasado 7 de agosto.

miércoles, 8 de agosto de 2018

Juez paraliza las licencias en la zona inmobiliaria más codiciada


La verticalización está suspendida por amparo, pero la impugnará el ayuntamiento; asegura que el TAE podría conceder licencias para edificios más altos.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

Como “los vecinos de una colonia tienen interés en que los planes parciales de desarrollo urbano no contravengan las leyes, reglamentos o programas, ni que originen un deterioro a la calidad de la vida de los habitantes”, la juez primero de distrito decidió otorgar “suspensión definitiva” a los quejosos, aglutinados en el Parlamento de Colonias, contra los planes parciales emitidos por Guadalajara en enero de este año en relación al distrito II, Minerva, el más codiciado por los desarrolladores inmobiliarios de la ciudad.

En el incidente de suspensión del juicio de amparo 532/2018, la juez Hortencia María Emilia Molina de la Puente definió que la aplicación de los diez nuevos planes parciales de la zona, donde se ubica el grueso de los desarrollo verticales de lujo de la capital de Jalisco, se suspenderá, y se deberán aplicar los ordenamientos anteriores, que datan de 2003.

“Para el efecto de que las autoridades responsables, en el ámbito de sus atribuciones, se abstengan de autorizar u otorgar cambios de usos de suelo, dictámenes de trazos usos y destinos, licencias de urbanización o reurbanización, licencias de edificación o construcción, licencias o dictámenes de habitabilidad y licencias de giros, basadas en el Plan Parcial de Desarrollo Urbano impugnado, en el entendido de que a fin de que no se paralice por completo la actividad administrativa de la materia, y no se dejen de otorgar licencias, permisos o autorizaciones; las autoridades al autorizar los que se soliciten, deberán continuar aplicando la normatividad urbana y los planes que estaban vigentes hasta antes de la aprobación de los planes aquí impugnados”, dice el resolutivo, firmado el pasado 3 de agosto y hecho público el lunes siguiente, 6 de agosto.

En mayo pasado se otorgó la suspensión provisional, que fue combatida por 16 constructoras y por el Ayuntamiento de Guadalajara. La juzgadora consideró esta ocasión que hay elementos suficientes para acreditar riesgos irreparables al ambiente, caso particular del agua subterránea de la zona, para lo cual, se analizó un dictamen técnico elaborado por el Instituto de Investigaciones Tecnológicas del Agua Arturo Gleason Santana AC, donde se estudian edificaciones específicas cuyo sistema constructivo, sobre todo en la cimentación y la construcción de pisos subterráneos, ha llevado a alterar el flujo naturales de los mantos del subsuelo.

La decisión se fortalece con “la documental exhibida por los quejosos, consistente en la inspección judicial desahogada dentro del incidente de suspensión del diverso juico de amparo 381/2015, del índice del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo, aparece que el actuario judicial percibió por medio de los sentidos en cuanto a los puntos en que se ofreció dicha prueba, por lo que describió lo que encontró en los lugares donde se constituyó, en lo que aquí interesa, por ubicarse dentro de la zona urbana en que resultan aplicables los planes parciales impugnados, que en el predio ubicado entre los números 2786 y 2834 de la Avenida Pablo Neruda, se trata de una excavación profunda, y en la base de la misma advierte que escurría agua del propio piso del fondo del terreno y a un costado de dicho lugar, un aparato de color rojo al cual se encontraban conectada mangueras, además de que no apreciaba que se realizara ampliación o creación de parque o área verde alguna”.

Pero además, “es procedente conceder la suspensión definitiva, tomando en consideración que los Planes Parciales de Desarrollo Urbano implican transformación espacial y social en el territorio al que se aplicarán, en tanto que modifican los usos del suelo, las densidades de población, los coeficientes de ocupación y utilización del suelo, y con ello generan un impacto directo sobre la vida de las personas o comunidades que habitan en el territorio en que se aplican, por lo que pueden generar una posible afectación de sus derechos humanos”.

De ahí “que aun cuando por regla general no procede conceder la suspensión para el efecto de paralizar la aplicación de los instrumentos de planeación urbana, como los aquí impugnados, cuando se alegue que de aplicarse se corre el riesgo de causar daños irreparables al medio ambiente y a la salud, debe concederse la suspensión, no para que se paralice por completo la actividad administrativa de la materia, ni se dejen de otorgar licencias, permisos o autorizaciones; sino sólo para que los que se soliciten a partir del dictado de la sentencia, se tramiten y resuelvan de acuerdo a los planes anteriores y sin aplicar las normas que se tildan de inconstitucionales, con lo cual se salvaguarda el interés social que existe en ese aspecto”, agrega.


¿Quiénes serán afectados por la medida judicial? En el expediente, están disponibles dictámenes de trazos, usos y destinos específicos emitidos por la Secretaria de Obras Públicas del Ayuntamiento de Guadalajara con base en los nuevos planes; allí “se advierte que se determinó compatible las solicitudes presentadas por los interesados descritos en cada una de ellas para las construcciones ahí indicadas, que comprenden casa habitación, hotel, motel, bar y restaurante, vivienda vertical [departamentos], vivienda plurifamiliar vertical, habitación vertical, habitacional plurifamiliar vertical; ampliación de hospital; comercios y servicios; estacionamientos públicos; departamentos; cervecería; habitacional plurifamiliar densidad media H3-V; condominio vertical-departamentos; edificio de departamentos; torre de departamentos; ampliación de cuartos hotel; oficina de distribución y bodega; edificio corporativo, oficina, comercio y habitacional; distribuidora automotriz con taller de servicio y oficinas; vivienda vertical 60 unidades”.

Esto no es el final de la historia. Los afectados, particulares y el Ayuntamiento de Guadalajara, tienen medios para tratar de echar abajo la suspensión definitiva o que sea modificada. Pero por ahora, lo que rige son los planes parciales de 2003.

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Claves 

El daño hidrológico

“La aplicación de los planes reclamados, si derivaría en la construcción de edificaciones altas provoca daños al funcionamiento hidrológico de la zona y a los sistemas hidrosanitarios urbanos y domésticos; y que son síntomas de un trastorno al dicho ciclo hidrológico, entre otros, bombeos a los colectores de escurrimientos subterráneos que brotan en los sótanos”

“…continuar construyendo edificios altos sin considerar el sistema natural hidrólógico y el funcionamiento de la infraestructura hidrosanitaria instalada, pondrá en juego la disponibilidad de agua para consumo humano en el futuro y la vulnerabilidad a los desastres por inundaciones o contaminación se elevará continuamente, aunado a que el crecimiento urbano en la cuenca del Río Atemajac, subcuenca Montevideo y microcuenca Country Club, son territorios que ya han sido alterados hidrológicamente” “…

Cuando las edificaciones y urbanizaciones, cambios de uso del suelo u otros aprovechamientos de fincas que contravengan las leyes, reglamentos, programas o planes de desarrollo urbano aplicables, que originen un deterioro a la calidad de la vida de los asentamientos humanos, los habitantes y propietarios de predios y fincas del área que resulten directamente afectados, tendrán derecho a exigir que se lleven a cabo las suspensiones o modificaciones ante la autoridad competente o superiores jerárquicos correspondientes…” (Artículo 357 del Código Urbano de Jalisco).

Fuente: Dictamen del Instituto de Investigaciones Tecnológica del Agua Arturo Gleason Santana AC Ayuntamiento revira: será contraproducente para vecinos

Ayuntamiento revira: será contraproducente para vecinos

El Ayuntamiento de Guadalajara no ha sido notificado de la suspensión judicial en contra de sus planes parciales de la zona Minerva, pero anunció ayer que prepara su defensa. Señaló que la aplicación de los planes de 2003 regresan el poder al Tribunal Administrativo, y eso podría derivar en licencias de construcción para torres aún más altas que las impedidas por el amparo.

“La elaboración de los planes parciales de Guadalajara, aprobados en diciembre del año pasado, fue apegada a derecho y se llevaron a cabo con la participación de la ciudadanía en general a través de los foros de consulta, así como de las asociaciones vecinales legítimamente reconocidas en las diversas colonias del municipio. Los nuevos planes, alineados al POTMet [Plan de Ordenamiento Territorial Metropolitano], establecen un modelo de ciudad compacta y sostenible que, contrario a lo manifestado por el Parlamento, reducen la afectación al medio ambiente, al disminuir los tiempos de traslado y por lo tanto, las emisiones contaminantes de los vehículos de motor. Al impedirse su aplicación en el Distrito 2, se continuaría con un modelo de ciudad expansiva de la mancha urbana que implica la devastación de mayores áreas verdes, lo que es mucho más perjudicial para el sistema hidrológico, al disminuir también las superficies disponibles para la absorción del agua pluvial que permite la recarga de los mantos freáticos”, señaló en un comunicado de prensa.

Además,” impedir la aplicación de los citados planes parciales aprobados en diciembre de 2017, y obligar al ayuntamiento a aplicar los anteriores que datan ,en algunos casos, del año 2003, dejaría a la ciudad en manos del Tribunal de Justicia Administrativa de Jalisco, pues el Código Urbano del Estado, permite que éste deje de aplicar lo establecido en un plan parcial que tenga una vigencia mayor a 6 años, pudiendo así autorizar edificaciones en alturas incluso mayores a las permitidas en los planes parciales aprobados en 2017 y sin cumplir con las normas de control a la edificación y condiciones de alturas en éste establecidas”.

El Parlamento de Colonias “ha presentado en total seis demandas de amparo impugnando los ocho subdistritos del Distrito 1, los 10 subdistritos del Distrito 2 Minerva, los cuatro subdistritos del Distrito 6 Tetlán, así como los subdistritos Colomos Providencia, Country y Moderna”, pero de todas éstas, “únicamente les había sido concedida suspensión en tres casos, incluido el Distrito 2 que ahora nos ocupa, y en todos ellos los Tribunales Colegiados, en atención a los medios de defensa promovidos por el Ayuntamiento, ordenaron revocar las suspensiones”. Es decir, la autoridad municipal confía en ganarlo.

miércoles, 18 de julio de 2018

Suspenden torres por afectar un loro en peligro de extinción


Colegiado vuelve a corregir a juez y concede suspensión provisional a vecinos del oriente de Guadalajara contra megaproyecto.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

La presencia de una especie de ave psitácida en peligro de extinción según la norma oficial mexicana 059, el loro de corona lila (Amazona finschi), en el parque San Rafael, al oriente de Guadalajara, fue una de las pruebas que llevaron al Quinto Tribunal Colegiado de Distrito del Tercer Circuito a determinar conceder la suspensión provisional para que se congele la construcción de “nueve a trece torres” en el predio privado vecino del área verde, que antes alojaba al club Chivas San Rafael.

En una acción jurídica sin precedentes en la historia judicial de Jalisco, los magistrados decidieron por unanimidad que debía suspenderse el efecto de las licencias concedidas por el Ayuntamiento de Guadalajara, sin necesidad de algún depósito de fianza, bajo la premisa que la preservación de especies así como la conservación ecosistémica son de interés público, por lo que una construcción privada no puede tener prioridad jurídica.

Esta es la resolución de una queja, 232/2018, interpuesta por los vecinos contra la resolución del juez 1 de distrito en Materia Administrativa y del Trabajo (198/2018), quien el 15 de junio pasado negó la suspensión provisional solicitada.

Los vecinos reclaman suspender las licencias para la construcción de nueve a 13 edificios “de uso Habitacional Plurifamiliar Vertical, denominado Torres San Rafael”, Zona 06 Tetlán, de Guadalajara, con torres de catorce niveles y un centro comercial. El índice de edificación da para construir 1,576 a 855 unidades de vivienda, según el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, de 2011.

Los magistrados señalan en su resolución, del 4 de julio pasado, que “el objeto primordial de esta providencia cautelar es mantener viva la materia del juicio constitucional, impidiendo que el acto que lo motiva, al consumarse irreparablemente, haga ilusoria para el agraviado la protección de la Justicia Federal, evitándole los perjuicios que la ejecución del acto que reclama pudiera ocasionarle durante el tiempo que tome la tramitación del juicio; así, por virtud de la suspensión, el acto que se reclama queda en suspenso, mientras se decide si es violatorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Entre las pruebas entregadas al juez esta una copia certificada “del documento denominado Inventario de Aves del Parque San Rafael, Guadalajara, Jalisco, donde se establece que el Loro Corona Lilia y otras especies en peligro de extinción ahí habitan”; el cambio del entorno puede favorecer su extinción, lo cual es jurídicamente “de difícil reparación”.

Por eso, el Tribunal Colegiado “determina que lo procedente es conceder la suspensión provisional a las solicitantes, para el efecto de que se paralice la edificación autorizada mediante la licencia expedida por el Director de Obras Públicas y el Director del Área de licencias y permisos de construcción del Ayuntamiento de Guadalajara, relativa a la construcción de una obra plurifamiliar vertical […] las autoridades responsables están obligadas a paralizar temporalmente los efectos y ejecución de dichas autorizaciones, permisos o licencias, y a vigilar que la tercera interesada [la constructora] observe la suspensión…”.

La medida cautelar surte efectos mientras se resuelva el incidente de de suspensión. Y señala que no es exigible alguna garantía porque el medio ambiente sano es un derecho superior a tutelar por encima de un negocio privado.

Los vecinos reclaman que Guadalajara fue notificado desde el 9 de julio, y que no ha hecho respetar la medida.

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Claves 

Derecho a medio ambiente 

Jurisprudencia 2a./J. 19/2017 (10a.) de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, obligatoria en términos del numeral 217 de la citada legislación

“El acceso a un recurso efectivo en materia ambiental, tutelado por el principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en conjunción con la directriz 20 de las Directrices para la elaboración de legislación nacional sobre el acceso a la información, la participación del público y el acceso a la justicia en asuntos ambientales, Directrices de Bali, implica que deban tomarse todas las medidas necesarias para eliminar o reducir los obstáculos financieros relacionados con la justiciabilidad del derecho a un medio ambiente sano”

En ese sentido,” la suspensión de los actos que lesionen ese derecho no debe encontrarse, generalmente, a expensas de la exhibición de una garantía, ya que ésta no sólo podría resultar gravosa para el particular constituyéndose en un obstáculo financiero para su justiciabilidad, sino que, de no otorgarse, permitiría la ejecución de actos susceptibles de acarrear un daño irreversible o indebido a la biodiversidad, afectándose con ello a la colectividad, en su conjunto”

Para para determinar si debe eximirse al quejoso de otorgar la caución, “los juzgadores de amparo deberán atender a lo siguiente: (I) la violación a dicho derecho debe constituir un aspecto medular del juicio de amparo; (II) el planteamiento deberá encontrarse dirigido a combatir una verdadera afectación al medio ambiente; (III) la afectación aducida deberá ser actual o inminente, y no meramente hipotética o posible; (IV) la vulneración al medio ambiente debe ser una consecuencia directa e inmediata del acto reclamado; y (V) no deberá eximirse del otorgamiento de la garantía cuando el acto reclamado genere un beneficio de carácter social, como en el caso de obra de infraestructura pública, o cuando responda a un esquema de aprovechamiento sustentable; cuestión que corresponderá acreditar a la autoridad responsable al rendir su informe previo”

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 40, Marzo de 2017, Tomo II, página: 1199, registro: 2013959

viernes, 8 de junio de 2018

Colegiado concede suspensión a favor de parque de Arboledas


Los vecinos que se oponen a la entrega de 60% del parque tuvieron ayer roces con la policía.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

La comunidad indígena de Santa María Tequepexpan intervino en el conflicto por la propiedad de un parque público en la colonia Arboledas Sur, en Guadalajara, donde el ayuntamiento local ha entregado a una inmobiliaria 60 por ciento de un predio de 7.9 hectáreas aludiendo imposibilidad jurídica de recuperarlo. Los comuneros obtuvieron una suspensión de plano de un tribunal colegiado, que evita, por el momento, que culmine la entrega a los particulares del área verde.

Esto emana del juicio de amparo 1545/2018, que en un auto del 28 de mayo pasado, el Juzgado Tercero de Distrito le negó la suspensión, por lo que la comunidad interpuso queja, que bajo el número 185/2018, se tramitó ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, “hoy (ayer) se resolvió en sesión un acuerdo en el sentido de revocar el acuerdo previo del juez tercero de distrito, el efecto que determinan es que ponen fin al incidente de suspensión y conceden la suspensión de plano”, señaló el representante de los quejosos, Pedro León Corrales, del Instituto de Derecho Ambiental (Idea).

Una de las pruebas valoradas por los magistrados fue la constancia de avecindados y posesionarios sobre los predios Agua de Coyotes, Arboledas del Sur y cerro de Santa María, es decir, habría indicios de que se trata de superficie de la comunidad indígena, y como tal, de acuerdo al artículo 27 constitucional, es “inalienable, imprescriptible e inembargable”, por lo que en su caso, no opera ni siquiera la prescripción (usucapión).

“ El Primer Tribunal Colegiado abordó el tema completo y el sentido es considerar fundada la queja, revocar el acuerdo dejar sin efectos el incidente y conceder la suspensión de plano (…) el Ayuntamiento de Guadalajara rindió informe previo y dice que no ha ordenado ningún acto pero tiene fuerza pública obstruyendo la presencia de avecindados, posesionarios y comuneros y pretendiendo reducir el bosque de Arboledas, es decir, se prepara el terreno para un desarrollo inmobiliario vertical, hoy derribaron pequeños árboles y tienen marcados 200 árboles más para derribo”, añadió el dirigente agrario.



La constancia de posesión y reconocimiento de los vecinos fue emitida por la “comunidad indígena de hecho” (tiene en proceso el procedimiento de titulación) el 15 de mayo de 2018. Allí se apuntan que los vecinos que defienden el área verde están dentro de los bienes comunales: “los terrenos comunales que tienen en posesión los avecindados y posesionarios, son de los predios del Cerro de Santa María y de Agua de Coyotes, con una superficie aproximada de 43 hectáreas y 7 hectáreas respectivamente, cuyas medidas y colindancias se encuentran identificadas en los planos 1 y 2 que se anexan a la presente constancia y forman parte del cuerpo de la misma. Se hace constar igualmente que en el cerro de Santa María se ubica un sitio sagrado de la comunidad y en Agua de Coyotes se ubica el bosque de Arboledas del Sur”.

Además, “tienen el carácter de terrenos imprescriptibles, inembargables y que no pueden enajenarse o venderse, son de uso común y su finalidad es la conservación, protección, restauración, preservación de los recursos naturales que allí existen y la recarga de agua, por lo que se prohíbe su urbanización y solamente se construirá aquella infraestructura que vaya acorde a la finalidad de los cerros aquí establecida”.

Los vecinos de Arboledas del Sur tuvieron roces ayer con la policía tapatía que custodia el lugar.


miércoles, 6 de junio de 2018

Denuncian a Caabsa por competencia desleal


Empresas que manejan residuos especiales señalan que Jalisco Limpio, subsidiaria de Caabsa, no paga disposición final de desechos

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

La Asociación de Profesionales en el Manejo de Residuos de Jalisco denunció hoy que la empresa recolectora Caabsa Eagle se beneficia de su buena relación con el Ayuntamiento de Guadalajara para que su recolectora de residuos especiales, Jalisco Limpio, haga competencia desleal a las empresas del ramo y utilice la estación de transferencia que opera su matriz para evitar pagar la disposición final, lo que abarata sus costos.

En conferencia de prensa, el presidente de la asociación, Rolando Payán Rentería, mostró fotografías como evidencia de que los camiones de la empresa recolectora y los que posee el propio ayuntamiento, se intercambian ese tipo de residuos, que no son parte del contrato de Caabsa por tratarse de desechos de actividades comerciales e industriales, catalogados como “no peligrosos” y por ende, que no deben ser manejados con base en legislación federal.

La ganancia es doble para Caabsa, aseguró el empresario, pues a la par que obtiene el negocio de un ramo para el cual no tiene contrato, a través de Jalisco Limpio, logra “inflar” la cuenta de lo que se recolecta y cobra al ayuntamiento.

“En el contrato de concesión no hay ninguna cláusula que indique que la estación de transferencia debe ser utilizada para la recepción de residuos de manejo especial a través de empresas particulares, Jalisco Limpio es una empresa privada como las que representamos nosotros, sólo que Jalisco Limpio es de Caabsa Eagle”. Esto trae como efecto un daño en la actividad empresarial a que se dedican las empresas del ramo, y un posible daño al erario: el promedio de basura recolectada por habitante en México es de 800 gramos al día, algo similar a lo que arroja el municipio de Zapopan, casi tan urbanizado como Guadalajara. Pero con la “engorda” de residuos no domésticos que recibe Caabsa, el promedio tapatío se va a 1,300 gramos.

Para el dirigente empresarial, esto es demasiado, porque significa más de 50 por ciento en comparación al promedio, lo que indica este manejo irregular de la basura de la ciudad.

martes, 29 de mayo de 2018

Juez federal suspende planes parciales en distrito Minerva


El Parlamento de colonias logra detener con una medida cautelar la renovación de planes en la zona más codiciada de la ciudad.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO.

El Parlamento de Colonias y las asociaciones vecinales de once fraccionamientos enclavados en el distrito 02, Minerva, anunciaron esta mañana que los planes parciales 2018 publicados en enero pasado por el Ayuntamiento de Guadalajara, para esa demarcación, han sido suspendidos en su vigencia por orden del juez Primero de Distrito en Materia Administrativa y del Trabajo, al que acudieron para reclamar sus presuntas anomalías que afectan los derechos constitucionales de los vecinos.

Se trata de las asociaciones de vecinos de Country Club AC, Vallarta Poniente, Jardines del Bosque Norte, colonia Ladrón de Guevara, Jardines del Country 2° Sección y Colomos Providencia, además de vecinos de Jardines del Bosque Parque de las Estrellas, Vallarta Sur, Country Club, Providencia Norte, Vallarta San Jorge y Jardines de los Arcos, “inconformes con los aberrantes e ilegales planes parciales que permiten y mezclan de manera discrecional todo tipo de giros comerciales e industriales con zonas habitacionales, edificaciones verticales al interior de las colonias y no respetaron ni atendieron las observaciones realizadas en la consulta pública”.

Los quejosos “acudimos ante la justicia federal a interponer juicio de amparo indirecto de manera colectiva contra los planes parciales, la cual fue turnada al Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, en donde se concedió la suspensión provisional”. Te recomendamos: Vecinos y consultores respaldan planes parciales 2018

Esta tiene los siguientes efectos: “…por tanto, al realizar una ponderación de la apariencia del buen derecho, la no afectación al interés social y la no contravención de disposiciones de orden público, se estima que en el caso resulta procedente conceder la suspensión provisional para que las cosas se mantengan en el estado que actualmente guardan, esto es, para que las autoridades señaladas como responsables se abstengan de ejecutar los planes parciales de desarrollo urbano del Distrito Urbano 2 Minerva, Subdistrito Urbano 1, Colomos; Subdistrito Urbano 2, Colomos Providencia; Subdistrito Urbano 3, Country; Subdistrito Urbano 4, Jardines Del Country – Atemajac; Subdistrito Urbano 5, Colinas De San Javier; Subdistrito Urbano 6, Circunvalación – Vallarta; Subdistrito Urbano 7, Arcos – Ladrón De Guevara; y Subdistrito Urbano 10, Bosques de la Victoria, publicados mediante decretos D 82/17/17, D 82/18/17, D 82/19/17, D 82/20/17, D 82/21/17, D 82/22/17, D 82/23/17, D 82/24/17, D 82/25/17 y D 82/26/17, de la sesión ordinaria celebrada el 11 de diciembre de 2017 y publicado en la Gaceta Municipal de Guadalajara, Jalisco, el cinco de enero de 2018.Lo anterior, hasta en tanto se resuelva lo relativo a la suspensión definitiva de los actos reclamados”, señala la resolución judicial.

Esta medida cautelar “fue emitida en base a los criterios aislados emitidos por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa al resolver la impugnación de los planes parciales del año 2015, mismos que fueron controvertidos por el Parlamento de Colonias y diversas asociaciones civiles y vecinales, en donde se emitieron diversos criterios orientadores para los Juzgados de Distrito en donde establecen que cuando se acredite alguna afectación al medio ambiente es posible conceder suspensiones contra la aplicación de los planes parciales, por lo que la suspensión provisional concedida por la Juez de Distrito se concede en el entendido de que el otorgamiento de la suspensión, no implica que se detenga por completo la actividad administrativa en la materia, ni que se dejen de otorgar licencias, permisos o autorizaciones, sino sólo que las que se soliciten a partir de esta fecha, se tramiten y resuelvan de acuerdo con los planes anteriores, esto es los del año 2003”.

De este modo, se formaliza el primer enfrentamiento judicial entre vecino inconformes y la autoridad municipal, que pretende transformar los usos de suelo en aras de la redensificación de la ciudad. El Distrito Minerva, que no posee infraestructura de transporte masivo, tiene el valor por metro cuadrado más alto de Guadalajara y es la zona más codiciada para desarrollar proyectos inmobiliarios de lujo.

miércoles, 4 de abril de 2018

Poder Judicial reconoce personalidad a comuneros


La juez 1 de distrito aplica de forma favorable a los comuneros la Ley de Amparo y suspende extracción de areneros

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

La personalidad jurídica de la comunidad indígena San Lorenzo de Azqueltán es dudosa para el presidente municipal de Villa Guerrero, pero la juez primero de Distrito en Materia Administrativa y del Trabajo de Zapopan, Hortencia María Emilia Molina de la Puente, no tuvo dudas al respecto, al conceder una suspensión judicial a favor de los comuneros en el conflicto por la extracción de arena, el pasado 28 de marzo.

“…personalidad que se le reconoce de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Amparo, como acreditan con copia certificada del auto [del] 23 de septiembre de 2015, emitido dentro del expediente 38/16/2015 del índice del Tribunal Unitario Agrario del distrito 16…”, señala el documento de la suspensión.

“Me parece importante la consideración que hace el juez del derecho a la suspensión derivado de la personalidad jurídica que tiene, la cual niegan las otras partes empezando por el gobierno municipal”, señala el asesor de la comunidad, Cristian Chávez.

“Es la segunda suspensión que han logrado, la primera fue sobre obras que estaba haciendo el gobierno municipal de protección de suelos, usando para barreras piedras ceremoniales del cerro Colotlán, uno de los principales lugares sagrados de los tepehuanos y que está muy cerca del pueblo. Hay miles de piedras labradas”, añade.

Es clave la personalidad jurídica de la comunidad indígena “para entender la división en la comunidad, pues el proceso de reconocimiento y titulación de los bienes comunales ya se había incluso ejecutado por nueve mil hectáreas de las 94mil que tiene el título, el cual conservan el original escrito en piel, pero por amparo de unos supuestos propietarios, se turnó al tribunal agrario para que resolviera, el cual revirtió a una dotación de ejido pero dejo a salvo los derechos sobre las tierras comunales, las cuales son materia del juicio agrario que mantiene la comunidad […] es decir, todos son de la comunidad, pero hubo un momento en la historia [1990-2010] que no sabían que eran, ejidatarios, comuneros o pequeños propietarios”, clarifica

Los comuneros impidieron la extracción de arena de arroyos de la comunidad, con un plantón el pasado 19 de marzo. La decisión de la juez, nueve días después, fue legalizar ese impedimento, “de conformidad con el diverso 126 de la Ley de Amparo, al tratarse de un asunto promovido por la comunidad indígena autónoma wixárika-tepehuana de San Lorenzo Azqueltán”.

MC

martes, 13 de febrero de 2018

Manifestación masiva contra privatización de playa en San Pancho


Mil vecinos tomaron las calles del poblado de Riviera Nayarit contra desarrollo Punta Paraíso.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

El encono entre los pobladores de San Francisco, Nayarit, y los desarrolladores de Punta Paraíso, Carlos Lemus y Francis Bast, llegó ayer a las calles, de un modo que no conoce la historia de este asentamiento enclavado a la orilla del océano Pacífico, y fundado por los ingenieros del presidente Luis Echeverría en los años setenta del siglo pasado: casi mil personas se manifestaron contra lo que estiman es un despojo de la playa pública.

La población de San Pancho, “se ha organizado para manifestar pública, abierta y pacíficamente su repudio total al despojo de al menos 1200 metros cuadrados de playa, consecuencia directa del avance del proyecto”, advirtieron los organizadores de la protesta.

Los manifestantes solicitaron “la intervención de las autoridades federales de oficinas centrales de la Semarnat, específicamente de la Dirección de Zonas Federales Marítimo Terrestres y Ambientes Costeros quienes, de manera poco escrupulosa, aprobaron que el predio donde se desplanta el referido proyecto avance al menos 15 metros sobre la playa pública argumentando que la playa ha crecido y se pueden generar Terrenos Ganados al Mar, una figura legal que permite que las zonas federales sean privatizadas aun en detrimento del bien común”.

La obra, de acuerdo a los datos de los quejosos, “pretende construir cuarenta y cuatro condominios frente a la playa, y fue aprobada mediante una Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) por la Semarnat Nayarit”; los vecinos señalan que en el resolutivo hay “serias irregularidades, como negar que la zona haya recibido anidación de tortugas marinas en los últimos cinco años, lo cual es totalmente falso”.

Por si fuera poco, “la MIA fue elaborada por el despacho del actual Director de Desarrollo Urbano Municipal y firmada por la esposa del mismo se considera que no existen las condiciones para garantizar que esas figuras de autoridad no tenga serios conflictos de intereses”.

Los manifestantes quienes clausuran la obra “de forma ciudadana y pacífica”, y exigieron a las autoridades que intervengan y “detengan el controversial proyecto hasta que no se rectifique el despojo que San Pancho ha sufrido en su playa pública y la misma sea devuelta al pueblo en su totalidad”.

Si no se da marcha atrás, “cerca del 30 por ciento de la playa se podría perder de manera irremediable poniendo en riesgo la integridad de todos sus habitantes al disminuir la duna costera y modificar sus dinámicas naturales, como se ha hecho en otros destinos como Barra de Navidad, Jalisco, donde las edificaciones sobre la duna han acabado con la playa”.

Una de las modalidades con la que pretenden enfrentar el problema es que el gobierno estatal nayarita “solicite la zona federal marítimo terrestre, de la playa de San Pancho en destino, esto, con el fin de garantizar la protección de la zona de playa y su uso público a perpetuidad, fundamental en un destino de sol y playa”, destacaron los quejosos en un comunicado de prensa.

En una semana se espera la visita del presidente Enrique Peña Nieto a Nayarit. Los moradores de San Pancho esperan abordarlo o al menos hacer visibles sus demandas, en lo que estiman es un caso de “tráfico de influencias” de los desarrolladores.

GPE

miércoles, 10 de enero de 2018

CEDHJ retoma caso Atacco; la alternativa, “paralizada”


El vertedero sigue en operación y las obras de planta de transferencia están sin terminar; destacan tibieza del ombudsman.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

Pasó el año completo y el tiradero de Atacco no fue cerrado. Aunque el gobierno del estado aportó 2.5 millones de pesos para la construcción del centro de transferencia en La Frontera, la obra civil estaba parada ayer. Los camiones recolectores seguían arribando al viejo vertedero y los miembros del consejo civil de esa localidad, que ha debido soportar el depósito por dos décadas, a costas de su calidad de vida, acudieron a Guadalajara, a reclamar la inacción a la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDHJ) y a la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (Proepa).

"Se han tenido reuniones con personal de la comisión y con el procurador ambiental; con ambos estuvimos más de una hora y les planteamos la necesidad de que ya se atendiera de forma seria el caso, porque hay una total incomunicación con el presidente municipal y los plazos que se han ido definiendo no han sido cumplidos", dijo el representante legal de los quejosos, Guadalupe Espinoza Sauceda.

Por la mañana, se apersonaron en el área de seguimiento de la CEDHJ, con un funcionario llamado Porfirio Rodríguez Torres, quien quedó de retomar el asunto con base en el expediente 10956/16/III. También se entregó una ampliación de la queja 8097/17/III, en la que se destaca la desatención a sus derechos, "no obstante que llegamos a una etapa de conciliación con el gobierno del estado de Jalisco, hemos observado un estado de pasividad de las autoridades del estado, lo que es aprovechado por el ayuntamiento de Tapalpa. Pero lo peor del asunto es que ésta CEDH ha entrado en esta misma sinergia de pasividad dejando a nuestra comunidad desguarnecida y a nuestra suerte", señala el escrito de tres páginas.

Añaden que no hay una verdadera protección a sus garantías sobre todo en el tema de medio ambiente y salud.

Las evidencias agregadas: el convenio para resolver la contingencia ambientalen un lapso de seis meses, que vencía en abril de 2017; "se estableció el compromiso de llevar a cabo obras de remediación tales como sanear la cuenca del río que está contaminado por la basura y que pasa por la población de Atacco; limpiar de 'voladuras' los predios circundantes; circular el terreno y dar uso adecuado a la fosa de lixiviados y de cadáveres de animales. Sobre todo, tapar diariamente con capas de tierra la basura que se va depositando".

Se dotaría a Tapalpa de una patrulla para que estableciera su base en Atacco; además, proporcionar una ambulancia para la misma base, y se respetaría la "integridad física y moral" de los moradores. Los compromisos no se cumplieron. Se fijaron nuevas prórrogas. No hubo el trabajo del ombudsman para que ayudara a una eficaz presión. Y los avances físicos de las obras comprometidas son considerados insuficientes por los quejosos.

Al compromiso de cambiar su actuación que tuvo el funcionario de la CEDHJ, se agrega el del procurador estatal del ambiente, José Rentería González, quien ayer se comprometió a regresar a la población para detallar los compromisos ambientales asumidos por el ayuntamiento y el grado de su cumplimiento. Para los miembros del consejo de Atacco, es como volver a empezar.

SRN

martes, 2 de enero de 2018

Vecinos acusan al ayuntamiento de negociar sus áreas verdes



Convenio para evitar un juicio civil irrita a grupo vecinal, que los ve como legitimación de un despojo.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

Presuntos intereses creados y fortalecidos durante las administraciones municipales de Fernando Garza Martínez (2000-2003) y de Ramiro Hernández García (2012-2015) ocasionaron que el Ayuntamiento de Guadalajara no pudiera evitar el despojo de un área verde de 7.9 hectáreas, según argumentó en agosto pasado el ahora presidente municipal con licencia, Enrique Alfaro Ramírez, a los vecinos de Arboledas del Sur.

Luego, les presentó como un logro la recuperación de 40 por ciento de esa superficie, mediante un convenio con la constructora a la que se había querellado en un juzgado civil. Pero un grupo de avecindados "no le compra" la historia al precandidato a gobernador, pues independientemente del tema de la propiedad, el ayuntamiento contaba con la herramienta de la asignación de uso de suelo para evitar la pérdida del espacio. Y cedió.

Sergio Santana Loza, representante vecinal, dijo a MILENIO JALISCO que el predio "es propiedad del ayuntamiento, por lo que no procede la venta que se llevó a cabo entre los particulares supuestos herederos del señor José Manuel Pérez Luna y Desarrollos Inmobiliarios de 10, SA de CV". Es decir, la compra por la autoridad municipal –originalmente para la construcción de un cementerio- en los inicios de los años 80, es un acto jurídico anterior, y por ser patrimonio público, no podía ser enajenado sin permiso del cabildo y del Congreso.

"El 11 de mayo de 2015, el ingeniero Alfaro Ramírez, en campaña para su postulación como presidente municipal, en compañía de Consuelo Robles y Víctor Sánchez, recorrieron estas áreas con algunos vecinos de la colonia, a los cuales prometió que se harían grandes proyectos para preservar y proteger este bosque. Pero el 8 de agosto del presente año, cuando se da a conocer un decreto que propone la celebración de un convenio judicial entre el municipio de Guadalajara y la Sociedad Mercantil Desarrollos Inmobiliarios de 10, SA de CV, con la finalidad de que se eleve a la categoría de sentencia ejecutoriada y se dé por concluido el juicio civil ordinario radicado bajo el número de expediente 116/2017, en donde el Ayuntamiento de Guadalajara, cede 60 por ciento del área verde antes mencionada a la inmobiliaria, la cual se compromete a realizar obras públicas", explicó.

El 21 de agosto siguiente, "vuelve a visitar Arboledas del Sur, y comparte la información de que este bosque estaba en un litigio que era muy difícil y que el problema era debido a malos manejos de administraciones pasadas, señalando particularmente a Fernando Garza Martínez y a Ramiro Hernández, y que en ese momento ya se tenía ganado 40 por ciento del total del área de 7.9 hectáreas, y que él haría todo lo posible para salvar el bosque completo, buscando una permuta", comentario que juzga "incoherente y falso, ya que días antes ya estaba la publicación de la gaceta, con el convenio donde el Ayuntamiento de Guadalajara y Desarrollos Inmobiliarios de 10 SA de CV, ya se habían puesto de acuerdo en la repartición del bosque". Ese convenio fue aprobado por unanimidad por las fuerzas políticas del ayuntamiento tapatío.

De este modo, el grupo vecinal ve en este convenio un despojo, "dado que apareció un particular como supuesto dueño del predio quien, a su vez, vende a Desarrollos Inmobiliarios de 10 SA de CV, aun cuando existen escrituras que respaldan que esta área pertenece al Ayuntamiento de Guadalajara, ¿en dónde quedaron los proyectos y la promesa realizada en precampaña del Ingeniero Enrique Alfaro Ramírez de proteger el cien por ciento de este bosque?".

La juez XI en Materia Civil validó el convenio conciliatorio, lo que "nos muestra que entonces el juicio no se perdió, sino que se negoció". La información que les dio el entonces alcalde es que Garza Martínez sería socio accionista de la inmobiliaria beneficiada.

"Consideramos que se ha dado una violación colectiva de derechos humanos a los vecinos de esa colonia. Violación de diferentes derechos, - derecho a un debido proceso, derecho a la consulta pública, y derechos socio ambientales vinculados como el derecho a la salud, al medio ambiente sano, a la vivienda adecuada, y el derecho a la ciudad, dado que se está afectando un pulmón fundamental para el sur de la ciudad", afirmó.

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Claves

El contexto

Arboledas del Sur tiene más de 30 años, con 930 viviendas Unifamiliares y un área verde de 7.9 hectáreas, con 2,702 árboles, señalan los vecinos. Piden sea declarada área protegida municipal o estatal

Los vecinos presentaron una queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos el 24 de noviembre de 2017 (expedientes 8432/17/2 a la 8617/17/2) que está en fase de integración

Según el ayuntamiento, las omisiones del gobierno de Garza Martínez en una diligencia de apeo y deslindes, y la aceptación de una donación por el gobierno de Ramiro Hernández, fueron los actos jurídicos que arruinaron los derechos municipales

SRN

martes, 7 de noviembre de 2017

Vecinos demandan recuperar una zona arqueológica con área verde



Casi 450 mil moradores del Zapopan sur padecen una falta de espacios de recreación que se ha recrudecido al privatizarse la zona de Los Padres.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

Miles de habitantes de colonias de origen ejidal de la zona sur de Zapopan, entre anillo periférico, prolongación avenida Mariano Otero y el bosque La Primavera, le demandan al presidente municipal de la demarcación, Pablo Lemus Navarro, el rescate de la zona arqueológica Los Padres, una de las pocas áreas verdes del área, de 8.5 hectáreas aproximadas de superficie, que se ubica en prolongación avenida Guadalupe esquina volcán Quinceo, la cual ha sido privatizada desde julio de 2016.

El apoyo a esta solicitud, entregada por escrito en las oficinas del alcalde, el 22 de noviembre de 2016, y que no ha sido respondida, lo firman los responsables de 31 planteles escolares, el delegado en funciones de Santa Ana Tepetitlán y dos ex delegados de la misma, nueve asociaciones civiles, nueve asociaciones religiosas, dos ligas deportivas, y 51 líderes sociales de la zona.

"Desde la década de los 80, por diferentes medios, miles de familias zapopanas nos asentamos en predios de los ejidos El Colli y Santa Ana Tepetitlán, ubicados en la parte sur del municipio de Zapopan, cuyo perímetro abarca un aproximado de 60 colonias con un promedio de 460 mil habitantes. Hoy en día, las personas que vivimos por esta zona carecemos totalmente de áreas de esparcimiento, lo que limita significativamente el necesario proceso de desarrollo social de la población, en especial el de nuestros niños y jóvenes, por lo que nos preguntamos, ¿qué futuro tiene nuestro municipio con este entorno social adverso?", señalan en la misiva dirigida a Lemus Navarro.

Por ello, denuncian el caso del predio, que forma parte del antiguo ejido El Colli y daba servicio de esparcimiento especialmente a las colonias Miramar, Paraísos del Colli, Balcones del Sol, 12 de Diciembre y Rehilete. "Cabe destacar, que de origen, el predio en cuestión, según consta en archivos de la delegación Jalisco del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), forma parte del patrimonio nacional y se le conoce como zona arqueológica Los Padres. Es importante señalar que durante 30 años, dicha zona estuvo libre como baldío y fue de uso común, ya que la población lo disfrutó siempre con fines recreativos, culturales, deportivos y sociales; pero desde mediados de julio de 2016, un particular circuló una parte con malla ciclónica y nos impidió que nuestros niños, jóvenes y deportistas de todas las edades tengan un modesto espacio para su desarrollo como personas".

Por ello, le piden al alcalde "su valiosa intervención para que el Code Jalisco, por su conducto, vea la forma de adquirir o indemnizar al o los propietarios de dicho predio, cabe señalar que los propietarios están en la mejor disposición de llegar un acuerdo para vender el referido predio".
a uno de los firmantes, entre las que destacan los responsables de planteles escolares, titulares de asociaciones vecinales, responsables de Coplademun (comités de planeación para el desarrollo municipal) y miles de firmas de vecinos.

Aseguran los peticionarios a este diario que no han tenido ninguna comunicación formal del alcalde, ni tampoco del Code o de alguna instancia que pudiera retomar sus demandas. Las colonias populares afectadas viven problemas serios de seguridad pública derivados de la falta de un espacio adecuado para la recreación, por lo que ven en esta carencia un problema serio para su futuro.

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Claves

Las escuelas demandantes

Cobaej plantel 2, Miramar
Escuela secundaria técnica 136
Escuela secundaria técnica 142
Secundaria marista Colegio Champagnat
Escuela Primaria Sor Juana Inés de la Cruz
Escuela Primaria Lázaro Cárdenas
Escuela Primaria Ricardo Flores Magón
Escuela Primaria Francisco I Madero
Escuela Primaria Vicente Guerrero
Escuela Primaria Efraín González Luna
Escuela Primaria Paulo Freire
Escuela Primaria Urbana 1024
Escuela Primaria Urbana 1022
Escuela Primaria Urbana 657
Escuela Primaria Urbana 1015
Escuela Primaria Urbana 986
Escuela Primaria Urbana 657
Primaria Federal Colonia Mariano Otero
Primaria Urbana Juan Rulfo
Jardín de Niños Gregoria Ramírez de Orozco
Jardín de Niños Guillermo Chávez Vega
Jardín de Niños Huitzlihuitl
Jardín de Niños federal Huitzilihuitl
Jardín de Niños 516
Jardín de Niños Aurora Rovelo
Jardín de Niños Citlaltzintli
Jardín de Niños Tenamaztli
Jardín de Niños Tomás Escobedo
Jardín de Niños federal Tenamaztli
Jardín de Niños federal Tomás Escobedo

SRN

jueves, 2 de noviembre de 2017

Vecinos cierran por unas horas tiradero de Atacco



Los miembros del organismo de Atacco difundieron temprano la toma del sitio e insistieron sobre la necesidad de que se alcance el cierre definitivo.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO.

Atacco vivió ayer un cierre temporal del vertedero de basura de Tapalpa. En una protesta que arrancó en la mañana y terminó alrededor de las 12 del día, los vecinos del poblado manifestaron su protesta por el incumplimiento de tres convenios sobre el final del sitio de disposición de basura, hablaron con el presidente municipal, Antonio Morales Díaz, y posteriormente, el personal de seguridad reabrió el vertedero a los caminos de recolección.

"Solamente acudimos ahí para platicar nuevamente con ellos. A mí me interesa mantener el diálogo. Platiqué en el lugar, ellos hacen una clausura simbólica, pacífica y solamente recordando los temas que ayer comentamos en una reunión informativa con la Comisión Estatal de Derechos Humanos, representantes de la Secretaría General de Gobierno y de la Semadet, con un servidor y parte de mi equipo; nosotros dábamos cuenta de los trabajos desarrollados, con un avance de 85 por ciento de la estación de transferencia, y aclaro, en obra civil, porque el equipamiento es punto y aparte; ellos, después de un momento de plática permiten que ingresen los camiones recolectores y yo me retiré del sitio", explicó a MILENIO JALISCO, vía telefónica, el alcalde.

De paso, Morales Díaz desmintió la presunta existencia de un convenio en julio pasado que se habría negado a firmar, según la versión del Consejo Ciudadano de Atacco. "Sostienen ellos que nosotros no quisimos firmar, pero no hay tal convenio. Tuvimos un convenio en el mes de marzo y ese convenio existe, y habla de un convenio prorrogable de acuerdo a los avances que estemos presentándoles a cada una de las partes; este convenio considera las reuniones periódicas y lo hemos hecho así, hay actas, hay minutas y es lo que corresponde".

Por su parte, los miembros del organismo de Atacco difundieron temprano la toma del sitio e insistieron sobre la necesidad de que se alcance el cierre definitivo, dado que el sitio tiene seis años de haber rebasado su capacidad, y ha ocasionado daños severos en los alrededores.

Aseguraron que tras dialogar con el primer edil, llegaron los policías y rompieron los candados del cierre, por lo que optaron por el retiro prudente a sus domicilios. Falta conocer el testimonio de dos enviados de la CEDHJ de la visitaduría de Ciudad Guzmán para obtener una idea más aproximada a los hechos reales. Lo cierto es que el tiradero de Atacco sigue abierto hoy.

SRN


viernes, 8 de septiembre de 2017

Semadet acepta recomendación de CEDHJ sobre Cerro del Cuatro



La dependencia admite la necesidad de hacer un monitoreo de calidad del aire oportuno y apoyar toma de decisiones urbanas

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO.

La recomendación 15/2017 de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco ha sido aceptada por la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet), una de las tres instancias públicas a las que es dirigida, en busca de mejorar la calidad ambiental y la salud de los miles de habitantes de la zona. Pero con matices.

"La recomendación emitió ocho puntos recomendatorios, de los cuales 3 fueron aceptados y uno se aceptó parcialmente", señaló la titular de la dependencia, Magdalena Ruiz Mejía.

Los aceptados son tres: uno, "que gire instrucciones a la Dirección del Sistema de Monitoreo Ambiental y Cambio Climático, que opera el Sistema de Monitoreo Atmosférico de Jalisco (Simaj), para que de manera constante monitoree las fallas en su operación, y con esto, evitar que los vecinos de la zona de Miravalle, tengan la incertidumbre del Índice Metropolitano de la Calidad del Aire (Imeca)"; dos, "realizar de forma permanente, el fortalecimiento del marco legal y normativo estatal, donde se ponga mayor énfasis en el tema de los ordenamientos humanos y desarrollo urbano, así como el favorecimiento del crecimiento de áreas verdes en la zona metropolitana de Guadalajara, generando además acciones que endurezcan los esquemas de vigilancia y monitoreo que garanticen el cumplimiento de la normatividad ambiental".

Tres, "se realicen acciones tendentes a fomentar la participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones y de acciones de conservación de los recursos naturales y de protección ambiental, facilitando el acceso a la información y a la discusión seria e informada con las asociaciones vecinales de la zona metropolitana de Guadalajara".

El cuatro, "que en el ámbito de su competencia y junto con los municipios de la zona metropolitana de Guadalajara, comiencen los trabajos necesarios para expedir o armonizar la normativa y criterios ambientales estatales y municipales que se requieran, a efecto de establecer los mecanismos técnicos necesarios, que en congruencia con la Organización Mundial de la Salud (OMS) y ponderando la importancia de las áreas verdes para la calidad de vida de la población urbana, se establezca un estándar mínimo de nueve metros cuadrados de áreas verdes por habitante".

Este punto "fue aceptado parcialmente, en razón de que esta dependencia ambiental, está en la mejor disposición para trabajar de manera coordinada en la armonización de los criterios técnicos ambientales en la implementación de un estándar mínimo de áreas verdes por habitante". Pero se trata de un tema en gran medida responsabilidad de los ayuntamientos involucrados.

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