sábado, 12 de agosto de 2017

Ambientalistas se amparan contra más uso de bioetanol



La CRE habría violado derechos al decidir pasar a 10% el uso de etanoles como oxigenantes, contra la posición de Jalisco en el tema

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

No es uniforme la demanda para que de forma temporal, el país migre de los hidrocarburos a los combustibles obtenidos de fuentes vegetales, como la caña de azúcar o la remolacha; mientras el Congreso y el gobierno de Jalisco lo impulsan, y se han sumado al lobby que logró que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) permitiera elevar hasta 10 por ciento el contenido de bioetanol en el combustible de los autos, grupos civiles y ambientalistas ya han impugnado judicialmente esa decisión.

Se trata del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) y El Poder del Consumidor (EPC), que interpusieron el pasado viernes 4 de agosto “un amparo en contra del Acuerdo modificatorio que la CRE hizo a la NOM-016-CRE-2016, Especificaciones de calidad de los petrolíferos, el cual, entre otras cosas, incrementa de 5.8 por ciento a 10 por ciento el volumen permitido de etanol como oxigenante en gasolinas y aprueba medidas más laxas para la protección del medio ambiente en términos de emisiones a la atmósfera derivadas del uso de combustibles fósiles”.

La citada norma se publicó originalmente en el Diario Oficial de la Federación, el 29 de agosto de 2016, “Especificaciones de calidad de los petrolíferos”; en su Quinto Considerando establece: “... todos los petrolíferos que se comercializan en México deben cumplir especificaciones de calidad, de tal forma que no representen un riesgo a la salud de las personas, a sus bienes y al medio ambiente, y sean compatibles con las establecidas por aquellos países con los que México guarda relación comercial”. El porcentaje de 5.8 por ciento se había definido “para evitar una degradación ambiental”, dado que “estudios en los que se basó la propia CRE para fijar dichos límites, el aumento de los niveles de etanol en las gasolinas puede incrementar de manera importante los niveles de ozono en las ciudades ocasionando mala calidad del aire y con ello daños al medio ambiente y la salud de las personas”, aseguran los quejosos.

contar con estudios concluyentes disponibles para justificar su decisión, la CRE subió al portal de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria [Cofemer] el proyecto de modificación de norma solicitando la exención de la manifestación de impacto regulatorio (MIR), lo cual fue aceptado por la Cofemer, olvidando que la MIR de esta norma fue calificada como de alto impacto hace un año, en virtud de los graves riesgos a los consumidores, a la economía, a la salud humana y al medio ambiente que la calidad de los petrolíferos pueden generar […] la CRE argumentó que busca propiciar una adecuada cobertura nacional y atender a la confiabilidad, estabilidad y seguridad en el suministro y la prestación de los servicios. Esto es, no atiende de ninguna forma a motivos ambientales o de salud de las personas…”.

De esta manera, el amparo interpuesto argumenta que la CRE “violó los derechos humanos al medio ambiente sano y a la salud, consagrados en el artículo 4 Constitucional. Además, al llevar a cabo las modificaciones sin contar con estudios que sustenten la no afectación al medio ambiente, se viola el principio de precaución. De igual forma, se viola el principio de progresividad en específico del derecho a la salud, así como el principio de igualdad, al establecer que sólo en las áreas metropolitanas del Valle de México, Guadalajara y Monterrey estarán exentas de gasolinas oxigenadas con etanol, lo cual es discriminatorio y deja en una condición de inequidad y potencial afectación a otras ciudades del país que ya enfrentan graves problemas de contaminación atmosférica”.

La autoridad judicial no se ha pronunciado aún sobre una eventual suspensión de la norma, mientras se desahoga el juicio de garantías.

MC

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