lunes, 20 de octubre de 2014

En 60 colonias impugnan consulta de planes parciales de Guadalajara


Esperan respuesta miles de firmantes que ven una amenaza en el esquema de redensificación que ha elegido Guadalajara, donde "se vela por el interés de las inmobiliarias", pero no del ciudadano, dicen.

Agustín del Castillo / Guadalajara. MILENIO JALISCO. 

Un millar de ciudadanos de unas 60 colonias de Guadalajara, donde actualmente se padece el problema de la redensificación urbana en términos caóticos y con prioridad en el negocio inmobiliario, han firmado impugnaciones individuales o colectivas contra la consulta de los planes parciales y del Plan de Desarrollo Urbano, que terminó el pasado 8 de octubre, informó el presidente del Parlamento de Colonias, Alejandro Cárdenas Ochoa.

El ciudadano señaló que hay gran preocupación en las zonas afectadas, tanto al norte del municipio, en Huentitán, como en la zona centro y poniente, donde actualmente se da la construcción de numerosos edificios de más de diez pisos de altura sin haberse adecuado la infraestructura y sin consenso vecinal.

Los quejosos hacen un amplio recuento de las anomalías: señalan que la creación de "zonas especiales" para dar "carta en blanco" a los desarrolladores es un golpe a la legalidad y a los derechos de los habitantes de las ciudad, dado que lo coeficientes de uso de suelo y de ocupación de vivienda y personas no respetan lo que establece el Código Urbano ni el Reglamento de Zonificación del Municipio.

Ejemplos: "la modificación de los linderos o límites de los subdistritos contenidos no concuerda con los límites de las colonias, lo cual distorsiona el equipamiento y servicios de cada una de las colonias y de los subdistritos, aunado a que genera confusión en la asignación de la zonificación primaria y secundaria. Los resultados del “diagnóstico” [sic] contenidos en el proyecto no motivan ni sustentan la arbitraria e impactante propuesta de redensificación mediante corredores de renovación urbana y la generalización de los usos Mixtos de Intensidad Media y Alta plasmada arbitrariamente y sin sustentos técnicos y jurídicos".

Es decir, la propuesta "contienen infinidad de violaciones de carácter urbano-ambiental, y contraviene de manera clara, evidente la legislación urbana y ambiental, con lo que de llegar a aprobarse se afectará irreparable la calidad de vida de los habitantes, toda vez que proponen una zonificación primaria y secundaria generalizada y arbitraria mediante corredores de renovación urbana y la generalización de los usos Mixtos de Intensidad Media y Alta, lo que es riesgosa  e impactante en la calidad de vida de los habitantes del municipio, ya que no guarda congruencia con la realidad, ni con el propio diagnostico que se hace del territorio municipal, lo que contraviene la legislación urbana existente en congruencia con las Leyes Federales y Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y los programas de ordenamiento territorial del Estado de Jalisco y sus municipios, así como del Reglamento Estatal y Municipal de Zonificación".

Es un largo documento de diez páginas con observaciones a la consulta. Agregan: "peor aún, la propuesta de redensificación del proyecto no toma en cuenta las características ambientales del municipio ni se fundamenta en un estudio de impacto ambiental y de riesgo, como lo establecen las fracción IV y V, del artículo 117 del Código Urbano para el Estado de Jalisco".

Así, se "contraviene lo estipulado en el artículo 12 fracciones II, III y IV de la Ley del Procedimiento Administrativo ya que hay errores, dolo y vicios; aunado a que en las propuestas no se advierte que se haya generado la infraestructura material para soportarlas y tampoco tienen la viabilidad jurídica, con lo que contravienen el orden público y el interés social [...] omisiones sumamente graves, ya que desconocemos el contenido y alcances de las disposiciones no enunciadas, con lo que el referido plan no nos brinda la certeza y seguridad de que se respeten nuestros derechos".

Las peticiones son suspender la consulta y aprobación del Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población "y no se continúe hasta en tanto no se subsanen todas y cada una de las observaciones antes señaladas, ya que en las condiciones que fue puesto a consulta el proyecto, los ciudadanos estamos siendo engañados al no conocer con certeza la reglamentación y normas que se van a aplicar, en los Planes Parciales, lo cual nos deja en total estado de indefensión"; en paralelo, "se elaboren, precisen y aprueben los reglamentos y normas que regirán el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de población y los Planes Parciales y posteriormente se elaboren los proyectos con dicha reglamentación, y se pongan nuevamente a consulta de los ciudadanos". También, "se elabore un Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población por cada una de las Zonas o Distritos", y "no se hagan cambios de uso de suelo hasta en tanto no se haya construido la infraestructura que soporte la densidad de población propuesta, así como, se genere la infraestructura para cubrir los servicios públicos".

Para esto, que "se asigne un presupuesto para la mejora de la infraestructura y el equipamiento urbano del centro de población y sus Subdistritos, a fin de que se garantice la mejora de la calidad de vida de los habitantes".

Las propuestas del plan "deben fundarse en normas reales, sustentadas técnicamente, sostenidas materialmente y legalmente; mediante estudios técnicos como lo establece el artículo 117 del Código Urbano. En ese sentido, desde este momento solicitamos, copia de todos y cada uno de los estudios técnicos que sustenten las propuestas de modificación de usos y destinos, la renovación urbana y la redensificación de corredores y áreas", y "fundarse en un estudio que demuestre plenamente y metodológicamente que no habrá impactos negativos a la calidad de vida y que si los hubiese los van a mitigar mediante acciones precisas, perfectamente establecidas, con presupuestos y tiempos perfectamente determinados, para que genere mejor calidad de vida y bienestar a sus habitantes presentes y futuros; que sea evaluable con indicadores de sustentabilidad, con una visión de ciudad como ecosistema urbano, así mismo, por lo que desde este momento solicitamos se nos proporcione copia de las manifestaciones de impacto ambiental y su dictamen de evaluación emitido por autoridad competente".

Además, "deben de contar con indicadores para el seguimiento y evaluación bien establecidos y estructurados que realmente sirvan para dar seguimiento y evaluar la aplicación y cumplimiento de sus objetivos, más aun, debe contar con indicadores de sustentabilidad, para garantizar el Desarrollo Urbano Sustentable", así como impulsar "el repoblamiento equilibrado y sistemático promoviendo el reúso, aprovechamiento  y densificación de predios baldíos o edificados en polígonos o corredores prioritarios y específicos que cuenten con transporte masivo e infraestructura , equipamiento y servicios, ó que mediante la  Renovación Urbana producto de acciones urbanísticas mayores debidamente reglamentadas, definidas y especificadas, doten previamente al cambio de uso de suelo, los servicios, equipamientos e infraestructura oportuna y suficiente a los polígonos o corredores potenciales de desarrollo, promoviendo así, el repoblamiento sin afectar la calidad de vida y bienestar de sus habitantes y desalentar la dispersión de la mancha urbana".

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